Comercio Calzado Badajoz 2025-2026: nuevo convenio +2,9%

Convenio nuevoBadajoz08/05/2026

Comercio de Calzado, Piel y Viaje de Badajoz 2025-2026: nuevo convenio con subidas del 2,9% y el 2,5%

El Diario Oficial de Extremadura núm. 87, de 8 de mayo de 2026, publica el nuevo Convenio Colectivo del sector Comercio de Calzado, Artículos de Piel y Artículos de Viaje de la provincia de Badajoz (código 06000965011997). El texto fija subidas salariales del 2,9% para 2025 y del 2,5% para 2026, con tablas de aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2025.

Qué se publica

Se trata de un convenio colectivo de nueva firma, suscrito el 9 de marzo de 2026 por la representación empresarial (COEBA CEOE-CEPYME y AECABA) y por las organizaciones sindicales UGT y CCOO. Su ámbito es provincial: se aplica en toda la provincia de Badajoz a las empresas y personas trabajadoras del comercio de calzado, artículos de piel y artículos de viaje (epígrafe 6516 del IAE). La vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026, con denuncia automática a su vencimiento y mantenimiento de condiciones hasta un nuevo acuerdo. El convenio entra en vigor con su publicación en el DOE, pero los salarios se aplican con carácter de 1 de enero de 2025.

Cambios principales

Los incrementos pactados sobre las tablas vigentes son del 2,9% para 2025 (sobre las tablas de 2024) y del 2,5% para 2026 (sobre las de 2025). Se incorpora una cláusula de revisión: conocido el IPC real de 2026, los salarios se revisarán en el exceso sobre dicho IPC hasta un máximo del 1%, con efecto retroactivo a 1 de enero de 2026. Las diferencias devengadas entre el 1 de enero de 2025 y la entrada en vigor se abonan prorrateadas en el trimestre siguiente a la firma.

La tabla salarial mensual (salario base) queda como sigue:

GrupoCategoría profesionalBase mes 2025 (€)Base mes 2026 (€)
IIDependiente/a1.059,471.085,96
IIAuxiliar administrativo/a1.059,471.085,96
IIMozo/a1.059,471.085,96
IIVigilante (10% s/salario)1.190,391.220,15
IIIViajante1.066,741.093,41
IIIOficial de primera1.066,741.093,41
IVContable1.100,461.127,98
IVCajero/a1.100,461.127,98
IVOficial administrativo/a1.100,461.127,98
IVEncargado/a establecimiento1.100,461.127,98
IVDependiente/a mayor1.210,511.240,77
VTitulado superior1.337,461.370,90
VTitulado grado medio1.337,461.370,90
VDirector/a mercantil1.337,461.370,90
VGerente1.337,461.370,90
VJefe de personal1.337,461.370,90
VEncargado general1.337,461.370,90

En todo caso, las empresas complementarán los salarios hasta alcanzar el Salario Mínimo Interprofesional anual vigente en cada ejercicio. La estructura retributiva la integran salario base, antigüedad y tres pagas extraordinarias (marzo, julio y diciembre). La jornada se fija en 40 horas semanales y 1.792 horas en cómputo anual (224 días), con 30 días naturales de vacaciones y 6 sábados de descanso al año a pactar con la empresa (excluidos diciembre y enero).

El convenio mantiene las indemnizaciones por fallecimiento o incapacidad permanente absoluta por accidente de trabajo (21.033,83 € en 2025 y 21.559,67 € en 2026) y por muerte natural (3.504,07 € en 2025 y 3.591,67 € en 2026), a cubrir mediante póliza de seguro.

Implicaciones operativas

Las empresas del sector en Badajoz deben actualizar las nóminas a las nuevas tablas y abonar los atrasos devengados desde el 1 de enero de 2025, prorrateados en el trimestre siguiente a la firma. Conviene revisar los finiquitos y liquidaciones emitidos en el periodo retroactivo para recalcular las cuantías afectadas por la subida, así como verificar la cobertura de las pólizas de indemnización exigidas por el convenio.

Fuente

Resolución de 23 de abril de 2026 de la Dirección General de Trabajo, Diario Oficial de Extremadura núm. 87, de 8 de mayo de 2026. Texto íntegro disponible en el documento oficial. Código de convenio (REGCON): 06000965011997.

Convenio: Comercio de Calzado, Artículos de Piel y Artículos de Viaje de Badajoz
Código REGCON: 06000965011997
Ámbito: Badajoz
Fecha de efectos: 01/01/2025
Fuente oficial: Ver en DOE

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