Comercio Textil Badajoz 2025-2026: nuevo convenio con +2,9% y +2,5%
Comercio Textil de Badajoz 2025-2026: nuevo convenio con subidas del 2,9% y 2,5%
El Diario Oficial de Extremadura de 5 de mayo de 2026 (número 84) publica el nuevo Convenio Colectivo del sector Comercio Textil (Mayor y Menor) de la provincia de Badajoz para los años 2025-2026. El texto fija una subida salarial del 2,9% para 2025 y del 2,5% para 2026, con efectos retroactivos a 1 de enero de cada ejercicio.
Qué se publica
Se trata de un convenio colectivo de nueva firma, suscrito el 25 de febrero de 2026 por FECOBA y COEBA (CEOE-CEPYME) en la parte empresarial y por UGT, CC.OO. y CSIF en la parte social. Su ámbito es provincial (toda la provincia de Badajoz) y funcional para el comercio textil mayor y menor: tejidos, confecciones, paquetería, mercería y comercio mixto cuya actividad principal sea alguna de las anteriores. El convenio entró en vigor con su publicación en el DOE, pero los salarios se aplican con efectos de 1 de enero de 2025, y su vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026.
Cambios principales
Los incrementos pactados son del 2,9% para 2025 (sobre las tablas de 2024) y del 2,5% para 2026 (sobre las tablas de 2025), ambos con carácter retroactivo desde el 1 de enero del ejercicio respectivo. Se incorpora una cláusula de revisión: conocido el IPC real de 2026, los salarios se revisarán en el exceso sobre el IPC hasta un máximo del 1%, con efecto retroactivo a 1 de enero de 2026. La diferencia salarial devengada entre el 1 de enero de 2025 y la entrada en vigor se abonará prorrateada dentro de los tres meses siguientes a la publicación.
Salario base mensual por grupo profesional:
| Grupo | Categoría profesional | 2025 | 2026 |
|---|---|---|---|
| 1 | Titulado/a superior, Director/a mercantil, Gerente | 1.349,43 € | 1.383,17 € |
| 2 | Jefe/a de personal, Encargado/a general | 1.296,02 € | 1.328,42 € |
| 3 | Jefe/a de sucursal, Jefe/a de almacén | 1.182,29 € | 1.211,85 € |
| 3 | Jefe/a de sección mercantil / administrativa | 1.152,34 € | 1.181,14 € |
| 4 | Contable, Cajero/a, Oficial administrativo/a | 1.113,79 € | 1.141,63 € |
| 4 | Encargado/a de establecimiento | 1.089,11 € | 1.116,34 € |
| — | Dependiente/a mayor | 1.175,18 € | 1.204,56 € |
| 5 | Escaparatista, Viajante, Oficial de 1ª | 1.074,21 € | 1.101,07 € |
| 6 | Dependiente/a, Modisto/a, Auxiliar administrativo/a, Mozo/a | 1.068,35 € | 1.095,06 € |
Conceptos económicos para 2026: indemnización Tipo A (fallecimiento o incapacidad permanente absoluta por accidente de trabajo) de 23.016,62 €; indemnización Tipo B (muerte natural) de 3.825,15 €; dieta completa 12,56 € y media dieta 6,18 €.
El convenio mantiene la jornada de 40 horas semanales (1.792 horas anuales), 30 días naturales de vacaciones, tres pagas extraordinarias (marzo, julio y diciembre), antigüedad en cuatrienios del 5%, recargo del 75% sobre la hora ordinaria por horas extraordinarias y plus de nocturnidad del 25%. La incapacidad temporal por accidente de trabajo o enfermedad común se complementa hasta el 100% de la base reguladora desde el primer día.
Implicaciones operativas
Procede actualizar las nóminas a las tablas de 2025 y 2026 y liquidar los atrasos devengados desde 1 de enero de 2025, abonables prorrateados en los tres meses siguientes a la publicación. Conviene revisar el cálculo de finiquitos e indemnizaciones conforme a los nuevos importes Tipo A y Tipo B, así como verificar el complemento de IT desde el primer día. La cláusula de revisión sobre el IPC de 2026 puede generar un ajuste adicional de hasta el 1% a regularizar.
Fuente
Resolución de 20 de abril de 2026 de la Dirección General de Trabajo, Diario Oficial de Extremadura núm. 84, de 5 de mayo de 2026. Texto íntegro disponible en graduados-sociales.com. Código de convenio (REGCON): 06000155011981.
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