Hostelería Asturias 2026: camarero 1.484 €/mes
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Quiero recibir las novedadesEl Boletín Oficial del Principado de Asturias publica la tabla salarial para el año 2026 del Convenio Colectivo del Sector de Hostelería y Similares del Principado de Asturias. La actualización aplica una subida del 3% sobre los salarios de 2025 y alcanza también la tabla de nocturnidad.
Qué se publica
Se trata de la inscripción y publicación de la tabla salarial de 2026 acordada por la Comisión Paritaria del convenio en su acta de 12 de febrero de 2026. El convenio es de ámbito autonómico (Principado de Asturias) y cubre el sector de hostelería y similares con vigencia 2023-2027. La subida del 3% deriva de lo previsto en el artículo 28 del propio convenio y se aplica tanto a la tabla de salarios base como a la tabla de nocturnidad del Anexo VIII. La Resolución de inscripción es de 20 de febrero de 2026 (Consejería de Ciencia, Industria y Empleo).
Cambios principales
Aplicando el 3% previsto en el artículo 28 sobre los salarios de 2025, la tabla salarial mensual para 2026 queda como sigue:
| Nivel | Salario 2026 (€/mes) |
|---|---|
| I | 1.484,33 |
| II | 1.459,46 |
| III | 1.435,25 |
| IV | 1.408,81 |
| V | 1.335,80 |
| VI | 1.285,11 |
| VII | 1.257,36 |
| VIII | 1.208,50 |
| IX | 1.179,02 |
| X | 1.157,04 |
| XI | 1.136,32 |
| Economato | 18,19 |
| Santa Marta | 1.136,32 |
El salario del nivel I queda en 1.484,33 € y el del nivel XI, el más bajo de la escala general, en 1.136,32 €. El concepto de economato se fija en 18,19 €.
La tabla de nocturnidad del Anexo VIII se actualiza igualmente en el 3%, por tramos de minutos (de 11-20 a más de 80) y por nivel. A título de referencia, en el nivel I el tramo 11-20 minutos queda en 41,12 € y el tramo de más de 80 minutos en 173,14 €; en el nivel XI, el tramo 11-20 queda en 31,45 € y el de más de 80 en 132,40 €. El detalle completo por nivel y tramo consta en el Anexo VIII del texto oficial.
Implicaciones operativas
Las empresas del sector en Asturias deben actualizar las nóminas conforme a la nueva tabla con efectos desde el 1 de enero de 2026, aplicando además los atrasos correspondientes a las mensualidades ya devengadas. Procede revisar el cálculo del plus de nocturnidad según el Anexo VIII actualizado y recalcular la base de los finiquitos que tomen como referencia el salario de convenio.
Fuente
Boletín Oficial del Principado de Asturias núm. 44, de 5 de marzo de 2026. Resolución de 20 de febrero de 2026 de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo (Cód. 2026-01536). Texto disponible en la fuente oficial. Código REGCON 33000605011979.
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