Derivados del Cemento Almería 2025-2028: nuevo convenio, +4,5%
Nuevo convenio de Derivados del Cemento de Almería (2025-2028)
El Boletín Oficial de la Provincia de Almería publica el nuevo convenio colectivo provincial de Derivados del Cemento, con vigencia de cuatro años (2025-2028). El texto fija la tabla salarial de 2025 con un incremento acumulado del 4,5% e integra el régimen del IX Convenio colectivo general del sector.
Qué se publica
Se trata de un convenio colectivo sectorial de nueva firma (suscrito el 12 de diciembre de 2025) para las industrias de fabricación de artículos derivados del cemento, su manipulación y montaje en la provincia de Almería. Son partes firmantes CCOO de Hábitat de Almería, FICA-UGT Almería y la Agrupación Provincial de Fabricantes de Derivados del Cemento de ASEMPAL. Su ámbito temporal abarca del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028, con prórroga automática por periodos anuales salvo denuncia con un mes de antelación. El convenio entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOP.
Cambios principales
La disposición final primera detalla la construcción de la tabla salarial de 2025: se aplica un incremento adicional del 1% procedente de la cláusula de garantía salarial del VIII Convenio general del sector, más un 3,50% de la disposición final primera del IX Convenio general, lo que arroja un incremento total del 4,5% sobre las cuantías anteriores.
Retribuciones totales anuales por grupo profesional (tabla 2025):
| Grupo | Total anual 2025 |
|---|---|
| Grupo 1 | 27.950,69 € |
| Grupo 2 | 23.944,20 € |
| Grupo 3 | 22.146,33 € |
| Grupo 4 | 21.449,85 € |
| Grupo 5 | 21.191,45 € |
| Grupo 6 | 21.191,45 € |
| Grupo 7 | 20.963,49 € |
| Grupo 8 | 20.620,96 € |
El Grupo 0 (personal directivo) figura como "sin remuneración fija". El complemento de convenio se fija en 10,12 € por día trabajado y el complemento no salarial en 7,65 € por día trabajado, iguales para todos los grupos.
Otros conceptos económicos relevantes:
| Concepto | Cuantía 2025 |
|---|---|
| Dieta completa con pernocta | 38,01 €/día |
| Dieta completa sin pernocta | 26,60 €/día |
| Media dieta (desayuno y almuerzo) | 13,36 €/día |
| Plus de locomoción | 0,26 €/km |
| Ayuda escolar (por hijo/a de 4 a 16 años) | 62,91 € |
La jornada anual de trabajo se fija en 1.736 horas, con jornada semanal general de 40 horas. Las horas extraordinarias, con el tope de 2 al día, 20 al mes y 80 al año, se compensan preferentemente por descanso (1 hora extra = 1 hora y media de descanso) y, en su caso, en metálico al 130% del valor de la hora ordinaria. Los atrasos derivados de la aplicación retroactiva del convenio podrán satisfacerse en el plazo máximo de dos meses desde la publicación.
Implicaciones operativas
Procede actualizar las nóminas del sector en Almería a las cuantías de la tabla 2025 con efectos desde el 1 de enero de 2025, calculando y regularizando los atrasos generados dentro del plazo de dos meses. Conviene revisar el encuadramiento en los grupos profesionales 0 a 8 conforme al nuevo sistema de clasificación y confirmar los importes de complementos de convenio, no salarial, dietas y ayuda escolar. El texto incorpora un régimen disciplinario propio (arts. 55 a 62), con referencia expresa al registro de jornada como falta grave o muy grave, a tener en cuenta al instruir sanciones.
Fuente
Boletín Oficial de la Provincia de Almería, núm. 8, de 14 de enero de 2026 (anuncio 3681/25). Convenio Colectivo Provincial de Trabajo de Derivados del Cemento. Texto íntegro disponible en la fuente oficial. Código REGCON: 04000185011982.
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