Comercio del metal de Burgos: convenio 2025-2029
Comercio del metal de Burgos: convenio 2025-2029
Qué se publica
El Boletín Oficial de la Provincia de Burgos núm. 115, de 22 de junio de 2026 (C.V.E. BoPBur-2026-02623), publica la resolución de 8 de junio de 2026 de la Oficina Territorial de Trabajo de Burgos por la que se registra y publica el Convenio Colectivo Sindical de Trabajo del sector de «comercio del metal» de la provincia de Burgos (código de convenio 09000095011981).
El convenio fue suscrito el 18 de mayo de 2026 entre la representación empresarial de la Asociación de Distribuidores de Suministros Industriales de la provincia de Burgos (ADISIBUR), la Asociación de Concesionarios de Automóviles de la provincia de Burgos (ACONAUTO-Burgos) y la Federación de Empresarios del Metal (FAE), y la representación de las personas trabajadoras de UGT y CC.OO.
Cambios principales
Vigencia de cinco años. El convenio entra en vigor con efectos de 1 de enero de 2025 y rige hasta el 31 de diciembre de 2029, quedando automáticamente denunciado a su vencimiento.
Subidas salariales escalonadas. Para 2025 rigen las cuantías de la tabla del anexo I. Sobre esa base, el incremento es del 3,00% en 2026, 2,75% en 2027, 2,75% en 2028 y 2,50% en 2029, respecto al año anterior en cada caso, recogidos en los anexos II a V. Los incrementos y atrasos de 2026 pueden abonarse hasta el último día del mes siguiente a la publicación del convenio en el BOP.
Jornada y vacaciones. Se fija una jornada anual de 1.790 horas de trabajo efectivo para cada uno de los años de vigencia. Las vacaciones son de 30 días naturales, con una bolsa de vacaciones de 150 euros para el supuesto de que la empresa obligue a variar las fechas preferentes elegidas por la persona trabajadora.
Antigüedad consolidada. Se mantiene congelada la cuantía que cada persona trabajadora tenía a 31 de diciembre de 1997 como «complemento personal de antigüedad consolidada», que no devenga nuevas cantidades y no es absorbible ni compensable.
Implicaciones operativas
Las empresas de comercio del metal de la provincia de Burgos deben aplicar las nuevas tablas conforme al calendario de incrementos y regularizar los atrasos de 2026 en el plazo previsto tras la publicación. La jornada de referencia es de 1.790 horas anuales en todos los ejercicios de vigencia.
Fuente
BOP de Burgos núm. 115, de 22 de junio de 2026 (C.V.E. BoPBur-2026-02623). Texto íntegro del convenio, incluidas las tablas salariales de los anexos I a V, en la fuente oficial.
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