Convenio derivados del cemento Zaragoza 2026: peón 41,97 €/día

Convenio nuevoZaragoza19/09/2026
Texto completo del convenio (BOP)(se abre en una pestaña nueva)

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Un peón del sector de los derivados del cemento de Zaragoza cobra en 2026 un salario base de 41,97 euros al día y 24.653,43 euros anuales; un oficial de primera de oficio, 48,86 euros al día y 27.696,06 anuales. El Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza núm. 216, de 19 de septiembre de 2026, publica el convenio del sector para los años 2025 a 2028, con las tablas definitivas de 2025 y las provisionales de 2026.

Qué se publica

Es un convenio colectivo nuevo de ámbito provincial, suscrito el 5 de junio de 2026 por la Confederación de Empresarios de la Construcción de Aragón (CEAC) y por UGT-FICA y CC.OO del Hábitat de Aragón, e inscrito por resolución de la Subdirección Provincial de Trabajo de Zaragoza de 1 de septiembre de 2026 con el código 50100455012017.

Se aplica a las empresas de Zaragoza y provincia que se rigen por el Convenio Colectivo General del Sector de Derivados del Cemento: hormigones preparados y morteros, fibrocemento y artículos y elementos en hormigones y morteros. Dura cuatro años, del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028, y entra en vigor con su publicación en el BOPZ; con él agota su vigencia el texto suscrito el 18 de diciembre de 2023 (BOP Zaragoza núm. 58, de 12 de marzo de 2024).

Cambios principales

El artículo 4 anexa las tablas definitivas de 2025, encabezadas «(4,75%)», y las provisionales de 2026, encabezadas «(3,25%)». Para 2026 «se aplica el incremento fijo del 2,50% y el variable provisional del 0,75%»; para 2027 y 2028 se estará a la disposición final primera del IX Convenio Colectivo General del sector. En la tabla siguiente el salario base es mensual salvo en las categorías marcadas por día, que se devengan los trescientos sesenta y cinco días del año (art. 18).

Grupo y categoríasSalario basePaga extra (verano/Navidad)VacacionesAnual
Grupo 1: ingeniero/a y arquitecto/a titulados2.515,40 €/mes3.821,34 €3.790,99 €43.014,73 €
Grupo 2: perito y ayudante de ingeniero/a, jefe/a de primera y de segunda administrativo, ayudante técnico sanitario, encargado/a general de fábrica, encargado/a, delineante o dibujante proyectista1.801,55 €/mes2.907,52 €2.877,20 €32.420,95 €
Grupo 3: encargado/a de sección, delineante o dibujante de primera, oficial/a de primera administrativo, viajante1.606,16 €/mes2.631,61 €2.601,29 €29.443,93 €
Grupo 3: jefe/a de taller, contramaestre52,74 €/día2.631,61 €2.601,29 €29.443,93 €
Grupo 4: delineante o dibujante de segunda, oficial/a de segunda administrativo, corredor/a o vendedor/a1.488,07 €/mes2.481,99 €2.451,65 €27.696,06 €
Grupo 4: oficial/a de primera de oficio48,86 €/día2.481,99 €2.451,65 €27.696,06 €
Grupo 5: calcador/a, conserje, auxiliar de telefonista1.381,83 €/mes2.348,00 €2.317,66 €26.125,45 €
Grupo 5: oficial/a de segunda maquinista45,37 €/día2.348,00 €2.317,66 €26.125,45 €
Grupo 6: enfermero/a, guarda jurado, vigilante, almacenero/a, pesador/a, ordenanzas, listero/a, cobrador/a, especialista1.360,82 €/mes2.321,78 €2.291,48 €25.815,72 €
Grupo 6: oficial/a de tercera (ayudante)44,68 €/día2.321,78 €2.291,48 €25.815,72 €
Grupo 7: portero/a1.340,72 €/mes2.295,45 €2.265,12 €25.515,60 €
Grupo 7: peón/a especialista44,02 €/día2.295,45 €2.265,12 €25.515,60 €
Grupo 8: personal de limpieza1.278,13 €/mes2.237,54 €2.207,26 €24.653,43 €
Grupo 8: peón/a41,97 €/día2.237,54 €2.207,26 €24.653,43 €

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El plus de asiduidad de 2026 queda en 11,42 euros y el plus de transporte, en 4,08; el jefe de equipo percibe 1,54 euros diarios más que los que corresponden a su categoría. El contrato en formación se retribuye a 37,98 euros por día el primer año (22.529,74 anuales) y 40,22 el segundo (23.626,89 anuales). El plus de nocturnidad es el 25% del salario base entre las 22:00 y las 6:00 (art. 22), y el artículo 27 fija 50.000 euros por muerte, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Datos clave del convenio

DatoLo que dice el texto oficial
VigenciaCuatro años, del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028 (art. 2)
Tablas que se aplicanDefinitivas de 2025 y provisionales de 2026 (anexo I, art. 4); los efectos económicos se retrotraen al 1 de enero de cada año de vigencia
AtrasosEl texto no fija plazo de abono; el artículo 14 deja «a salvo los atrasos por firma de convenio» en el recibo de finiquito
Subida pactada2026: 2,50% fijo más 0,75% variable provisional; tabla encabezada «(3,25%)». 2025: 1% de revisión más 2,75% fijo y 2% variable (art. 4)
EstadoConvenio nuevo; se prorroga de año en año salvo denuncia con dos meses de antelación y, terminada la vigencia inicial, su contenido normativo sigue rigiendo hasta que se publique uno nuevo (art. 2)
Jornada anual1.736 horas (art. 28)
VacacionesVeintidós días laborales, excluidos sábados, a disfrutar preferentemente entre el 15 de junio y el 15 de septiembre (art. 30)
Pagas extraordinariasDos: verano, antes del 30 de junio, y Navidad, antes del 20 de diciembre; cuantía por categoría en el anexo I (art. 21)
AntigüedadSuprimida; se mantiene el importe consolidado como complemento «ad personam» invariable (art. 16)
Complemento de IT100% de la base de cotización del mes anterior en accidente de trabajo y enfermedad profesional; en enfermedad común, 100% desde el decimosexto día si el absentismo no supera el 3%, y desde el primer día en caso de hospitalización (art. 26)
Horas extraordinariasPrimera hora de cada día, de 13,46 a 16,16 euros; restantes, de 15,53 a 18,65 euros, por grupo (tabla 2026)
Periodo de prueba6 meses grupo 1; 3 meses grupos 2 y 3; 2 meses grupo 4; 1 mes grupos 5, 6 y 7; 15 días grupo 8 (art. 11)
Preaviso de baja voluntariaNo consta en esta publicación
Régimen disciplinarioNo consta en esta publicación; la cláusula adicional tercera remite al Convenio Colectivo General de Derivados del Cemento y al Estatuto de los Trabajadores

Qué hacer en la nómina

La tabla de 2026 se aplica desde la nómina de enero: el artículo 2 retrotrae al 1 de enero de cada año los efectos económicos de las tablas, así que lo devengado en 2026 con cuantías anteriores genera atrasos de todo el ejercicio y el convenio no fija plazo para abonarlos. Las tablas de 2025 que también se publican son las definitivas, de modo que conviene comprobar que ese ejercicio quedó liquidado con ellas antes de regularizar 2026. En las categorías con salario base diario (jefe de taller, contramaestre, oficial de primera de oficio, oficial de segunda maquinista, oficial de tercera, peón especialista y peón) el salario base se devenga los trescientos sesenta y cinco días del año, mientras que el plus de asiduidad de 11,42 euros solo se cobra por jornada efectivamente trabajada, de lunes a sábado salvo festivos (art. 19).

Preguntas frecuentes

¿Qué tabla salarial del convenio de derivados del cemento de Zaragoza se aplica en 2026?

La tabla provisional de 2026 del anexo I, encabezada «(3,25%)», publicada en el BOP de Zaragoza núm. 216, de 19 de septiembre de 2026, con efectos desde el 1 de enero de 2026 (art. 2).

¿Cuánto cobra un peón en los derivados del cemento de Zaragoza en 2026?

41,97 euros de salario base al día, 2.237,54 en cada una de las dos pagas extraordinarias y 24.653,43 anuales, según la tabla de 2026 (grupo 8).

¿Qué subida salarial recoge el convenio de derivados del cemento de Zaragoza para 2026?

Un incremento fijo del 2,50% y un variable provisional del 0,75% (art. 4). Para 2027 y 2028 se estará a la disposición final primera del IX Convenio General del sector.

¿Hasta cuándo está vigente el convenio de derivados del cemento de Zaragoza?

Hasta el 31 de diciembre de 2028: cuatro años desde el 1 de enero de 2025 (art. 2). Después se prorroga de año en año salvo denuncia con dos meses de antelación.

Fuente

Resolución de la Subdirección Provincial de Trabajo de Zaragoza, de 1 de septiembre de 2026, por la que se dispone la inscripción y la publicación del convenio colectivo del sector de los Derivados del Cemento de Zaragoza. Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza núm. 216, de 19 de septiembre de 2026, anuncio núm. 6033. Texto completo del convenio. Código de convenio (REGCON): 50100455012017.

Convenio: Sector de Derivados del Cemento de Zaragoza
Código REGCON: 50100455012017
Ámbito: Zaragoza
Fecha de efectos: 01/01/2025

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