Convenio granjas avícolas estatal 2025-2027: subida del 3%
Convenio granjas avícolas estatal 2025-2027: subida del 3%
El BOE de 23 de febrero de 2026 publica el nuevo Convenio colectivo estatal para las granjas avícolas y otros animales (código 99002415011982), con vigencia 2025-2027. Las tablas provisionales de 2025 aplican una actualización del 3% sobre el salario base definitivo de 2024, con efectos económicos retroactivos al 1 de enero de 2025.
Qué se publica
Se trata de un convenio colectivo nuevo de ámbito estatal, suscrito el 30 de octubre de 2025 y subsanado el 28 de enero de 2026 por las organizaciones empresariales FEDEROVO, ASEPRHU, APAVES y AEPRP, y por las sindicales UGT y CC. OO. Su ámbito funcional abarca la reproducción avícola, salas de incubación, explotaciones de producción y transformación de huevos, crianza de pollos y, con carácter amplio, la cría, recría, reproducción y engorde de ganado de cualquier especie que no se rija por otro convenio. La vigencia es de tres años, del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2027, prorrogable por periodos anuales salvo denuncia con un mes de antelación.
Cambios principales
Las tablas salariales de 2025 recogidas en el Anexo VI reflejan una actualización del 3% sobre el salario base definitivo de 2024. Se reproducen a continuación las cuantías por categoría (salario base mes o día, según proceda, y salario base anual):
| Categoría | Salario base mes/día (€) | Salario base anual (€) |
|---|---|---|
| Personal Titulado Superior | 2.062,04 | 30.930,60 |
| Personal Titulado Medio | 1.847,13 | 27.706,95 |
| Personal No titulado y diplomado | 1.536,75 | 23.051,25 |
| Jefatura de Primera | 1.536,75 | 23.051,25 |
| Jefatura de Segunda | 1.443,29 | 21.649,35 |
| Personal Oficial de Primera (admin.) | 1.355,30 | 20.329,50 |
| Personal Oficial de Segunda (admin.) | 1.278,77 | 19.181,55 |
| Personal Auxiliar Administrativo | 1.220,15 | 18.302,25 |
| Personal Almacenista / Vigilante / Portero-a / Conserje | 1.220,15 | 18.302,25 |
| Personal de Limpieza (mes) | 1.215,74 | 18.236,10 |
| Personal de Limpieza (hora) | 11,25 | — |
| Personal Vendedor | 44,74 | 20.356,70 |
| Ayudante (comercial) | 42,66 | 19.410,30 |
| Personal Repartidor | 40,65 | 18.495,75 |
| Personal Encargado | 49,17 | 22.372,35 |
| Personal Oficial Avícola | 44,05 | 20.042,75 |
| Especialista | 42,03 | 19.123,65 |
| Ayudante Avícola | 40,81 | 18.568,55 |
| Personal Oficial de Primera (varios) | 44,74 | 20.356,70 |
| Personal Oficial de Segunda (varios) | 43,11 | 19.615,05 |
| Personal Conductor | 44,74 | 20.356,70 |
En materia de tiempo de trabajo, la jornada anual pactada es de 1.780 horas y las vacaciones son de 26 días laborables al año. El complemento de nocturnidad se fija en el 25% del salario base. El convenio recoge además dietas (desayuno 4,97 €, comida y cena 16,74 € cada una, pernoctación 36,84 €), quebranto de moneda (cajero 33,38 €, auxiliar de caja 23,85 €) y una garantía mínima de plus de domingos y festivos de 18,27 € para 2025. El complemento personal consolidado a 31 de diciembre de 2010 experimentará los mismos incrementos que el salario base y no es compensable ni absorbible.
Implicaciones operativas
Al tratarse de un convenio con efectos económicos retroactivos al 1 de enero de 2025, las empresas deben abonar las diferencias salariales en el plazo de tres meses desde la firma. Procede actualizar nóminas conforme a las nuevas tablas del Anexo VI, revisar el cálculo de complementos vinculados al salario base (nocturnidad, personal, horas extraordinarias) y tener en cuenta las cuantías actualizadas de dietas y pluses en finiquitos y liquidaciones.
Fuente
Resolución de 6 de febrero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo para las granjas avícolas y otros animales. «Boletín Oficial del Estado» núm. 48, de 23 de febrero de 2026 (BOE-A-2026-4219). Código de convenio n.º 99002415011982.
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