Convenio aceite Barcelona 2026: tablas salariales y +2,5%
¿Llevas este convenio? Te avisamos por email de cada novedad. Gratis.
Quiero recibir las novedadesEl Boletín Oficial de la Província de Barcelona del 31 de julio de 2026 publica el convenio colectivo de las industrias del aceite y sus derivados de la provincia de Barcelona para los años 2025 a 2027, con un incremento del 2,5% en las tablas de 2026. Un oficial de 1ª administrativo queda en 1.895,12 euros de retribución mensual total y 26.531,75 euros anuales.
Qué se publica
Se trata del texto íntegro del convenio provincial, inscrito por resolución de 29 de julio de 2026 de los Serveis Territorials del Departament d'Empresa i Treball en Barcelona (código de convenio 08002535011993). El texto fue suscrito el 11 de noviembre de 2025 por el Gremi d'Industrials Aceiteros y similares, por la parte empresarial, y por UGT y CCOO, por la parte social.
El ámbito funcional alcanza a las empresas industriales radicadas en Barcelona y su provincia dedicadas a la manipulación de aceites y derivados: extractoras, refinerías, desdobladoras, grasas comestibles e industriales, hidrogenadoras, oleínas, estearinas y ácidos grasos destilados, destilerías de glicerinas y fábricas de jabón, jabón industrial, jabón de tocador y detergentes.
La duración pactada es de tres años, del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2027, con efectos económicos desde el 1 de enero de 2025. El convenio entró en vigor el día de su firma y se entiende prorrogado en su contenido un máximo de 24 meses desde su denuncia.
Cambios principales
Los incrementos pactados para toda la vigencia son del 3% en 2025, del 2,5% en 2026 y del 2,5% en 2027. Estas son las tablas salariales de 2026 que recoge el Anexo II (SC: salario de convenio; B: complemento de beneficios; T: total mensual; HE: valor de la hora extraordinaria; SA: salario anual):
| Categoría | SC (€/mes) | B (€/mes) | Total (€/mes) | Hora extra (€) | Anual (€) |
|---|---|---|---|---|---|
| Técnico superior | 2.697,76 | 192,73 | 2.890,49 | 0,00 | 40.466,84 |
| Técnico grado medio-lab. | 2.055,56 | 146,83 | 2.202,39 | 0,00 | 30.833,50 |
| Contramaestre / Jefe de taller | 1.768,22 | 126,31 | 1.894,53 | 21,47 | 26.523,45 |
| Encargado de mantenimiento | 1.768,22 | 126,31 | 1.894,53 | 21,47 | 26.523,45 |
| Analista | 1.716,52 | 122,61 | 1.839,14 | 21,38 | 25.747,92 |
| Jefe administrativo | 2.030,62 | 145,06 | 2.175,68 | 23,71 | 30.459,49 |
| Administrativo oficial 1ª | 1.768,79 | 126,34 | 1.895,12 | 21,47 | 26.531,75 |
| Administrativo oficial 2ª | 1.713,66 | 122,41 | 1.836,08 | 21,38 | 25.705,09 |
| Administrativo auxiliar | 1.609,96 | 114,98 | 1.724,95 | 20,27 | 24.149,24 |
| Viajante | 1.611,22 | 115,09 | 1.726,31 | 20,37 | 24.168,30 |
| Delineante-proyectista | 1.768,79 | 126,34 | 1.895,12 | 21,41 | 26.531,75 |
| Encargado general / Encargada de almacén | 1.661,66 | 118,68 | 1.780,34 | 20,70 | 24.924,79 |
| Telefonista | 1.547,24 | 110,50 | 1.657,74 | 19,54 | 23.208,35 |
| Limpieza | 1.484,44 | 106,01 | 1.590,44 | 19,36 | 22.266,23 |
| Maestro | 1.744,64 | 124,60 | 1.869,23 | 21,46 | 26.169,24 |
| Oficial 1ª de oficio | 1.637,93 | 117,00 | 1.754,93 | 20,55 | 24.569,03 |
| Oficial 2ª de oficio | 1.604,73 | 114,60 | 1.719,33 | 20,13 | 24.070,63 |
| Oficial 3ª de oficio | 1.579,68 | 112,82 | 1.692,51 | 19,92 | 23.695,07 |
| Ayudante especialista | 1.569,90 | 112,13 | 1.682,02 | 19,92 | 23.548,29 |
| Peón ayudante | 1.563,88 | 111,71 | 1.675,59 | 18,94 | 23.458,32 |
| Mecánico de mantenimiento 1ª | 1.710,87 | 122,21 | 1.833,08 | 21,16 | 25.663,17 |
| Mecánico de mantenimiento 2ª | 1.657,01 | 118,37 | 1.775,38 | 20,13 | 24.855,38 |
| Mecánico de mantenimiento 3ª | 1.633,04 | 116,68 | 1.749,72 | 19,92 | 24.496,10 |
La estructura salarial se mantiene: el salario base es el 80% de la columna de salario de convenio y el 20% restante corresponde al plus de actividad. Se abonan dos gratificaciones extraordinarias, en junio y en Navidad, por importe de una mensualidad de salario de convenio más el complemento de beneficios.
La jornada anual efectiva queda en 1.768 horas, equivalentes a 40 horas semanales de promedio, y pasará a 1.760 horas efectivas a partir del 1 de enero de 2027. Las vacaciones son de 31 días naturales, de los que los 14 primeros se disfrutan consecutivos entre el 15 de junio y el 15 de septiembre. La dieta entera se fija en 28,47 euros y la media dieta en 14,23 euros para 2026. La ayuda por hijo o hija con capacidades diferentes es de 1.335,91 euros anuales para 2025, revisable cada año en el mismo porcentaje que el resto de conceptos.
El convenio incorpora una cláusula técnica de revisión salarial: al cierre de cada año se calcula "[(IPC real del año + 0,5%) − incremento de convenio del año]" y, si el resultado es positivo, el exceso se regulariza en las tablas del año siguiente, sin efectos retroactivos. Si el diferencial es negativo o cero, no procede regularización alguna.
Implicaciones operativas
Las empresas del sector en la provincia deben actualizar nóminas con las tablas de 2026 y comprobar los atrasos derivados de los efectos económicos desde el 1 de enero de 2025, ya que el convenio se publica con más de año y medio de retroactividad económica. El valor de la hora extraordinaria por categoría es el del Anexo II y conviene revisarlo en las liquidaciones pendientes.
Para el cálculo de finiquitos e indemnizaciones hay que tomar como referencia el salario de convenio más el complemento de beneficios y la antigüedad consolidada como complemento ad personam, dado que el complemento de antigüedad quedó suprimido desde el 1 de julio de 1998. La reducción de jornada a 1.760 horas desde enero de 2027 obliga a revisar los calendarios laborales del ejercicio siguiente.
Fuente
Resolución de 29 de julio de 2026 por la que se dispone la inscripción y publicación del Convenio colectivo del sector de las industrias del aceite y sus derivados de la provincia de Barcelona para los años 2025 a 2027. Boletín Oficial de la Província de Barcelona de 31 de julio de 2026, CVE 202610128895. Texto completo del convenio. Código de convenio REGCON: 08002535011993.
08002535011993¿Quieres recibir las novedades de este convenio?
Te avisamos por email cada vez que se publique una novedad suya en el boletín — revisiones salariales, tablas, prórrogas o denuncias. Es gratis, y desde tu cuenta podrás seguir todos los convenios que lleves.
Quiero recibir las novedades