Construcción Ceuta 2026: tablas salariales y plan de pensiones
Construcción de Ceuta 2026: tablas salariales y aportaciones al plan de pensiones
El BOCCE nº 6.585, de 23 de enero de 2026, publica la revisión salarial para el año 2026 del Convenio Colectivo de la Construcción de Ceuta, junto con las aportaciones al Plan de Pensiones Simplificado del sector. El acuerdo se suscribió el 13 de enero de 2026 y contempla también el abono retroactivo de los atrasos correspondientes a 2025.
Qué se publica
Se trata del Acta Final de Acuerdo de la Mesa de Negociación Colectiva de la Construcción de Ceuta, ordenada su inscripción por la Delegación del Gobierno en Ceuta (Área de Trabajo e Inmigración) conforme al artículo 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores. El acuerdo lo firman la Confederación de Empresarios de Ceuta, de un lado, y los sindicatos UGT y CCOO, de otro. Recoge las tablas salariales de 2025 (Anexo I) y de 2026 (Anexo II), así como las aportaciones anuales al Plan de Pensiones Simplificado del Sector de la Construcción previstas en el artículo 56 del VII Convenio General del Sector de la Construcción (VII CGSC). Las tablas de 2026 tienen efectos desde el 1 de enero de 2026.
Cambios principales
Tabla salarial 2026 (Anexo II), importes mensuales en euros:
| Categorías | Salario base | P. residencia | P. extras/vacaciones |
|---|---|---|---|
| II-III-IV | 1.238,18 | 309,54 | 2.339,69 |
| V-VI | 1.221,79 | 305,45 | 2.304,17 |
| VII | 1.205,52 | 301,38 | 2.273,30 |
| VIII | 1.189,21 | 297,30 | 2.242,38 |
| IX-X | 1.172,82 | 293,21 | 2.211,58 |
| XI | 1.156,66 | 289,17 | 2.181,14 |
| XII | 1.153,79 | 288,45 | 2.175,70 |
Otros conceptos económicos para 2026: dieta diaria 66,05 €; media dieta diaria 33,00 €; plus de transporte diario 2,06 €; plus de compensación por antigüedad mensual 21,80 €; plus de asistencia diario 0,72 €; plus de desgaste de herramientas mensual 19,60 €; hora extra niveles XI y XII 13,43 €; hora extra niveles VIII, IX y X 20,10 €.
Aportación anual al Plan de Pensiones Simplificado 2026, en euros:
| Categorías | Aportación anual |
|---|---|
| II-III-IV | 546,67 |
| V-VI | 539,40 |
| VII | 532,47 |
| VIII | 525,52 |
| IX-X | 518,56 |
| XI | 511,69 |
| XII | 510,47 |
Respecto a 2025, los atrasos se abonan con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025. El acta prevé que puedan satisfacerse mediante fraccionamiento hasta en seis mensualidades a partir de la fecha de publicación en el BOCCE.
Implicaciones operativas
Procede actualizar las nóminas del personal de construcción en Ceuta con los importes de 2026 desde enero, así como revisar las bases de cotización afectadas por los nuevos conceptos. Debe calcularse y liquidarse el abono de atrasos de 2025 con posible fraccionamiento en hasta seis mensualidades. Las aportaciones al plan de pensiones simplificado deben imputarse conforme a la categoría de cada trabajador, y cualquier finiquito posterior a los efectos ha de recalcularse con las nuevas cuantías.
Fuente
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) nº 6.585, de 23 de enero de 2026, resolución nº 42 de la Delegación del Gobierno en Ceuta — Área de Trabajo e Inmigración. Texto disponible en la publicación oficial. Código REGCON: 51000115011982.
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