Eléctricas Córdoba 2026: oficial 1.ª 41,58 €/día, subida 3,5%
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Quiero recibir las novedadesEl oficial de 1.ª electricista de las empresas distribuidoras de energía eléctrica de Córdoba queda en 41,58 euros al día de salario base en 2026. El Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba de 30 de julio de 2026 publica el convenio del sector, con un incremento del 3,5% anual durante los tres años de vigencia.
Qué se publica
Se trata de un convenio colectivo de sector de ámbito provincial, inscrito por la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía.
El convenio entró en vigor el 1 de enero de 2026 con independencia de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y su vigencia de tres años termina el 31 de diciembre de 2028. La denuncia debe efectuarse como mínimo un mes antes de su finalización; en caso contrario se prorroga por plazos de un año. Una vez denunciado, mantiene su vigencia hasta que se firme un nuevo convenio.
Cambios principales
El convenio aplica un incremento del 3,5% en todos los conceptos salariales cada uno de los tres años: la tabla de 2026 resulta de aplicar ese porcentaje sobre la de 2025, la de 2027 sobre la de 2026 y la de 2028 sobre la de 2027. Las tres tablas se publican como anexos, de modo que el coste de toda la vigencia está cerrado.
Tabla salarial 2026:
| Grupo | Salario base 2026 |
|---|---|
| Peritos | 1.940,70 €/mes |
| Jefe de negociado administrativo | 1.503,34 €/mes |
| Subjefe de negociado administrativo | 1.503,34 €/mes |
| Oficiales 1.ª administrativos | 1.341,60 €/mes |
| Oficiales 2.ª administrativos | 1.341,60 €/mes |
| Auxiliares administrativos | 1.194,25 €/mes |
| Montadores y capataces electricistas | 45,22 €/día |
| Oficiales 1.ª electricistas | 41,58 €/día |
| Oficiales 2.ª electricistas | 41,58 €/día |
| Oficiales 3.ª electricistas | 40,72 €/día |
| Peones especializados | 40,72 €/día |
El personal administrativo y técnico se retribuye por meses y el personal de oficio por días, una distinción que el propio anexo recoge expresamente al separar las columnas "euros/mes" y "euros/día".
La jornada de trabajo es de 1.777 horas para 2026, 2027 y 2028, con jornada semanal de 40 horas de lunes a viernes. Las vacaciones son de 32 días naturales, o de 24 días laborables si no se disfrutan de forma ininterrumpida, y el convenio precisa que "en ningún caso la duración de las vacaciones será inferior a 32 días naturales".
El trabajo en turno de noche lleva un recargo del 35% del salario base.
Implicaciones operativas
La doble unidad retributiva —mensual para administrativos, diaria para electricistas— condiciona el cálculo de ausencias, pagas extraordinarias y finiquitos: en las categorías de oficio el descuento por día no trabajado es directo, mientras que en las mensuales requiere prorrateo.
Al estar publicadas las tres tablas, las empresas pueden presupuestar el coste laboral hasta 2028 sin esperar a revisiones. Conviene, no obstante, regularizar 2026 desde el 1 de enero, ya que la vigencia arrancó con independencia de la fecha de publicación en el BOP.
Fuente
Convenio Colectivo del Sector de Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica de Córdoba, inscrito por la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 146, de 30 de julio de 2026. Código de convenio 14000105011982.
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