Comercio del Metal Palencia 2025-2026: nuevo convenio, +3% anual

Convenio nuevoPalencia04/05/2026

Comercio del Metal de Palencia: nuevo convenio 2025-2026 con subida del 3% anual

El Boletín Oficial de la Provincia de Palencia de 4 de mayo de 2026 publica el convenio colectivo del sector del Comercio del Metal para Palencia y provincia. El texto fija incrementos salariales del 3% para 2025 y otro 3% para 2026, una cláusula de revisión ligada al IPC y una jornada anual que se reduce a 1.792 horas en 2026.

Qué se publica

Se trata de un convenio colectivo nuevo de ámbito provincial (código de convenio 34000085011981), suscrito por la Comisión Negociadora el 19 de diciembre de 2025 e inscrito por la Oficina Territorial de Trabajo de Palencia mediante resolución de 27 de abril de 2026. Su ámbito funcional alcanza a la totalidad de empresas y personas trabajadoras del sector del comercio del metal en Palencia y su provincia, conforme al encuadramiento de subsectores recogido en su Anexo I. La vigencia se extiende desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026, con independencia de la fecha de publicación. Está firmado por FEPAMETAL y C.P.O.E. en representación empresarial, y por UGT y CC.OO. en representación social.

Cambios principales

Las condiciones económicas son las siguientes:

Concepto20252026
Incremento del salario base3% sobre tablas definitivas de 20243% sobre tablas definitivas de 2025
Jornada anual de trabajo efectivo1.800 horas1.792 horas
Dieta por media jornada2,27 €2,34 €
Dieta por jornada completa3,40 €3,50 €

Cláusula de revisión salarial: con efectos de 1 de enero de 2026 se actualizan las tablas por la diferencia entre el incremento pactado en 2025 y el IPC de 2025, con un máximo del 1,00%. Idéntica regla opera con efectos de 1 de enero de 2027 respecto del incremento de 2026 y el IPC de ese año.

Otras cuantías fijadas en el convenio: ayuda escolar de 28,11 € por hijo en edad escolar (devengo en octubre); indemnización de 18.500 € por muerte derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional, cubierta por póliza obligatoria; retribución de 11,94 €/hora por apertura en domingo o festivo y 11,65 €/hora por cada tarde de Ferias y Fiestas trabajada en centros comerciales; y plus compensatorio de formación de 25 € mensuales para empresas que no acrediten participación en planes de formación continua. El complemento de antigüedad quedó consolidado a 31 de diciembre de 1998 como Complemento Personal de Antigüedad Consolidada (C.P.D.A.C.), no absorbible ni compensable y revalorizable cada año en el mismo porcentaje que el salario base.

El texto incorpora, además, las nuevas medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI (RD 1026/2024), con su propio régimen disciplinario de faltas leves, graves y muy graves en esta materia, y dos gratificaciones extraordinarias (verano y Navidad) de una mensualidad cada una, más una paga de participación en beneficios equivalente a otra mensualidad.

Las tablas salariales detalladas por categoría profesional figuran en el anexo del convenio. El texto íntegro está disponible en la fuente oficial; las cuantías exactas por categoría requieren consultar dicho documento.

Implicaciones operativas

Las empresas del sector deben actualizar las nóminas aplicando el 3% sobre las tablas de 2024 con efectos retroactivos a 1 de enero de 2025, y el 3% adicional desde 1 de enero de 2026, sin perder de vista la cláusula de revisión por IPC (tope 1,00%). La disposición final segunda obliga a abonar los atrasos y normalizar las nóminas dentro del mes siguiente a la publicación en el BOP. Conviene revisar igualmente los importes de dietas, ayuda escolar y los complementos por aperturas en domingo, festivo y Ferias y Fiestas a la hora de confeccionar finiquitos y cálculos de liquidación.

Fuente

Boletín Oficial de la Provincia de Palencia, núm. 53, de 4 de mayo de 2026. Resolución de inscripción y publicación de la Oficina Territorial de Trabajo de Palencia (expediente 34/01/0017/2026). Texto disponible en www.graduados-sociales.com. Código de convenio (REGCON): 34000085011981.

Convenio: Comercio del Metal de Palencia
Código REGCON: 34000085011981
Ámbito: Palencia
Fecha de efectos: 01/01/2025
Fuente oficial: Ver en BOP

¿Es asesoría laboral?

Cartas Laborales aplica el convenio colectivo de cada empresa al generar cartas de sanción, audiencia previa y despido. Prueba gratis.

Ver planes →