Convenio comercio del metal de Burgos 2026: subida del 3%

Convenio nuevoBurgos22/06/2026
Texto completo del convenio (BOP)

¿Llevas este convenio? Te avisamos por email de cada novedad. Gratis.

Quiero recibir las novedades

Qué se publica

El Boletín Oficial de la Provincia de Burgos núm. 115, de 22 de junio de 2026 (C.V.E. BoPBur-2026-02623), publica la resolución de 8 de junio de 2026 de la Oficina Territorial de Trabajo de Burgos por la que se registra y publica el Convenio Colectivo Sindical de Trabajo del sector de «comercio del metal» de la provincia de Burgos (código de convenio 09000095011981).

El convenio fue suscrito el 18 de mayo de 2026 entre la representación empresarial de la Asociación de Distribuidores de Suministros Industriales de la provincia de Burgos (ADISIBUR), la Asociación de Concesionarios de Automóviles de la provincia de Burgos (ACONAUTO-Burgos) y la Federación de Empresarios del Metal (FAE), y la representación de las personas trabajadoras de UGT y CC.OO.

Cambios principales

Vigencia de cinco años. El convenio entra en vigor con efectos de 1 de enero de 2025 y rige hasta el 31 de diciembre de 2029, quedando automáticamente denunciado a su vencimiento.

Subidas salariales escalonadas. Para 2025 rigen las cuantías de la tabla del anexo I. Sobre esa base, el incremento es del 3,00% en 2026, 2,75% en 2027, 2,75% en 2028 y 2,50% en 2029, respecto al año anterior en cada caso, recogidos en los anexos II a V. Los incrementos y atrasos de 2026 pueden abonarse hasta el último día del mes siguiente a la publicación del convenio en el BOP.

Tabla salarial de 2026 (anexo II). Salario mensual y retribución anual por categoría profesional:

Categoría profesionalSalario mensualRetribución anual
Grupo I
Titular de Grado Superior1.838,11 €27.571,65 €
Titular de Grado Medio1.598,51 €23.977,65 €
Titular Técnico Sanitario1.438,61 €21.579,15 €
Grupo II — Personal mercantil técnico no titulado
Dirección2.157,75 €32.366,25 €
Jefatura de División1.758,31 €26.374,65 €
Jefaturas de Personal, de Compras o de Ventas1.718,24 €25.773,60 €
Responsable General1.638,64 €24.579,60 €
Jefaturas de Sucursal o de Almacén1.542,46 €23.136,90 €
Jefatura de Grupo1.518,09 €22.771,35 €
Jefatura de Sección, Responsable de Establecimiento, Vendedor/a, Comprador/a, Subastador/a1.438,61 €21.579,15 €
Intérprete1.382,49 €20.737,35 €
Grupo II — Personal mercantil propiamente dicho
Viajante1.422,80 €21.342,00 €
Viajante a Comisión1.139,60 €17.094,00 €
Corredor/a de Plaza1.382,49 €20.737,35 €
Dependiente/a Mayor1.521,00 €22.815,00 €
Dependiente/a de Primera1.382,49 €20.737,35 €
Dependiente/a de Segunda1.199,44 €17.991,60 €
Ayudante/a1.139,60 €17.094,00 €
Grupo III — Personal técnico no titulado
Dirección1.998,08 €29.971,20 €
Jefatura de División1.758,28 €26.374,20 €
Jefatura Administrativa1.542,46 €23.136,90 €
Secretaría1.238,84 €18.582,60 €
Personal contable1.398,84 €20.982,60 €
Jefatura de Sección Administrativa1.494,40 €22.416,00 €
Contable-Cajero/a, Taquimecanógrafo/a en Idiomas Extranjeros1.494,40 €22.416,00 €
Grupo III — Personal administrativo
Oficial Administrativo y Personal Operador en Máquinas Contables1.382,89 €20.743,35 €
Auxiliar Administrativo1.239,20 €18.588,00 €
Aspirante Administrativo1.139,60 €17.094,00 €
Auxiliar de Caja1.139,60 €17.094,00 €
Grupo IV — Personal de servicios y actividades auxiliares
Jefatura Sección de Servicios1.439,01 €21.585,15 €
Dibujante1.439,01 €21.585,15 €
Escaparatista1.382,89 €20.743,35 €
Ayudante de Montaje1.139,60 €17.094,00 €
Delineante1.251,92 €18.778,80 €
Personal Visitador1.199,86 €17.997,90 €
Rotulista1.199,86 €17.997,90 €
Personal Cortador1.382,89 €20.743,35 €
Ayudante de Personal Cortador1.139,60 €17.094,00 €
Jefatura de Taller1.382,89 €20.743,35 €
Profesional de Primera1.278,99 €19.184,85 €
Profesional de Segunda1.199,40 €17.991,00 €
Capataz1.319,59 €19.793,85 €
Mozo/a Especializado1.176,88 €17.653,20 €
Auxiliares (ascensorista, telefonista, mozo/a, conserjería, cobraduría, vigilante, sereno/a, ordenanza, portería y personal de limpieza a jornada completa)1.139,60 €17.094,00 €
Personal de Limpieza (por hora)9,55 €

Jornada y vacaciones. Se fija una jornada anual de 1.790 horas de trabajo efectivo para cada uno de los años de vigencia. Las vacaciones son de 30 días naturales, con una bolsa de vacaciones de 150 euros para el supuesto de que la empresa obligue a variar las fechas preferentes elegidas por la persona trabajadora.

Antigüedad consolidada. Se mantiene congelada la cuantía que cada persona trabajadora tenía a 31 de diciembre de 1997 como «complemento personal de antigüedad consolidada», que no devenga nuevas cantidades y no es absorbible ni compensable.

Implicaciones operativas

Las empresas de comercio del metal de la provincia de Burgos deben aplicar las nuevas tablas conforme al calendario de incrementos y regularizar los atrasos de 2026 en el plazo previsto tras la publicación. La jornada de referencia es de 1.790 horas anuales en todos los ejercicios de vigencia.

Fuente

BOP de Burgos núm. 115, de 22 de junio de 2026 (C.V.E. BoPBur-2026-02623). Texto íntegro del convenio, incluidas las tablas salariales de los anexos I a V, en la fuente oficial.

Convenio: Convenio Colectivo Sindical de Trabajo del Comercio del Metal de la Provincia de Burgos
Código REGCON: 09000095011981
Ámbito: Burgos
Fecha de efectos: 01/01/2025

¿Quieres recibir las novedades de este convenio?

Te avisamos por email cada vez que se publique una novedad suya en el boletín — revisiones salariales, tablas, prórrogas o denuncias. Es gratis, y desde tu cuenta podrás seguir todos los convenios que lleves.

Quiero recibir las novedades