Convenio agropecuario Zaragoza 2026: tablas salariales 2025
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Quiero recibir todas las novedadesEl operario del campo y almacenes del sector agropecuario de Zaragoza (grupo VII) tiene en la tabla de 2025 un salario de convenio de 964,30 € al mes y 14.464,49 € al año, que el complemento de adaptación al SMI (CASMI) lleva hasta 1.105,07 € al mes y 16.576,00 € al año. Es la última tabla publicada: la del acta de la comisión paritaria de 21 de febrero de 2025, en el BOPZ número 63, de 19 de marzo de 2025.
Qué se publica
El acto más reciente localizado de este convenio (código 50000045011981) es la resolución de la Subdirección Provincial de Trabajo de Zaragoza de 13 de marzo de 2025 que inscribe y publica «la revisión salarial para el año 2025», anuncio número 1993 del BOPZ nº 63. La firmó la comisión paritaria, con UAGA, ARAGA y ASAJA por las empresas y CC.OO. Industria Aragón y UGT-FICA Aragón por la parte social, para adaptar las tablas de 2025 al SMI de 16.576 euros al año del Real Decreto 87/2025.
El acta aprueba los anexos I, II A, II B, III y IV de 2025, todos del grupo VII, y precisa que las tablas del resto de categorías para 2025, «no afectadas por el salario mínimo interprofesional», son las ya publicadas. No fija fecha de efectos ni plazo de abono. El convenio al que pertenece se publicó en el BOPZ nº 100, de 6 de mayo de 2023, y estuvo en vigor del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2025 (art. 3).
Cambios principales
Grupos I a VI: tabla de 2025 del anexo I del convenio (BOPZ nº 100, 6-5-2023)
| Grupo | Puesto | Mensual 2025 | Anual 2025 |
|---|---|---|---|
| I | Técnico | 1.766,41 € | 26.496,17 € |
| II | Personal administrativo, auxiliar | 1.246,05 € | 18.690,82 € |
| II | Personal administrativo, oficial | 1.167,56 € | 17.513,46 € |
| III | Encargado, capataz, jefe de equipo | 1.378,73 € | 20.681,02 € |
| IV | Tractoristas, maquinistas, pastores, sulfatadores y motocultores | 1.246,45 € | 18.696,80 € |
| V | Guarda, casero | 1.167,56 € | 17.513,46 € |
| VI | Operario industrial | 1.167,56 € | 17.513,46 € |
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Quiero recibir todas las novedadesGrupo VII: tabla definitiva de 2025 (BOPZ nº 63, 19-3-2025)
| Grupo VII, operarios del campo y almacenes | Mensual / hora | Anual |
|---|---|---|
| Tabla salarial convenio | 964,30 €/mes · 8,22 €/hora | 14.464,49 € |
| CASMI | 140,77 €/mes · 1,20 €/hora | 2.111,51 € |
| SMI | 1.105,07 €/mes · 9,42 €/hora | 16.576,00 € |
| Recolectores de hortalizas (anexo II A): tabla + complemento | 8,76 €/hora | 15.426,12 € |
| Recolectores de hortalizas: CASMI | 0,65 €/hora | 1.149,88 € |
| Recolectores de vendimia (anexo II B): tabla + complemento | 9,85 €/hora | 17.328,93 € |
| Poda especializada (anexo III): tabla + plus de poda | 8,64 €/hora | 15.213,85 € |
| Poda especializada: CASMI | 0,77 €/hora | 1.362,15 € |
| Trabajadores AEPSA (anexo IV): CASMI | 1,20 €/hora | 2.111,51 € |
En el grupo VII la tabla de 2025 queda en 964,30 € al mes: el convenio había anexado 848,64 € para ese año y el acta de 24 de mayo de 2024 (BOPZ nº 132, 11-6-2024) había fijado 917,63 € como tabla provisional. Las notas al pie del acta explican el abono: salario de convenio anual en 15 pagas o en precio hora más complemento, y el CASMI como «la diferencia entre la tabla salarial convenio mas el complemento hasta el SMI». El anexo II B, de vendimia, no lleva filas de SMI ni de CASMI: se queda en la tabla más el complemento, 17.328,93 € al año.
Datos clave del convenio
| Dato | Lo que dice el texto oficial |
|---|---|
| Vigencia | Del 1-1-2019 al 31-12-2025 (art. 3). No consta renovación publicada a fecha de este artículo |
| Tablas que se aplican | Las de 2025: grupo VII según el acta de 21-2-2025 (BOPZ nº 63, 19-3-2025); resto de grupos según el anexo I del convenio. Las tablas pactadas «se mantendrán hasta la firma de uno nuevo», salvo que proceda la revisión del art. 34 (art. 4). No consta publicada tabla de 2026 |
| Atrasos | No consta en esta publicación: el acta no fija fecha de efectos ni plazo de abono |
| Subida pactada | 8,8 % en 2022, 2,7 % en 2023, 2 % en 2024 y 2 % en 2025 (art. 33). Si la suma del IPC real de 2022 a 2025 supera esa subida, las tablas se actualizan en la diferencia solo como base del incremento de 2026 (art. 34) |
| Estado | Denuncia automática el 1-10-2025 y constitución de la mesa negociadora como máximo el 1-11-2025; el articulado se sigue aplicando hasta que lo sustituya el nuevo convenio (art. 4) |
| Complemento de adaptación al SMI | Cuando el SMI supera el salario de convenio, la diferencia se paga como CASMI, que no puede superar el 15 % del SMI y, a 31-12-2025, el 10 %; el exceso se consolida en el salario base (art. 28) |
| Jornada anual | 40 horas semanales de promedio, sin pasar de 1.760 horas anuales desde el 1-7-2022 (art. 37) |
| Vacaciones | 22 días laborables al año, divisibles de mutuo acuerdo en dos periodos (art. 41) |
| Pagas extraordinarias | Tres, de 30 días de salario total, el primer día de julio, diciembre y marzo, salvo prorrateo (art. 32). El salario de convenio del anexo I ya las incluye (art. 27) |
| Antigüedad | Sustituida por el complemento de prestación de servicios: de 5 días de complemento a los 3 años de prestación a 81 días a los 35 (art. 29). Quien cobraba antigüedad del convenio de 2018 la conserva como «complemento personal» (disposición adicional primera) |
| Complemento de IT | Accidente de trabajo y enfermedad profesional: hasta el 100 % del salario real mientras dure. Enfermedad común y accidente no laboral: 100 % desde el primer día, hasta cuatro meses (art. 45) |
| Horas extraordinarias | Compensables con descanso en los 4 meses siguientes; si no, +50 % sobre la hora ordinaria y +75 % en domingos y festivos (art. 39) |
| Nocturnidad | 25 % del salario real del año anterior por hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00 (art. 40) |
| Periodo de prueba | 6 meses el grupo I, 2 meses el III, 1 mes los grupos II, IV y V, y 15 días los grupos VI y VII (art. 10) |
| Preaviso de baja voluntaria | 2 meses los grupos I y III, 1 mes los II y IV, y 15 días los V, VI y VII (art. 22) |
| Régimen disciplinario | Remite al laudo arbitral del sector agrario mientras no lo sustituya el convenio general del sector (art. 66) |
Qué hacer en la nómina
Para el grupo VII, la tabla de 2025 del acta de 21 de febrero sustituye a la provisional de 917,63 € al mes: el salario de convenio pasa a 964,30 € (8,22 € la hora) y el CASMI completa hasta los 1.105,07 € al mes del SMI de 2025, en 15 pagas o en precio hora. Recolectores de hortalizas, vendimiadores, podadores y trabajadores AEPSA tienen su propio desglose en los anexos II A a IV. Los grupos I a VI siguen con la tabla de 2025 del anexo I del convenio. El acta no dice desde qué fecha se aplica ni cuándo se abonan las diferencias, y no consta publicada ninguna tabla para 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué tabla salarial del agropecuario de Zaragoza es la última publicada?
La de 2025: para el grupo VII, la del acta de la comisión paritaria de 21 de febrero de 2025, publicada en el BOPZ nº 63 de 19 de marzo de 2025; para los grupos I a VI, la del anexo I del convenio (BOPZ nº 100, 6-5-2023). No consta publicada tabla de 2026.
¿Cuánto cobra un operario del campo en Zaragoza en 2025?
La tabla del grupo VII fija 964,30 € al mes de salario de convenio (14.464,49 € al año) y un CASMI de 140,77 € al mes que lo completa hasta el SMI de 1.105,07 € al mes, 16.576 € al año. En precio hora, 8,22 € más 1,20 € de CASMI, 9,42 € en total.
¿Está vigente el convenio agropecuario de Zaragoza?
Su vigencia pactada terminó el 31 de diciembre de 2025 (art. 3) y se denunció automáticamente el 1 de octubre de 2025 (art. 4). El mismo artículo dice que todo el articulado se sigue aplicando hasta que lo sustituya el nuevo convenio; no consta renovación publicada a fecha de este artículo.
¿Cuántas vacaciones tiene el convenio agropecuario de Zaragoza?
22 días laborables al año, que pueden dividirse de mutuo acuerdo en dos periodos ininterrumpidos (art. 41 del convenio publicado en el BOPZ nº 100, de 6 de mayo de 2023).
¿Cuántas pagas extra tiene el convenio agropecuario de Zaragoza?
Tres, de 30 días de salario total cada una, que se abonan el primer día de julio, de diciembre y de marzo salvo que se prorrateen (art. 32). El salario anual de las tablas se reparte en 15 pagas.
Fuente
Resolución de la Subdirección Provincial de Trabajo de Zaragoza de 13 de marzo de 2025 por la que se dispone la inscripción en el Registro y la publicación de la revisión salarial para el año 2025 del convenio colectivo del sector Agropecuario de Zaragoza, Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza número 63, de 19 de marzo de 2025: texto completo del acta y sus anexos (anuncio núm. 1993). Convenio colectivo del sector Agropecuario Provincial de Zaragoza, BOPZ número 100, de 6 de mayo de 2023. Código de convenio (REGCON): 50000045011981.
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