Mueble y madera Cantabria: el descanso no puede caer en festivo

Acuerdo de empresaCantabria25/03/2026

Comercio del mueble y la madera de Cantabria: el descanso semanal no puede solaparse con un festivo

El Boletín Oficial de Cantabria publica el acuerdo de la Comisión Paritaria del convenio del comercio del mueble y de la madera que adapta su contenido a la doctrina del Tribunal Supremo sobre la coincidencia de los días de descanso semanal fijados en días laborables con días festivos. Cuando coincidan, la empresa deberá señalar otro día de descanso distinto.

Qué se publica

El BOC núm. 58, de 25 de marzo de 2026 (CVE-2026-2297), publica la resolución de la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo que inscribe y ordena publicar el acuerdo suscrito el 2 de marzo de 2026 por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del sector del Comercio del Mueble y de la Madera de Cantabria (código 39000295011981). El acuerdo, adoptado a petición de la representación de los trabajadores (CC.OO.), adapta el convenio a la sentencia del Tribunal Supremo STS 2062/2025 en lo referente a la coincidencia de los descansos semanales con festivos. Por la parte social firman UGT y CC.OO.; por la empresarial, ACEMM.

Cambios principales

El acta recoge el criterio de la sentencia: a las personas que por su turno de trabajo tienen fijado el descanso semanal en un día laborable no se les puede solapar ese descanso con un festivo, porque estarían disfrutando menos festivos de los que fija el Estatuto de los Trabajadores. En consecuencia, el acuerdo establece que si el descanso semanal fijado en día laborable coincide con un festivo, "las empresas deberán fijar otro día distinto para disfrutar del descanso". El acuerdo no incorpora cambios retributivos ni nuevas tablas salariales.

Implicaciones operativas

Las empresas del sector en Cantabria deben revisar los cuadrantes de turnos y descansos: cada vez que el día de descanso semanal de una persona trabajadora coincida con un festivo, habrá que reasignar el descanso a otro día. Conviene ajustar los sistemas de planificación horaria y dejar rastro documental de la recolocación para evitar reclamaciones por festivos no disfrutados.

Fuente

Resolución de la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo disponiendo la inscripción y publicación del acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del sector del Comercio del Mueble y de la Madera de Cantabria. Boletín Oficial de Cantabria núm. 58, de 25 de marzo de 2026, CVE-2026-2297 (texto oficial). Código de convenio (REGCON): 39000295011981.

Convenio: Convenio Colectivo del sector del Comercio del Mueble y de la Madera de Cantabria
Código REGCON: 39000295011981
Ámbito: Cantabria
Fecha de efectos: No especificada
Fuente oficial: Ver en BOCantabria

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