Convenio hostelería Cádiz 2026: camarero 1.200 €/mes
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El texto vigente del convenio colectivo provincial de hostelería de Cádiz es el publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 153, de 12 de agosto de 2025. La resolución de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo ordenó su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos con código REGCON 11000065011981.
El convenio fue suscrito por la patronal HORECA y las centrales sindicales CCOO y UGT, con eficacia general para todas las empresas del sector de hostelería que radiquen o desarrollen su actividad en la provincia de Cádiz, en los términos del Acuerdo Laboral de Ámbito Estatal para la Hostelería (ALEH).
Cambios principales
- Vigencia. El convenio surte efectos desde el 1 de enero de 2025 y finaliza el 31 de diciembre de 2028, con prórroga tácita anual salvo denuncia con dos meses de antelación al vencimiento.
- Incremento salarial. Se pacta una subida del 4,5% para cada uno de los cuatro años de vigencia (2025, 2026, 2027 y 2028), aplicable a todos los conceptos económicos y salariales, tomando como base los importes vigentes a 31 de diciembre del año anterior.
- Cláusula de revisión. El convenio establece que la cláusula de revisión salarial no será de aplicación durante la vigencia 2025/2028.
- Jornada. La jornada máxima se fija en 40 horas semanales y 1.800 horas anuales.
- Manutención y pluses. La compensación por manutención se eleva a 37,36 euros; se mantienen el plus de transporte y las condiciones de ropa de trabajo previstas en el articulado.
Tabla salarial 2025 (anexo III). Salario base mensual por grupo profesional, según la categoría del establecimiento (A: hoteles de 5 y 4 estrellas y restaurantes de 5 y 4 tenedores; B: 3 estrellas / 3 tenedores; C: 2 y 1 estrella / 2 y 1 tenedor), en euros/mes:
| Grupo profesional | Categoría A | Categoría B | Categoría C |
|---|---|---|---|
| Grupo 1 | 1.450,53 € | 1.330,92 € | 1.257,61 € |
| Grupo 2 | 1.412,92 € | 1.256,80 € | 1.232,07 € |
| Grupo 3 | 1.385,35 € | 1.237,04 € | 1.217,28 € |
| Grupo 4 | 1.350,28 € | 1.222,17 € | 1.199,89 € |
| Grupo 5 | 1.241,28 € | 1.207,35 € | 1.199,89 € |
El salario mínimo de convenio para 2025 se fija en 1.199,89 €/mes. Las tablas de 2026, 2027 y 2028 resultan de aplicar el 4,5% acumulativo sobre el año anterior (anexos correspondientes del convenio).
Implicaciones operativas
Para las empresas de hostelería de la provincia de Cádiz, el convenio en vigor es el de referencia 2025-2028 con el incremento del 4,5% anual señalado. Al calcular retribuciones, pagas extraordinarias y complementos conviene partir de las tablas actualizadas por dicho porcentaje sobre los valores del ejercicio anterior. La ausencia de cláusula de revisión durante la vigencia implica que no habrá regularizaciones retroactivas por desviación del IPC en este periodo.
Fuente
Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 153, de 12 de agosto de 2025. Texto completo disponible en la publicación oficial. Código de convenio REGCON 11000065011981.
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