Ayuda a domicilio Melilla 2026: III convenio, +1,5%
Ayuda a domicilio de Melilla: nuevo III convenio sectorial 2026-2029
El BOME núm. 6378, de 12 de mayo de 2026, publica el III Convenio Colectivo Sectorial de Ayuda a Domicilio de la Ciudad Autónoma de Melilla. El texto, suscrito el 9 de marzo de 2026 y subsanado por acta de 13 de abril, fija un marco retributivo plurianual con incrementos del 1,5% al 3,5% y nuevas tablas salariales para todo el período.
Qué se publica
Se trata de un convenio sectorial de ámbito autonómico (Ciudad Autónoma de Melilla) que afecta a las empresas y personas trabajadoras dedicadas a los servicios de ayuda a domicilio y teleasistencia. Lo firman ASADE, por la parte empresarial, y CCOO y UGT, por la parte social. La vigencia se extiende del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2029. En lo no previsto, resulta de aplicación supletoria el VIII Convenio marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes.
Cambios principales
Las subidas salariales pactadas son del 1,5% para 2026, 3% para 2027, 3,5% para 2028 y 3,5% para 2029. Las nuevas tablas se aplican en la nómina del mes siguiente a la publicación del convenio, con abono de los atrasos correspondientes desde enero de 2026.
Salario base mensual (12 mensualidades) por categoría:
| Categoría profesional | 2026 (€) | 2027 (€) | 2028 (€) | 2029 (€) |
|---|---|---|---|---|
| Rpble. Coordinador | 2.509,27 | 2.584,55 | 2.675,00 | 2.768,63 |
| Psicólogo | 1.914,71 | 1.972,15 | 2.041,17 | 2.112,61 |
| Jefe Administrativo | 1.871,70 | 1.927,85 | 1.995,33 | 2.065,17 |
| Coordinador | 1.773,77 | 1.826,98 | 1.890,93 | 1.957,11 |
| Oficial Administrativo | 1.617,80 | 1.666,33 | 1.724,66 | 1.785,02 |
| Fisioterapeuta | 1.555,71 | 1.602,38 | 1.658,46 | 1.716,51 |
| Terapeuta Ocupacional | 1.555,71 | 1.602,38 | 1.658,46 | 1.716,51 |
| Coordinador Teleasistencia | 1.552,07 | 1.598,63 | 1.654,58 | 1.712,49 |
| Ayudante Coordinación | 1.419,03 | 1.461,60 | 1.512,76 | 1.565,71 |
| Teleoperador | 1.331,87 | 1.371,82 | 1.419,84 | 1.469,53 |
| Instalador | 1.283,65 | 1.322,16 | 1.368,44 | 1.416,33 |
| Auxiliar Ayuda Domicilio | 1.224,30 | 1.261,02 | 1.305,16 | 1.350,84 |
| Auxiliar Administrativo | 1.224,29 | 1.261,02 | 1.305,16 | 1.350,84 |
Más allá de las tablas, el convenio introduce un complemento de residencia del 33% del salario base a partir del 1 de septiembre de 2026; hasta esa fecha el plus de residencia se mantiene en el 25%. Este complemento absorbe el plus de vinculación a la bonificación del 8% en quienes lo vinieran percibiendo. A partir de 2027 se incorpora además una gratificación extraordinaria adicional equivalente al 30% del salario base, devengada por año natural y abonada con la nómina de septiembre. Otros parámetros: dos pagas extraordinarias de salario base y antigüedad (junio y diciembre), 30 días naturales de vacaciones, kilometraje de 0,22 €/km con vehículo propio, jornada con tope de 80 horas extraordinarias anuales y jubilación forzosa a los 68 años en los términos del convenio.
Implicaciones operativas
Procede actualizar las nóminas con las tablas de 2026 y calcular los atrasos desde enero de 2026 en la primera nómina posterior a la publicación. Debe vigilarse el salto de septiembre de 2026, cuando el plus de residencia pasa del 25% al 33% del salario base con absorción del antiguo plus de vinculación a la bonificación. Las tablas de 2027 a 2029 conviene tenerlas precargadas para la revisión automática de cada anualidad, incluida la nueva gratificación adicional del 30% a partir de 2027.
Fuente
Resolución de 7 de mayo de 2026 de la Delegación del Gobierno en Melilla, por la que se registra y publica el III Convenio Colectivo Sectorial de Ayuda a Domicilio de la Ciudad Autónoma de Melilla. Boletín Oficial de Melilla núm. 6378, de 12 de mayo de 2026 (BOME-A-2026-535). Texto verificable en bomemelilla.es. Código de convenio (REGCON): 52100195012019.
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