Comercio Murcia 2026: tabla salarial actualizada al SMI
Comercio en General de Murcia 2026: tabla salarial actualizada conforme al SMI
El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) nº 57, de 10 de marzo de 2026, publica el acuerdo de la Comisión Paritaria del convenio colectivo del sector de Comercio en General de la Región de Murcia por el que se actualiza la tabla salarial para 2026. La revisión se efectúa conforme a la subida del Salario Mínimo Interprofesional para 2026 y surte efectos desde el 1 de enero de 2026.
Qué se publica
Se trata de un acuerdo de Comisión Paritaria (expediente nº 30/01/0042/2026) adoptado el 24 de febrero de 2026 en la sede de la Oficina de Mediación y Arbitraje Laboral de la Región de Murcia, suscrito por la representación social (CCOO y UGT) y la representación patronal (Federación de Comercio de la Región de Murcia, Coremur). El ámbito es sectorial y provincial: empresas y personas trabajadoras del comercio en general de la Región de Murcia. Mediante Resolución de 25 de febrero de 2026 de la Dirección General de Trabajo se ordena su inscripción en el registro de convenios y su publicación. El acuerdo se ampara en el artículo 21 del convenio colectivo vigente.
Cambios principales
La medida acordada es la actualización de las tablas salariales de 2026 conforme a la subida del SMI para 2026, con efectos desde el 1 de enero de 2026. La tabla salarial concreta se incorpora como anexo al acta del acuerdo.
El texto publicado en el boletín recoge la resolución de inscripción y el acta del acuerdo, pero no incluye en este documento el detalle numérico de la nueva tabla salarial por grupos y categorías. Los importes concretos —salario base por grupo profesional, complementos y demás conceptos— deben consultarse en el anexo de la tabla salarial. El texto íntegro está disponible en la fuente oficial. Los datos retributivos concretos requieren consultar el anexo del documento oficial.
Implicaciones operativas
Las empresas del sector deben aplicar la nueva tabla salarial con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026, lo que obliga a regularizar las nóminas abonadas desde esa fecha y a liquidar, en su caso, las diferencias salariales devengadas. Procede asimismo revisar la base de cálculo de finiquitos, indemnizaciones y demás conceptos que tomen como referencia las retribuciones de convenio para las extinciones tramitadas a partir de la entrada en vigor de los nuevos importes.
Fuente
Resolución de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del acuerdo de tabla salarial para el año 2026 del convenio colectivo del sector Comercio General. Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) nº 57, de 10 de marzo de 2026 (NPE: A-100326-1070). Disponible en: http://www.graduados-sociales.com/files/area_privada/convenios/MUComercioT.pdf.
Código de convenio (REGCON): 30000285011981.
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