Hostelería Álava 2025-2028: nuevo convenio provincial
Nuevo convenio de hostelería de Álava 2025-2028
El Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava (BOTHA) publica el convenio colectivo provincial para las industrias de hostelería de Álava, con vigencia 2025-2028. El texto fija nuevas tablas salariales aplicables desde el 1 de diciembre de 2025, una jornada anual de 1.744 horas y un mecanismo de revisión ligado al IPC para los años 2027 y 2028.
Qué se publica
Se trata de un convenio colectivo sectorial de ámbito provincial (Álava), suscrito por la asociación empresarial SEA Empresas Alavesas y los sindicatos ELA, UGT y CCOO. El convenio entró en vigor el 1 de enero de 2025 y se extinguirá el 31 de diciembre de 2028, con ultractividad indefinida pactada. El incremento salarial acordado, sin embargo, solo se aplica desde el 1 de diciembre de 2025. Su ámbito funcional abarca la hostelería clásica (alojamiento, restaurantes, bares, cafeterías, catering y colectividades) y las nuevas formas de hostelería, ocio y turismo, incluido el reparto de comidas a través de plataformas digitales.
Cambios principales
La jornada de trabajo efectivo queda fijada en 1.746 horas anuales para 2025 y en 1.744 horas para 2026, 2027 y 2028. Las tablas salariales vigentes desde el 1 de diciembre de 2025 son las siguientes:
| Nivel | Salario base | Complemento especie | Bruto mes | Pagas | Hora extra | Garantía mínima |
|---|---|---|---|---|---|---|
| I | 1.829,41 € | 56,85 € | 1.886,27 € | 1.886,27 € | 23,45 € | 53,28 € |
| II | 1.687,62 € | 56,85 € | 1.744,47 € | 1.744,47 € | 21,55 € | 49,16 € |
| III | 1.558,88 € | 56,85 € | 1.615,73 € | 1.711,79 € | 19,72 € | 45,39 € |
| IV | 1.463,28 € | 56,85 € | 1.520,13 € | 1.615,38 € | 18,15 € | 42,62 € |
Para el año 2026 las tablas se incrementan del siguiente modo:
| Nivel | Salario base | Complemento especie | Bruto mes | Pagas | Hora extra | Garantía mínima |
|---|---|---|---|---|---|---|
| I | 1.891,61 € | 58,78 € | 1.950,40 € | 1.950,40 € | 24,25 € | 55,09 € |
| II | 1.745,00 € | 58,78 € | 1.803,78 € | 1.803,78 € | 22,28 € | 50,83 € |
| III | 1.611,88 € | 58,78 € | 1.670,66 € | 1.770,00 € | 20,39 € | 46,93 € |
| IV | 1.513,03 € | 58,78 € | 1.571,81 € | 1.670,30 € | 18,77 € | 44,07 € |
Para el año 2027, el incremento salarial se establece en el IPC estatal de 2026 + 1,5 puntos; para 2028, en el IPC estatal de 2027 + 1,6 puntos. El plus de nocturnidad se mantiene en el 25 % sobre el salario base para las horas entre las 24:00 y las 6:00. El plus de domingos y festivos en jornada completa se cuantifica en el 2 % del salario base del nivel. Se incorpora un plus de 59,00 € por trabajo en las noches de Nochebuena y Nochevieja y en los días de Natividad y Año Nuevo. El plus de natalidad pasa a 102,88 € (106,38 € en 2026) y el de matrimonio a 66,58 € (68,84 € en 2026). La antigüedad se abona sobre el salario base en tramos del 3 % (3 años), 8 % (6 años) y 16 % (9 años).
El auxiliar de hostelería de nuevo ingreso sin experiencia percibirá durante 12 meses una retribución bruta anual de 20.027,52 €.
Implicaciones operativas
Las asesorías con clientes de hostelería en Álava deben actualizar las nóminas conforme a las tablas vigentes desde el 1 de diciembre de 2025 y aplicar las tablas de 2026, revisando los complementos de nocturnidad, domingos y festivos, y los nuevos importes de natalidad y matrimonio. Conviene tener presente la vigencia hasta 2028 y el criterio de revisión por IPC para los ejercicios 2027 y 2028 al proyectar costes salariales y al calcular finiquitos.
Fuente
Resolución del delegado territorial de Trabajo y Seguridad Social de Álava por la que se dispone la inscripción y publicación del convenio colectivo para el sector de hostelería de Álava (2025-2028). BOTHA núm. 20, de 16 de febrero de 2026 (anuncio 2026-00378). Texto disponible en la fuente oficial. Código de convenio 01000755011981.
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