Comercio Almería 2025-2027: nuevo convenio con +3% anual
Comercio Almería 2025-2027: nuevo convenio con incremento del 3% anual
El Boletín Oficial de la Provincia de Almería de 25 de marzo de 2026 publica el nuevo Convenio Colectivo provincial de Dependencia Mercantil de Almería (código 04000175011982). El texto fija una vigencia de tres años, con incrementos salariales del 3% anual y efectos económicos desde el 1 de julio de 2025.
Qué se publica
Se trata de un convenio colectivo sectorial nuevo, de ámbito provincial, suscrito el 9 de febrero de 2026 entre CC.OO. Andalucía y U.G.T., por la representación laboral, y la Federación Provincial de Comercio de ASEMPAL, por la representación empresarial. Su ámbito funcional abarca las empresas con establecimiento mercantil abierto dedicadas a la venta de artículos al detalle o al por mayor en Almería y su provincia, con exclusión expresa de las empresas de venta de artículos textiles. La duración se establece en tres años a partir del 1 de enero de 2025, si bien los efectos económicos se aplican desde el 1 de julio de 2025. El convenio se prorroga por periodos anuales salvo denuncia con un mes de antelación.
Cambios principales
El régimen retributivo mantiene las tablas vigentes en 2024 durante el primer semestre de 2025 y aplica, a partir del 1 de julio de 2025, un incremento del 3% sobre todos los conceptos salariales. Para 2026 y 2027 se fija un nuevo incremento del 3% anual acumulativo sobre los conceptos vigentes el ejercicio anterior. Los atrasos derivados de la aplicación retroactiva deben hacerse efectivos dentro de los dos meses siguientes a la publicación en el BOP.
Tabla salarial vigente para el año 2026 (salario base, en euros brutos/mes), por categorías representativas:
| Categoría | Salario base 2026 | Cuatrienio |
|---|---|---|
| Titulado/a de grado superior (Grupo I) | 1.154,42 | 53,24 |
| Director/a (Grupo II) | 1.207,04 | 55,72 |
| Jefe/a de sucursal o supermercado | 1.055,82 | 48,61 |
| Dependiente mayor | 1.092,77 | 50,18 |
| Dependiente y Dependiente cajero/a | 993,45 | 45,64 |
| Ayudante de Dependiente cajero/a | 868,41 | 39,72 |
| Auxiliar administrativo/a | 909,53 | 41,66 |
| Conductor/a-repartidor/a de 1ª | 1.044,64 | 48,04 |
| Personal de limpieza (jornada completa) | 831,23 | 37,93 |
Otros conceptos económicos también se actualizan. El plus de asistencia pasa a 37,29 euros brutos mensuales en 2026 (38,41 en 2027), con descuento de 1,49 euros por día laborable de inasistencia. El plus de convenio (antiguo plus de transporte) se sitúa en 1.524,75 euros brutos anuales en 2026 (127,06 euros/mes) y 1.570,49 euros en 2027. La hora extraordinaria ordinaria se abona a 10,92 euros en 2026 y a 11,25 euros en 2027 (14,35 y 14,78 euros, respectivamente, en vísperas de Navidad y Reyes y en domingos y festivos de apertura). El plus de nocturnidad alcanza 1,57 euros/hora en 2026 y 1,62 euros en 2027. La jornada se mantiene en 40 horas semanales y las vacaciones en un mínimo de 30 días naturales.
Implicaciones operativas
Las empresas del comercio de Almería deben actualizar las nóminas conforme a las tablas del Anexo III para 2026 y abonar los atrasos pendientes desde el 1 de julio de 2025, dentro del plazo de dos meses fijado en el convenio. Conviene revisar el cálculo de finiquitos, pagas extraordinarias y complementos personales (plus consolidado, cuatrienios) sobre las nuevas bases, así como el complemento de incapacidad temporal regulado en el artículo 31.
Fuente
Convenio Colectivo provincial de Dependencia Mercantil de Almería, Boletín Oficial de la Provincia de Almería núm. 58, de 25 de marzo de 2026. Texto íntegro disponible en la fuente oficial. Código de convenio (REGCON): 04000175011982.
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