Hostelería Bizkaia 2026: tablas salariales publicadas

Tablas salarialesBizkaia25/02/2026

Hostelería de Bizkaia: tablas salariales de 2026

El «Boletín Oficial de Bizkaia» de 25 de febrero de 2026 publica las tablas salariales correspondientes al año 2026 del convenio colectivo de hostelería de Bizkaia. La Comisión Paritaria aprobó por unanimidad las nuevas tablas, que fija la retribución por categorías para el ejercicio en curso.

Qué se publica

Se trata de la resolución de la Delegación Territorial de Trabajo y Seguridad Social de Bizkaia por la que se dispone el registro, depósito y publicación de las tablas salariales de 2026 del convenio de hostelería de Bizkaia (código de convenio 48001205011981), cuyo texto fue publicado en el BOB de 30 de abril de 2025. El acto trae causa del acuerdo suscrito el 9 de febrero de 2026 entre la representación empresarial y la representación social, ambas con legitimación suficiente, en el seno de la Comisión Paritaria prevista en la disposición final del convenio. Al tratarse de un convenio plurianual, la revisión salarial anual es objeto de inscripción conforme al artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010. El acto reviste, por tanto, ámbito provincial y afecta al sector de hostelería de Bizkaia.

Cambios principales

Las tablas salariales de 2026 quedan fijadas por calificación profesional con los siguientes importes (en euros):

CalificaciónSalario baseComplementosGarantizadoH. extrasH.E. festivasPlus formaciónPlus H. nocturnaGarantía mínima
Primera725,061195,401920,4633,0041,2530,131,2563,15
Segunda683,471140,321823,7931,3439,1730,131,1759,97
Tercera647,571047,171694,7429,1236,4030,131,1155,73
Cuarta647,57952,991600,5627,5034,3830,131,1152,63
Quinta647,57843,331490,9025,6232,0230,131,1149,02
Especial647,57550,101197,6720,5825,7230,131,1139,38

El salario garantizado más alto corresponde a la calificación primera (1.920,46 €) y el más bajo a la calificación especial (1.197,67 €). El plus de formación es uniforme (30,13 €) en todas las calificaciones.

Implicaciones operativas

Los despachos que gestionen nóminas en hostelería de Bizkaia deben aplicar estos importes con efectos del ejercicio 2026, revisando los conceptos de salario base, complementos y garantía mínima por calificación. Conviene comprobar el importe de las horas extraordinarias —ordinarias y festivas— y del plus de nocturnidad al confeccionar recibos de salarios y liquidaciones. En finiquitos y saldos pendientes de trabajadores del sector procede verificar que las cantidades devengadas en 2026 se calculan sobre estas tablas.

Fuente

«Boletín Oficial de Bizkaia» núm. 38, de 25 de febrero de 2026 (referencia cve: BOB-2026a038-III-29). Resolución de la Delegación Territorial de Trabajo y Seguridad Social de Bizkaia. Texto disponible en la publicación oficial.

Código REGCON: 48001205011981.

Convenio: Hostelería de Bizkaia
Código REGCON: 48001205011981
Ámbito: Bizkaia
Fecha de efectos: 01/01/2026
Fuente oficial: Ver en BOB

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