Sanidad privada Cataluña 2026: tablas salariales y subida 3%

Revisión salarialCataluña30/07/2026
Publicación oficial (DOGC)

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El DOGC de 30 de julio de 2026 publica el acuerdo parcial del convenio colectivo de establecimientos sanitarios de hospitalización, asistencia, consulta y laboratorios de análisis clínicos de Cataluña, que sube un 3% todos los conceptos retributivos con efectos de 1 de enero de 2026 y añade un 1% adicional a 31 de diciembre de 2026. El salario base del grupo 1 queda en 2.308,92 euros en el nivel básico y en 2.390,46 euros en el nivel superior.

Qué se publica

Se trata de la Resolución EMT/2626/2026, de 10 de julio, de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, que inscribe y publica el acuerdo parcial relativo a las tablas salariales para el año 2026 del convenio (código de convenio 79000815011994). El acuerdo se suscribió el 3 de julio de 2026 por Comisiones Obreras de Cataluña (CCOO), en representación de las personas trabajadoras, y por la Asociación Catalana de Entidades de Salud (ACES) y la Unión Catalana de Hospitales (La Unión), en representación empresarial.

No es un convenio nuevo. La Comisión Negociadora del XIII convenio se constituyó el 21 de enero de 2026 y, según el propio texto, el convenio anterior "tenía una duración prevista hasta el 31 de diciembre de 2025, y se encuentra actualmente en situación de ultraactividad". Las partes cierran así el ejercicio 2026 y se comprometen a seguir negociando los ejercicios 2027 y siguientes.

Cambios principales

Se acuerda un incremento del 3% sobre todos los conceptos retributivos e importes de las tablas salariales del convenio, con efectos de 1 de enero de 2026, y un incremento adicional del 1% a fecha de 31 de diciembre de 2026 sobre las tablas ya incrementadas, sin efectos retroactivos en el ejercicio. Los importes se refieren a la jornada completa del convenio y se perciben a prorrata en otro caso. El acuerdo incorpora catorce anexos de tablas; esta es la del salario base (anexo I):

ÁreaGrupoNivel2026 (€)Desde 31/12/2026 (€)
Asistencial112.308,922.332,01
Asistencial122.390,462.414,36
Asistencial212.155,652.177,21
Asistencial222.207,802.229,88
Asistencial311.883,411.902,24
Asistencial321.928,981.948,27
Asistencial411.501,361.516,38
Asistencial421.537,691.553,06
Asistencial511.332,451.345,77
Asistencial521.364,701.378,35
Administración y servicios generales612.308,922.332,01
Administración y servicios generales622.390,462.414,36
Administración y servicios generales712.155,652.177,21
Administración y servicios generales722.207,802.229,88
Administración y servicios generales811.883,411.902,24
Administración y servicios generales821.928,981.948,27
Administración y servicios generales911.501,361.516,38
Administración y servicios generales921.537,691.553,06
Administración y servicios generales1011.332,451.345,77
Administración y servicios generales1021.364,701.378,35

El nivel 1 es el nivel básico y el nivel 2, el superior. El grupo 1 comprende a médicos y médicas, personal especialista, psicología, farmacia, química, biología, física, odontología y bioquímica; el grupo 2, a enfermería, fisioterapia, dietética y nutrición, genética, terapia ocupacional, trabajo social, óptica y optometría, logopedia, educación social y podología. Los anexos son aplicables a todas las provincias.

El resto de anexos actualiza con los mismos porcentajes la nocturnidad (de 333,12 a 597,62 euros en 2026 según grupo y nivel), la manutención y el alojamiento, el plus de ayuda familiar (20,87 euros para padres y cónyuge y 12,65 euros por cada hijo), el plus por discapacidad (45,33 euros), la antigüedad (de 9,39 euros al primer año a 203,04 euros a los 30 años), el plus de transporte (29,62 euros en turno seguido y 59,22 euros en turno partido), las dietas (63,06 euros la dieta completa y 33,45 euros la media dieta), los comedores (4,23 euros por comida o cena), el plus de domingo y festivo, el plus de sábado, la atención continuada de presencia médica, la carrera profesional y el sistema de incentivación profesional.

Implicaciones operativas

La actualización debía hacerse efectiva en la nómina de julio de 2026 con los atrasos devengados hasta esa fecha; si por razones excepcionales de carácter técnico u organizativo la empresa no puede cumplir el plazo, el acuerdo le exige justificarlo ante la representación legal de las personas trabajadoras. Procede recalcular los atrasos desde enero, programar el segundo incremento del 1% con fecha 31 de diciembre de 2026 y revisar los finiquitos e indemnizaciones calculados con las tablas anteriores durante 2026, además de actualizar los complementos de los anexos II a XIV.

Fuente

Resolución EMT/2626/2026, de 10 de julio, por la que se disponen la inscripción y la publicación del Acuerdo parcial del Convenio colectivo de trabajo de establecimientos sanitarios de hospitalización, asistencia, consulta y laboratorios de análisis clínicos de Cataluña. «DOGC» núm. 9719, de 30 de julio de 2026 (CVE-DOGC-B-26204028-2026). Texto completo. Código de convenio 79000815011994.

Convenio: Convenio colectivo de trabajo de establecimientos sanitarios de hospitalización, asistencia, consulta y laboratorios de análisis clínicos de Cataluña
Código REGCON: 79000815011994
Ámbito: Cataluña
Fecha de efectos: 01/01/2026

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