Comercio alimentación Badajoz 2025-2026: nuevo convenio +2,9%
Nuevo convenio del comercio de alimentación de Badajoz 2025-2026
El Diario Oficial de Extremadura publica el nuevo Convenio Colectivo del sector del Comercio de Alimentación Mayor y Menor para la provincia de Badajoz, suscrito el 12 de febrero de 2026. El texto fija subidas salariales del 2,9% para 2025 y del 2,5% para 2026, ambas con carácter retroactivo, e incorpora una cláusula de revisión vinculada al IPC.
Qué se publica
Se trata de un convenio colectivo nuevo de ámbito provincial y eficacia general, negociado entre la Confederación de Organizaciones Empresariales de la Provincia de Badajoz (COEBA-CEOE-CEPYME) y los sindicatos UGT, CCOO y CSIF. Su ámbito alcanza a almacenistas de alimentación, mayoristas de coloniales, detallistas de ultramarinos, supermercados, autoservicios, pescaderías, fruterías, pastelerías, confiterías y carnicerías-charcuterías de toda la provincia. La vigencia es del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2026.
Cambios principales
El artículo 10 establece un incremento del 2,9% para 2025 sobre las tablas de 2024 y del 2,5% para 2026 sobre las tablas de 2025, ambos retroactivos al 1 de enero del año respectivo. Las diferencias derivadas de la entrada en vigor del convenio podrán prorratearse por las empresas dentro de los tres meses siguientes a su publicación en el DOE. Una vez conocido el IPC real de 2026, los salarios se revisarán en el exceso sobre el IPC hasta un máximo del 1%, con efecto retroactivo a 1 de enero de ese año.
Tablas salariales (salario mensual base):
| Categoría | 2025 | 2026 |
|---|---|---|
| Director/a, Jefe/a de Compras, Ventas, Sucursal, Sección, Almacén y Administración | 1.034,90 € | 1.060,77 € |
| Viajantes, Oficial Administrativo, Operador/a Ordenador | 1.032,78 € | 1.058,60 € |
| Auxiliar Administrativo, Dependiente/a, Auxiliar de Caja | 1.026,70 € | 1.052,37 € |
| Carnicero/a, Pescadero/a, Conductor/a | 1.129,37 € | 1.157,60 € |
| Charcutero/a | 1.040,22 € | 1.066,23 € |
| Mozo/a, Mozo/a Especializado/a, Oficial de 1ª, Conserje, Vigilante, Reponedor/a | 1.026,67 € | 1.052,34 € |
Las empresas deben complementar el salario hasta el SMI vigente en cada momento. El convenio mantiene un plus de convenio no compensable ni absorbible de 844,26 € anuales en 2025 (70,35 € en doce mensualidades) y 865,36 € en 2026 (72,11 € mensuales). Otros conceptos actualizados: dieta completa de 27,57 € (2025) y 28,26 € (2026); media dieta de 15,33 € y 15,71 €; kilometraje de 0,31 € y 0,32 €. El plus de festivos pasa a 16,70 €/hora en 2025 y 17,11 €/hora en 2026. La jornada anual queda en 1.800 horas (40 semanales) y las vacaciones en 30 días naturales.
Implicaciones operativas
Las asesorías deben recalcular las nóminas de 2025 y 2026 conforme a las nuevas tablas y liquidar los atrasos correspondientes, que pueden prorratearse en los tres meses siguientes a la publicación. Conviene actualizar dietas, kilometraje, plus de convenio y plus de festivos en las plantillas de cálculo, y dejar prevista la revisión por IPC de 2026 hasta el tope del 1%. Los finiquitos y compensaciones del artículo 18 (premio por baja voluntaria entre 60 y 64 años) deben aplicar las cuantías vigentes según la categoría.
Fuente
Resolución de 20 de abril de 2026 de la Dirección General de Trabajo, publicada en el Diario Oficial de Extremadura núm. 80, de 28 de abril de 2026. Texto íntegro del convenio. Código de convenio (REGCON): 06000135011981.
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