Convenio colectivo del transporte de mercancías por carretera de Murcia 2026-2028

Convenio nuevoRegion de murcia16/05/2026
Texto completo del convenio (BORM)

¿Llevas este convenio? Te avisamos por email de cada novedad. Gratis.

Quiero recibir las novedades

Qué se publica

El Boletín Oficial de la Región de Murcia número 111, del sábado 16 de mayo de 2026, publica la resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se ordena la inscripción en el registro y la publicación del convenio colectivo del sector de Transporte de Mercancías por Carretera de la Región de Murcia para los años 2026 a 2028. El número de expediente es 30/01/0012/2026 y el código de convenio es 30001355011981. La comisión negociadora suscribió el texto el 16 de enero de 2026.

Las partes firmantes son, por la representación sindical, la Unión General de Trabajadores (UGT) y la Unión Sindical Obrera (USO), y por la parte empresarial, la Federación Regional de Organizaciones y Empresas de Transporte de Murcia (FROET).

Cambios principales

Vigencia y efectos económicos. El convenio tiene vigencia desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2028. Todos los efectos económicos —incluidos los atrasos que pudieran haberse generado— arrancan el 1 de enero de 2026, con la excepción del complemento de incapacidad temporal (art. 34) y el seguro de convenio (art. 35), cuya entrada en vigor se produce al mes siguiente de la publicación. Las diferencias salariales pendientes deberán abonarse en los seis meses siguientes a la publicación.

Tablas salariales 2026. El convenio publica tres anexos con tablas salariales, uno por cada año de vigencia. El plus de asistencia es idéntico para todas las categorías (197,23 €). El anexo I, aplicable en 2026, queda como sigue:

CategoríaSalario basePlus asistenciaTotal anual incl. pagas extras
Grupo I — Personal superior y técnico
Jefe de Sección1.297,01 €197,23 €21.821,96 €
Jefe de Negociado1.245,50 €197,23 €21.049,21 €
Jefe de Tráfico de Primera1.297,01 €197,23 €21.821,96 €
Jefe de Tráfico de Segunda1.193,93 €197,23 €20.275,78 €
Encargado General1.281,57 €197,23 €21.590,25 €
Inspector-Visitador de Empresas de Mudanzas1.245,50 €197,23 €21.049,21 €
Jefe de Taller1.400,11 €197,23 €23.368,48 €
Grupo II — Personal administrativo
Oficial de Primera1.194,97 €197,23 €20.291,34 €
Oficial de Segunda1.153,71 €197,23 €19.672,49 €
Auxiliar1.116,61 €197,23 €19.115,88 €
Telefonista1.090,74 €197,23 €18.727,89 €
Grupo III — Personal de movimiento
Encargado de Almacen1.194,97 €197,23 €20.291,34 €
Jefe de Equipo1.153,71 €197,23 €19.672,49 €
Encargado de Garaje1.194,97 €197,23 €20.291,34 €
Conductor Mecánico1.200,76 €197,23 €20.378,21 €
Conductor1.156,75 €197,23 €19.717,98 €
Conductor Repartidor de Vehículos Ligeros1.152,23 €197,23 €19.650,26 €
Capitonista1.152,23 €197,23 €19.650,26 €
Mozo Especializado Carretillero1.152,23 €197,23 €19.650,26 €
Mozo Especializado1.129,73 €197,23 €19.312,71 €
Auxiliar Almacén-Basculero1.116,55 €197,23 €19.115,03 €
Mozo1.103,70 €197,23 €18.922,31 €
Grupo IV — Personal servicios auxiliares
Ordenanza1.090,74 €197,23 €18.727,89 €
Guarda1.077,35 €197,23 €18.526,96 €
Personal de Mantenimiento y Limpieza1.090,74 €197,23 €18.727,89 €
Jefe de Equipo o de taller1.261,88 €197,23 €21.294,94 €
Oficial de Primera de Oficios1.200,76 €197,23 €20.378,21 €
Oficial de Segunda de Oficios1.156,75 €197,23 €19.717,98 €
Mozo Especializado de Taller1.129,73 €197,23 €19.312,71 €
Peón Ordinario1.103,70 €197,23 €18.922,31 €

Jornada. La jornada ordinaria máxima es de 40 horas semanales de trabajo efectivo, con un cómputo anual de 1.826 horas y 27 minutos en distribución irregular. En jornada continuada, los 30 minutos de bocadillo se computan como trabajo efectivo. La jornada diaria no puede superar las 10 horas ordinarias salvo acuerdo con la representación de las personas trabajadoras.

Clasificación profesional. El convenio estructura el personal en cuatro grupos: Grupo I (personal superior y técnico), Grupo II (personal administrativo), Grupo III (personal de movimiento) y Grupo IV (personal de servicios auxiliares). Cada grupo recoge sus propias categorías con definición de funciones.

Régimen disciplinario y otras materias. Se incorpora un protocolo de actuación frente a catástrofes y fenómenos meteorológicos (Anexo VI), se actualiza el régimen de dietas y kilometraje (Anexos IV y V), y se incluyen cláusulas de igualdad de oportunidades y protección de personas LGTBI. El artículo 65 contempla la formación de reciclaje de conductores.

Implicaciones operativas

Las empresas de la Región de Murcia con actividad de transporte público de mercancías por carretera, mensajería o logística —incluyendo las que operen con grúas móviles y maquinaria pesada como actividad principal— quedan vinculadas por este convenio. La obligación de abonar atrasos desde el 1 de enero de 2026 es inmediata; el plazo máximo para regularizarlos es de seis meses desde la publicación en el BORM.

Las empresas deben verificar que sus tablas salariales en nómina se ajustan a los nuevos mínimos. El plus de asistencia forma parte de la estructura retributiva de todas las categorías y no puede desaparecer en los convenios de empresa o pactos colectivos de nivel inferior salvo condiciones más beneficiosas preexistentes. El convenio deroga expresamente el anterior y todas sus prórrogas.

Fuente

Resolución de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social de la Región de Murcia. Publicada en el BORM número 111, sábado 16 de mayo de 2026, páginas 11116 a 11166 (NPE: A-160526-2178).

Convenio: Convenio Colectivo del Sector Transporte de Mercancías por Carretera de la Región de Murcia
Código REGCON: 30001355011981
Ámbito: Region de murcia
Fecha de efectos: 01/01/2026

¿Quieres recibir las novedades de este convenio?

Te avisamos por email cada vez que se publique una novedad suya en el boletín — revisiones salariales, tablas, prórrogas o denuncias. Es gratis, y desde tu cuenta podrás seguir todos los convenios que lleves.

Quiero recibir las novedades