Convenio agrario de Ciudad Real 2025-2026: subida del 7,50%
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El Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real número 101, de 29 de mayo de 2026, publica el Convenio Colectivo del Sector Agrario de la provincia de Ciudad Real para los años 2025-2026 (código 13000065011982), suscrito por ASAJA, en representación de la parte empresarial del campo, y por UGT-FICA y CCOO-Industria, en representación de la parte trabajadora.
Cambios principales
Vigencia. Dos años, del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2026, prorrogable de año en año salvo denuncia con un mes de antelación, con un periodo de ultraactividad pactado de 18 meses tras la denuncia.
Revisión salarial. Para 2025 las tablas permanecen inalterables, con la única adaptación del plus convenio a la cuantía necesaria para cumplir el SMI de 2025 (equivalente a un 4,4% de incremento en cómputo anual). Para 2026 se aplica un incremento del 7,50% sobre las tablas de 2024.
Tablas salariales. El salario diario del Grupo VII (peón, casero y guarda) pasa de 34,99 € en 2025 a 37,61 € en 2026, y el del Grupo V (ingenieros y licenciados) de 35,42 € a 38,08 €. El salario anual del peón evoluciona de 14.868,96 € en 2025 a 15.986,06 € en 2026, complementado con un plus convenio de 1.707,04 € en 2025 y 1.107,94 € en 2026 para alcanzar el SMI de cada ejercicio.
Antigüedad. Los trabajadores fijos devengan trienios del 2,5% sobre el salario base, con un límite del 25%.
Gratificaciones. Dos pagas extraordinarias (verano y Navidad) de 30 días de salario base cada una, abonables el 30 de junio y el 22 de diciembre, prorrateables de mutuo acuerdo. La paga de beneficios quedó suprimida e integrada en el salario base.
Vacaciones y permisos. 25 días laborables de vacaciones garantizando 30 días naturales, preferentemente en verano sin coincidir con las recolecciones. Cinco días por fallecimiento de familiares y por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención de parientes hasta segundo grado, entre otras licencias retribuidas.
Régimen disciplinario. Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves. Las sanciones son: por faltas leves, amonestación por escrito o suspensión de empleo y sueldo de uno a dos días; por faltas graves, suspensión de 3 a 15 días; y por faltas muy graves, suspensión de 16 a 60 días o despido disciplinario. Las sanciones deben comunicarse por escrito con la fecha de efectos y los hechos que las motivan, y para los representantes legales se tramita expediente contradictorio en el que son oídos el interesado y el comité de empresa o los delegados de personal.
Tablas salariales 2025 y 2026 (Anexo II). Salario por día, hora ordinaria y hora extraordinaria por categoría. Para 2026 se aplica el incremento del 7,50% sobre las tablas de 2024:
| Grupo | Categoría | Salario/día 2025 | Salario/día 2026 | Hora ordinaria 2026 | Hora extra 2026 |
|---|---|---|---|---|---|
| V | I) Ingenieros y licenciados | 35,42 € | 38,08 € | 9,07 € | 15,87 € |
| IV | II) Técnico de grado medio y ayudante titulado | 35,34 € | 37,99 € | 9,05 € | 15,84 € |
| III | III) Capataz, mayoral, jefe admtivo., titulado FIP y conductor de camión pma. superior 3500 kgs. | 35,29 € | 37,94 € | 9,04 € | 15,82 € |
| II | IV) Tractoristas, pastor, maquinistas, conductor transportista de vehículos hasta pma. 3500 kgs., ayudador, oficial admtivo., guardia jurado, vigilante de coto de caza y titulado FPI | 35,22 € | 37,86 € | 9,02 € | 15,78 € |
| I | V) Cuidador de ganado, ayudante de laboratorio, vigilante, auxiliar admtivo. | 35,13 € | 37,76 € | 9,00 € | 15,74 € |
| I | VI) Podador, invernarista, injertador, apicultor, esquilador, cultivador/recolector de espárragos | 35,04 € | 37,67 € | 8,97 € | 15,70 € |
| I | VII) Peón, casero y guarda | 34,99 € | 37,61 € | 8,96 € | 15,68 € |
Junto a la tabla, el boletín fija para el peón (categoría VII) un salario anual de 14.868,96 € en 2025 y 15.986,06 € en 2026, un SMI de referencia de 16.576,00 € (2025) y 17.094,00 € (2026), y un plus convenio de 1.707,04 € en 2025 y 1.107,94 € en 2026 para alcanzar el SMI de cada ejercicio.
Implicaciones operativas
Las explotaciones agrarias de la provincia de Ciudad Real deben aplicar el plus convenio adaptado al SMI durante 2025 y las nuevas tablas con el incremento del 7,50% desde el 1 de enero de 2026. En materia disciplinaria, las cartas de sanción y de despido deben ajustarse a la clasificación de faltas y a las sanciones del convenio, con tramitación de expediente contradictorio cuando el afectado sea representante legal de los trabajadores.
Fuente
Resolución de la Delegación Provincial de Economía, Empresas y Empleo por la que se dispone el registro, inscripción y publicación del Convenio Colectivo del Sector Agrario de la provincia de Ciudad Real para 2025-2026 (código 13000065011982). Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real número 101, de 29 de mayo de 2026.
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