Comercio Metal Navarra 2026: revisión salarial del 0,6%
Comercio Metal de Navarra 2026: revisión salarial del 0,6%
El Boletín Oficial de Navarra publica el Acuerdo de revisión salarial para 2026 del Convenio Colectivo del Sector de Comercio Metal de Navarra. La Comisión Paritaria acuerda actualizar las tablas un 0,6% adicional con efectos de 1 de enero de 2026.
Qué se publica
Se trata de un acuerdo de revisión salarial adoptado por la Comisión Paritaria del convenio (código REGCON 31002005011982), suscrito el 4 de febrero de 2026 por la Asociación de Empresarios de Ferretería de Navarra, la Asociación de Distribuidores de Material Eléctrico de Navarra, UGT y CC.OO., y publicado en el BON número 50 de 10 de marzo de 2026. El ámbito es autonómico (Comunidad Foral de Navarra) y el sector es el comercio del metal. La actualización tiene efectos de 1 de enero de 2026.
Cambios principales
La actualización trae causa del artículo 7 del convenio y de la cláusula de garantía vinculada al IPC estatal de los ejercicios 2022, 2023 y 2024. Certificado por el INE que la suma de esos tres IPC quedó fijada de forma definitiva en el 11,6%, y habiéndose pactado una actualización de hasta un máximo del 13% para el supuesto de que dicha suma superase el 11%, procede aplicar el diferencial restante. El porcentaje de actualización de tablas a aplicar a partir del 1 de enero de 2026 es del 0,6%.
Las tablas salariales resultantes (Anexo I), en euros mensuales, quedan como sigue:
| Categoría | Euros/mes |
|---|---|
| Grupo primero | |
| Ingenieros y licenciados | 2.428,91 |
| Ayudantes técnicos | 2.114,74 |
| Practicantes | 2.007,39 |
| Grupo segundo | |
| Jefe de personal, ventas y compras | 2.341,89 |
| Gerente o director comercial | 2.413,49 |
| Jefe de sucursal | 2.341,89 |
| Encargado general | 2.341,89 |
| Encargado de establecimiento, vendedor comprador | 2.172,63 |
| Jefe de almacén | 2.172,63 |
| Jefe de grupo | 2.172,63 |
| Jefe de sección | 2.056,59 |
| Comercial | 1.831,76 |
| Dependiente de más de 2 años | 1.831,76 |
| Dependiente de 2.º año | 1.564,18 |
| Dependiente de primer año | 1.496,77 |
| Aprendiz | 1.138,41 |
| Grupo tercero | |
| Jefe administrativo | 2.341,89 |
| Jefe de sección administrativo | 2.172,63 |
| Contable | 2.008,29 |
| Oficial administrativo | 1.831,76 |
| Administrativo de más de 2 años | 1.650,60 |
| Auxiliar de menos de 2 años | 1.485,24 |
| Cajero | 1.406,09 |
| Grupo cuarto | |
| Dibujantes | 2.231,65 |
| Escaparatistas | 1.888,89 |
| Jefe de servicios técnicos | 2.056,59 |
| Jefe de taller | 2.056,59 |
| Profesionales de oficio de primera | 1.831,76 |
| Profesionales de oficio de segunda | 1.652,25 |
| Mozo especializado | 1.652,25 |
| Mozo | 1.571,41 |
| Aprendiz | 1.138,41 |
| Grupo quinto | |
| Conserje, vigilante, personal de limpieza | 1.522,84 |
Implicaciones operativas
Las empresas del sector deben actualizar las nóminas con las nuevas tablas con efectos retroactivos de 1 de enero de 2026, abonando, en su caso, los atrasos correspondientes desde dicha fecha. Conviene revisar igualmente los cálculos de finiquito e indemnización de las relaciones extinguidas a partir de enero de 2026, tomando como referencia el salario actualizado.
Fuente
Resolución 25C/2026, de 11 de febrero, del director general de Economía Social y Trabajo, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación del Acuerdo de revisión salarial para 2026 del Convenio Colectivo del Comercio Metal de Navarra. Boletín Oficial de Navarra número 50, de 10 de marzo de 2026, páginas 9986 y siguientes. Texto disponible en la fuente oficial. Código REGCON 31002005011982.
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