Derivados del Cemento Huesca 2025-2028: nuevo convenio
Nuevo convenio de Derivados del Cemento de Huesca para 2025-2028
El Boletín Oficial de la Provincia de Huesca (BOP nº 55, de 23 de marzo de 2026) publica el nuevo convenio colectivo del sector de derivados del cemento de la provincia de Huesca. El texto, con código de convenio 22000115012003, fija las condiciones de trabajo y la estructura salarial para un período de cuatro años.
Qué se publica
Se trata de un convenio colectivo provincial nuevo, suscrito entre la Asociación Provincial de Empresas de Derivados del Cemento de Huesca y los sindicatos CCOO del Hábitat de Aragón y UGT-FICA. Su ámbito funcional alcanza a las empresas dedicadas a la fabricación, manipulación, montaje, comercialización y distribución de productos derivados del cemento: hormigones preparados, morteros, fibrocemento, prefabricados de hormigón y elementos análogos. La vigencia comprende desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2028, y los efectos económicos se retrotraen al 1 de enero de 2025. En lo no regulado, el convenio remite al Convenio General del Sector de Derivados del Cemento.
Cambios principales
El artículo 38 fija un sistema de incremento salarial en dos componentes. Por un lado, un incremento fijo anual aplicado sobre la tabla base vigente a 1 de enero de 2025, con efectos del 1 de enero de cada año:
| Año | Incremento fijo |
|---|---|
| 2025 | 2,75% |
| 2026 | 2,50% |
| 2027 | 2,25% |
| 2028 | 2,25% |
A ese incremento fijo se suma un incremento variable anual vinculado al consumo de cemento en España, según los datos oficiales de OFICEMEN, en una escala que va del 1,00% (consumo de 14.880.019 a 15.326.420 toneladas) hasta el 2,50% (consumo superior a 18.960.000 toneladas). Se garantiza en todo caso un incremento variable mínimo del 0,75% anual, con independencia del consumo alcanzado. La Comisión Paritaria se reúne en el primer trimestre de cada año para verificar el consumo y determinar el porcentaje variable definitivo. Existe además una cláusula de garantía salarial (IPC): si el IPC acumulado durante la vigencia supera el incremento salarial acumulado, las tablas de 2028 se incrementan un 1% adicional con efectos de 1 de enero de 2029.
La tabla salarial de referencia (año 2024, sin efectos retroactivos), sobre la que se aplican los incrementos, recoge los siguientes salarios base mensuales y total anual:
| Grupo | Salario base mensual | Plus convenio | Total anual |
|---|---|---|---|
| Grupo 1 | 1.618,18 € | 233,48 € | 25.512,36 € |
| Grupo 2 | 1.529,93 € | 233,48 € | 24.276,84 € |
| Grupo 3 | 1.412,36 € | 233,48 € | 22.630,94 € |
| Grupo 4 | 1.319,10 € | 233,48 € | 21.325,26 € |
| Grupo 5 | 1.268,49 € | 233,48 € | 20.616,76 € |
| Grupo 6 | 1.233,68 € | 233,48 € | 20.129,34 € |
| Grupo 7 | 1.202,86 € | 233,48 € | 19.697,82 € |
| Grupo 8 | 1.180,06 € | 233,48 € | 19.378,64 € |
El convenio recoge además complementos relevantes: penosidad, toxicidad y peligrosidad (30% del salario base, o 15% si afecta a media jornada o menos), nocturnidad (25% del salario base por horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00), y altura (30% del salario base en trabajos por encima de cinco metros). La jornada anual queda en 1.736 horas en jornada partida y 1.733 horas en jornada continuada. La indemnización por fin de contrato temporal se fija en el 7% de los salarios de convenio devengados, y el plus no salarial se unifica en 6,28 euros por día efectivamente trabajado.
Implicaciones operativas
Las empresas del sector en la provincia de Huesca deben aplicar la nueva estructura retributiva con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025, abonando las diferencias salariales correspondientes. Procede actualizar las nóminas con el incremento fijo del 2,75% para 2025 y el variable que determine la Comisión Paritaria, así como revisar el cálculo de finiquitos, indemnizaciones por fin de contrato temporal y la aplicación de los complementos de penosidad, nocturnidad y altura. Conviene seguir las resoluciones anuales de la Comisión Paritaria, que fijan el incremento variable definitivo cada primer trimestre.
Fuente
Resolución de la Subdirección Provincial de Trabajo de Huesca (Gobierno de Aragón), por la que se dispone la inscripción y publicación del Convenio Colectivo de Trabajo para la actividad de Derivados del Cemento de la provincia de Huesca. Boletín Oficial de la Provincia de Huesca nº 55, de 23 de marzo de 2026. Texto disponible en la fuente oficial. Código REGCON 22000115012003.
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