Residencias C. Valenciana 2026: gerocultor 1.519 €/mes y 5,29%

Tablas salarialesComunitat Valenciana13/08/2026
Publicación oficial (DOGV)

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El gerocultor/a de las residencias de tercera edad en acción concertada de la Comunitat Valenciana queda en 1.519,77 euros al mes de salario base en 2026, tras un incremento del 5,29% en lugar del 7,37% inicialmente previsto. El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de 13 de agosto de 2026 publica el acuerdo de la comisión paritaria con las tablas del ejercicio.

Qué se publica

Se trata del acuerdo de la comisión paritaria del Acuerdo interprofesional de acción concertada en residencias de la tercera edad y centros de día, de fecha 9 de julio de 2026, en el que se aprueban las tablas salariales correspondientes a 2026. La Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral dispone su registro y publicación por Resolución de 16 de julio de 2026.

Cambios principales

El acuerdo modifica el porcentaje de subida previsto. Según recoge el acta, el trámite de audiencia de 2023 contemplaba para 2026 un módulo de 86,26 euros por plaza y día, pero ese trámite administrativo no culminó en resolución y el módulo definitivo aprobado para 2026 quedó fijado en 84,77 euros por plaza y día, cuantía inferior a la propuesta no culminada.

En consecuencia, la comisión paritaria fija el incremento salarial aplicable al ejercicio 2026 en el 5,29% sobre las tablas definitivas vigentes en 2025, en sustitución del 7,37% que se había contemplado. Las partes dejan expresa constancia de que el 7,37% no resulta aplicable para la anualidad 2026 como derecho salarial automático e incondicionado.

Tabla salarial 2026, salario base mensual:

GrupoCategoríaSalario base (€/mes)
AGerente y director/a3.084,18
AMédico/a2.761,79
ATitulados superiores (psicólogo/a, subdirector/a y otros)2.761,79
BFisioterapeuta2.207,23
BSupervisor/a2.154,75
BEnfermera/o2.128,58
BTrabajador/a social2.128,58
BTerapeuta ocupacional2.128,58
BTIS y gobernante/a1.750,19
CTASOC1.750,19
COficial/a de mantenimiento1.750,19
COficial/a administrativo1.750,19
CGerocultor/a1.519,77
CConductor/a1.519,77
CCocinero/a1.519,77
CAuxiliar administrativo/a1.519,77
CJardinero/a, auxiliar de mantenimiento, portero/a-recepcionista1.401,84
CLimpiador/a-planchador/a y pinche de cocina1.401,84
DAyudante de oficios varios y personal no cualificado1.401,84

El acuerdo establece además un régimen de regularización para las entidades que hubieran anticipado la aplicación del 7,37%. Deben regularizar conforme a las tablas aprobadas, entendiéndose que la aplicación anticipada se realizó con carácter provisional, a cuenta y sujeta a regularización, salvo pacto expreso en contrario válidamente suscrito y plenamente consolidado en la entidad.

La forma de compensación, absorción o regularización de las cantidades abonadas en exceso debe acordarse en el ámbito de cada entidad con la representación legal de las personas trabajadoras o, en su defecto, con las propias personas afectadas. El acuerdo de regularización debe formalizarse por escrito y respetar los principios de buena fe, transparencia, proporcionalidad, indemnidad salarial mínima legal y ausencia de perjuicio desproporcionado.

Implicaciones operativas

La regularización a la baja es la operación más delicada del acuerdo: exige acuerdo escrito en el ámbito de cada entidad y no puede practicarse por decisión unilateral en nómina. Antes de proceder conviene verificar si en la entidad existe pacto expreso previo que consolidara el 7,37%, supuesto en el que la salvedad del propio acuerdo impide la regularización.

Para las entidades que no anticiparon la subida, la operación es una regularización al alza del 5,29% desde el 1 de enero de 2026, con abono de atrasos.

En expedientes de despido o finiquitos cerrados durante 2026 con el porcentaje anticipado del 7,37%, el salario regulador empleado puede diferir del que resulta de las tablas definitivas, por lo que procede revisarlos.

Fuente

Resolución de 16 de julio de 2026, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, por la que se disponen el registro y la publicación del acuerdo de la comisión paritaria del Acuerdo interprofesional de acción concertada en residencias de la tercera edad y centros de día. Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 10428, de 13 de agosto de 2026. Código de convenio 80100035092023.

Convenio: Acuerdo Interprofesional de Acción Concertada en Residencias de la Tercera Edad y Centros de Día de la Comunitat Valenciana
Código REGCON: 80100035092023
Ámbito: Comunitat Valenciana
Fecha de efectos: 01/01/2026

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