Convenio hostelería Córdoba 2026: vigencia 2024-2026
Convenio de hostelería de Córdoba 2024-2026
El texto vigente del convenio colectivo del sector de la hostelería de la provincia de Córdoba es el publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (número 192) el 4 de octubre de 2024, con vigencia desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026. El convenio fue suscrito el 16 de septiembre de 2024 y regula las relaciones laborales de todo el sector de hostelería de la provincia.
Qué se publica
Se trata de un convenio colectivo sectorial de ámbito provincial (Córdoba), suscrito por las patronales HOSTECOR y AEHCOR y las centrales sindicales CCOO y UGT. Su vigencia se inicia el 1 de enero de 2024 y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026, con inscripción ordenada por la Delegación Territorial de Empleo de la Junta de Andalucía en Córdoba (expediente 14/01/0178/2024).
Cambios principales
El ámbito funcional alcanza a empresas, establecimientos e instalaciones afectados por el Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería (ALEH), e incluye expresamente clubes sociales y deportivos y las viviendas comercializadas con fines turísticos y apartamentos que presten servicio hostelero. Se aplica al personal de los departamentos de pisos, restaurante, bar, cocina y recepción, con extensión de responsabilidad solidaria a la empresa principal en supuestos de subcontratación cuando no se aplique el convenio.
En materia de contratación, el convenio fija porcentajes mínimos de personal fijo o de plantilla según el tamaño de la empresa: al menos uno en empresas de 1 a 3 trabajadores; un 30% de 4 a 20; un 35% de 21 a 30; un 40% de 31 a 50; y un 50% en empresas de más de 50 trabajadores. Para el contrato a tiempo parcial establece una jornada mínima de dos horas diarias, un tope de horas complementarias del 55% de las horas contratadas y una ampliación al 30% de las horas complementarias voluntarias para contratos indefinidos a tiempo parcial.
Implicaciones operativas
El convenio se prorroga de año en año salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes con una antelación mínima de dos meses; denunciado el convenio, mantiene su vigencia íntegra —cláusulas normativas y obligacionales— hasta la aprobación de un nuevo texto. La inaplicación de condiciones se remite al artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, con recurso al SERCLA en defecto de acuerdo. La interpretación y vigilancia corresponden a una Comisión Mixta Paritaria de cuatro miembros. En lo no previsto rige el ALEH como norma supletoria.
Fuente
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, número 192, de 4 de octubre de 2024 (BOP-A-2024-3899). Convenio colectivo del sector de la hostelería de la provincia de Córdoba 2024-2026, código de convenio 14000355011982, expediente 14/01/0178/2024. El texto íntegro está disponible en la fuente oficial.
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