Construcción Cáceres 2026: nueva jornada y calor extremo (art. 56)
Construcción Cáceres 2026: nueva jornada y calor extremo (art. 56)
Qué se publica
El Diario Oficial de Extremadura (núm. 129, de 7 de julio de 2026) publica la Resolución de 29 de junio de 2026 de la Dirección General de Trabajo, por la que se inscribe y publica el acta de 19 de junio de 2026 de la comisión negociadora del convenio colectivo del sector de la construcción y obras públicas para Cáceres y su provincia (código de convenio 10000065011982), en la que se acuerda la modificación del artículo 56 del convenio.
El acuerdo fue suscrito por UGT-FICA y CCOO del Hábitat, en representación de los trabajadores, y por CNC Cáceres-FECONS y PYMECON, en representación empresarial.
Cambios principales
- Nueva redacción del artículo 56 (Jornada): la jornada ordinaria anual será la del VII Convenio General del Sector de la Construcción (1.736 horas) durante su vigencia.
- Jornada semanal: 40 horas semanales, distribuidas de lunes a jueves entre las 8:00 y las 19:00 horas, sin prolongarse más allá de las 14:00 del viernes.
- Inicio anticipado por calor: la jornada podrá comenzar a las 7:00 horas para cumplir el protocolo de actuación ante fenómenos meteorológicos adversos relacionados con las altas temperaturas, de 4 de julio de 2023.
- Adaptación ante temperaturas extremas: en lo relativo a las adaptaciones de las condiciones de trabajo ante temperaturas elevadas extremas, el convenio se remite al artículo 74 bis del VII Convenio General del Sector de la Construcción y al citado protocolo.
- Calendario laboral: las empresas que pacten calendario con la representación legal de las personas trabajadoras antes del 30 de enero de cada año se regirán por él, con un máximo de nueve horas diarias.
Implicaciones operativas
Las empresas de construcción de la provincia de Cáceres deben ajustar la organización de la jornada a la nueva redacción del artículo 56, contemplando el inicio a las 7:00 horas cuando resulte necesario por altas temperaturas y aplicando el protocolo sectorial y el artículo 74 bis del VII Convenio General ante episodios de calor extremo.
Fuente
Texto íntegro en el Diario Oficial de Extremadura núm. 129, de 7 de julio de 2026 (pág. 29131), y en el PDF oficial de la resolución y el acta. Código de convenio 10000065011982.
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