III Convenio colectivo de Moeve, SA (refinerías)

Convenio nuevoEmpresa14/05/2026
Texto completo del convenio (BOE)

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La Dirección General de Trabajo registra y publica el III Convenio colectivo de Moeve, SA, empresa sucesora de la antigua CEPSA, que regula las condiciones laborales de los trabajadores de sus tres refinerías. La resolución lleva fecha de 30 de abril de 2026 y despliega sus efectos desde la firma del convenio en diciembre de 2024.

Qué se publica

Se registra el III Convenio de Refino 2023-2025 de Moeve, SA, de ámbito de empresa, con aplicación a las refinerías de Gibraltar-San Roque (Cádiz), Santa Cruz de Tenerife y La Rábida (Huelva). El convenio sustituye al anterior II Convenio Cepsa Refino y tiene vigencia desde el día siguiente a su firma —19 de diciembre de 2024— hasta el 31 de diciembre de 2025. La publicación en el BOE formaliza el registro ante la autoridad laboral estatal.

Cambios principales

El convenio establece una jornada ordinaria anual máxima de 1.826 horas, distribuidas en 1.680 horas regulares y 146 horas de distribución irregular. En materia de incapacidad temporal, regula complementos por enfermedad escalonados: 75 % los tres primeros días, 85 % entre los días 4 y 15, 90 % a partir del día 16 si el absentismo previo es inferior al 3,1 %, y 100 % desde el día 16 en los demás casos. Las dietas de viaje y los conceptos salariales específicos se recogen en anexos que forman parte del texto publicado.

Incrementos salariales del trienio. El artículo 46 fija un incremento consolidable del 3,5 % para 2023, 2,5 % para 2024 y 2,5 % para 2025, aplicable desde el 1 de enero de cada año. La cláusula de garantía salarial excluye regularizaciones a la baja si el IPC queda por debajo de lo pactado; si lo supera, se abona el 100 % de la diferencia en pago único y se consolida en tablas al menos el 75 %, con escalado hasta el 100 % según el grado de consecución de los objetivos de la capa de Grupo. Para 2024 se garantiza excepcionalmente la consolidación del 100 % del IPC con efectos de 1 de enero.

Retribución Básica Conjunta (anexo n.º 4, valores definitivos 2023). La tabla recoge el importe anual de la Retribución Básica Conjunta por nivel salarial y año de permanencia en el nivel. En las refinerías de Gibraltar-San Roque y Tenerife la RBC se compone de Retribución Básica Garantizada más Complemento de Refino; en La Rábida, de Salario Base más complemento «Ad Personam». El desglose entre componentes difiere entre centros, pero el importe total de la RBC es idéntico en los tres. Los valores incluyen ya el 3,5 % de incremento de 2023:

Nivel salarialAño 1Año 2Año 3Año 4Año 5 y siguientes
Nivel 120.246,60 €22.777,42 €25.992,16 €32.603,43 €32.603,43 €
Nivel 221.447,45 €24.128,32 €27.470,57 €33.863,14 €33.863,14 €
Nivel 321.827,34 €26.064,83 €29.603,55 €35.815,69 €35.815,69 €
Nivel 422.308,07 €28.960,90 €32.508,59 €38.640,42 €38.640,42 €
Nivel 524.334,10 €31.874,26 €35.851,22 €41.894,94 €41.894,94 €
Nivel 625.499,43 €33.464,71 €39.146,82 €45.365,79 €45.365,79 €
Nivel 728.180,80 €34.653,12 €42.765,97 €49.134,38 €49.134,38 €
Nivel 830.802,80 €37.896,41 €48.706,31 €49.878,22 €55.503,04 €
Nivel 8 bis60.153,67 €
Nivel 933.680,84 €43.196,59 €58.715,89 €58.715,89 €66.770,33 €

El nivel 8 bis solo opera como garantía personal para el personal que mantiene esa clasificación conforme al artículo 38.2, y únicamente en el tramo de cinco o más años de permanencia.

Pluses de turno y disponibilidad (Gibraltar-San Roque y Tenerife), valores 2023. El plus de turno rotativo asciende a 33,01 € por jornada de mañana, tarde o noche, con un importe mensual de 577,67 €. El plus de disponibilidad mensual es de 253,08 €.

Implicaciones operativas

Las asesorías que gestionen trabajadores de las refinerías de Moeve deben aplicar el nuevo convenio en cuestiones de jornada, IT y dietas desde el 19 de diciembre de 2024. La denominación de la empresa ha cambiado de CEPSA a Moeve, lo que afecta a la cabecera de cualquier comunicación laboral. Los valores de la tabla anterior son los definitivos de 2023: para 2024 y 2025 procede aplicar sobre ellos los incrementos acumulados del 2,5 % anual, sin perjuicio de la revisión por IPC prevista en el artículo 46.2.

Fuente

Resolución de 30 de abril de 2026, de la Dirección General de Trabajo, BOE-A-2026-10491, publicada el 14 de mayo de 2026. REGCON: 90100301012016. Texto completo en: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-10491

Convenio: III Convenio de Refino 2023-2025 de Moeve, SA
Código REGCON: 90100301012016
Ámbito: Empresa
Fecha de efectos: 19/12/2024

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