Convenio comercio metal Jaén 2026: dependiente 1.173,69 €/mes
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Quiero recibir todas las novedadesEn 2026 el dependiente, vendedor o comercial del comercio del metal y la electricidad de la provincia de Jaén tiene un salario base de 1.173,69 euros al mes, y el auxiliar administrativo, de 1.154,26 euros. El texto vigente del convenio del sector es el de los años 2025, 2026 y 2027, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 176, de 15 de septiembre de 2025, con tablas salariales para los tres años.
Qué se publica
El acto es el edicto de la Delegación Territorial en Jaén de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, de 10 de septiembre de 2025, que ordena inscribir y publicar el convenio (expediente 23/01/0068/2025, código de convenio 23000325011984). La comisión negociadora lo aprobó el 21 de julio de 2025.
Lo firman, por la parte empresarial, la Federación Empresarial Jiennense de Comercio y Servicios (Comercio Jaén) y la Federación Provincial del Metal (FDM), y por la parte social, FeSMC-UGT y Servicios-CCOO de Jaén. Obliga a las empresas con establecimiento abierto dedicadas de forma exclusiva, principal o predominante al comercio del metal y electricidad, al por menor o al por mayor: suministros industriales, electrodomésticos, concesionarios de vehículos, recambios, ferretería o muebles de oficina metálicos, entre otros.
Según su artículo 5, el convenio entra en vigor el día de su presentación en REGCON, pero sus efectos económicos se retrotraen al 1 de enero de 2025 y su vigencia termina el 31 de diciembre de 2027. La denuncia es automática a esa fecha.
Cambios principales
Las tablas de 2025 resultan de subir un 2,8% las de 2024 en todos los conceptos económicos, con carácter retroactivo al 1 de enero de 2025. Para 2026 y 2027 todos los conceptos se incrementan un 2,6% sobre la tabla del año anterior. El convenio establece además un salario mínimo del sector coincidente con el SMI vigente para jornada completa, en el que computan el salario base, la parte proporcional de tres pagas extraordinarias, el plus de asistencia y el plus compensatorio.
Salario base mensual de las categorías con más plantilla, tal y como lo publica el anexo:
| Categoría | Grupo | 2025 (€/mes) | 2026 (€/mes) | 2027 (€/mes) |
|---|---|---|---|---|
| Dependiente/Vendedor o Comercial | II | 1.143,95 | 1.173,69 | 1.204,21 |
| Dependiente Mayor | II | 1.216,09 | 1.247,71 | 1.280,15 |
| Encargado de Establecimiento | II | 1.197,21 | 1.228,34 | 1.260,28 |
| Jefe de Ventas | II | 1.394,25 | 1.430,50 | 1.467,69 |
| Ayudante/Mozo | I y II | 1.102,87 | 1.131,54 | 1.160,96 |
| Oficial de 1ª | I | 1.178,72 | 1.209,37 | 1.240,81 |
| Conductor/Repartidor | I | 1.143,95 | 1.173,69 | 1.204,21 |
| Jefe de Almacén | I | 1.323,92 | 1.358,34 | 1.393,66 |
| Personal de Limpieza | I | 1.102,87 | 1.131,54 | 1.160,96 |
| Jefe Administrativo | III | 1.401,22 | 1.437,65 | 1.475,03 |
| Oficial Administrativo | III | 1.143,79 | 1.173,53 | 1.204,04 |
| Auxiliar Administrativo | III | 1.125,01 | 1.154,26 | 1.184,27 |
| Auxiliar de Caja | III | 1.102,87 | 1.131,54 | 1.160,96 |
| Director | IV | 1.623,22 | 1.665,42 | 1.708,72 |
| Titulado de Grado Superior | V | 1.521,93 | 1.561,50 | 1.602,10 |
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Quiero recibir todas las novedadesOtros conceptos del anexo:
| Concepto | 2025 (€) | 2026 (€) | 2027 (€) |
|---|---|---|---|
| Quebranto de moneda (mensual) | 66,73 | 68,46 | 70,24 |
| Dieta completa | 56,02 | 57,48 | 58,97 |
| Media dieta | 29,52 | 30,29 | 31,08 |
| Plus de asistencia (diario) | 2,71 | 2,78 | 2,85 |
| Fomento a la cultura (anual) | 173,45 | 177,96 | 182,59 |
| Plus compensatorio de políticas sociales (mensual) | 20,00 | 20,00 | 20,00 |
El plus de transporte por trabajo en sábado, para quien trabaje más de cinco días efectivos a la semana, es de 5,35 euros por día de exceso en 2025, 5,49 euros en 2026 y 5,63 euros en 2027. El plus compensatorio solo se abona si la empresa no acredita actividades de información, asesoramiento y formación en políticas sociales, «en cuantía de 20 euros mensuales (240 euros anuales), y sea cual sea la jornada laboral del personal».
En tiempo de trabajo, la jornada es de 1.816 horas anuales de trabajo efectivo, con descanso semanal de día y medio ininterrumpido, y las vacaciones son de 30 días naturales. Las horas extraordinarias se abonan con un recargo del 75%. Hay tres pagas extraordinarias, en marzo, julio y diciembre.
Implicaciones operativas
Las nóminas de 2026 del sector en la provincia de Jaén se calculan sobre la columna de 2026 del anexo, con el 2,6% aplicado a todos los conceptos económicos. Los atrasos de 2025 debían abonarse, según el artículo 26, como plazo máximo en la nómina de diciembre de 2025. Conviene contrastar cada salario con el mínimo del sector ligado al SMI y revisar las tres pagas extraordinarias en finiquitos y bases de cotización.
Fuente
Edicto de la Delegación Territorial en Jaén de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, de 10 de septiembre de 2025, por el que se ordena la inscripción y publicación del Convenio Colectivo para el Sector del Comercio del Metal y la Electricidad de la Provincia de Jaén. Años 2025, 2026 y 2027. Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 176, de 15 de septiembre de 2025, anuncio 2025/4166, páginas 14301 a 14343. Texto completo.
Código de convenio REGCON: 23000325011984.
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