Industria del arroz estatal 2026: tablas salariales (+4%)
Industria del arroz estatal 2026: tablas salariales provisionales con un incremento del 4%
El BOE de 6 de marzo de 2026 publica la Resolución de la Dirección General de Trabajo que registra y publica las tablas salariales provisionales para 2026 del Convenio colectivo de industrias de elaboración del arroz. La Comisión Paritaria acuerda aplicar un incremento del 4% sobre las tablas definitivas de 2025.
Qué se publica
Se trata de la inscripción del Acta de la Comisión Paritaria suscrita el 10 de febrero de 2026, que aprueba las tablas salariales provisionales del año 2026 del convenio colectivo estatal de la industria del arroz (código de convenio n.º 99000335011981). El acta fue suscrita por la Unión de Industriales Arroceros de España y la Confederación Valenciana de la Pequeña y Mediana Empresa (UNIADE-PYMEV), por la parte empresarial, y por CC. OO.-Industria y UGT-FICA, por la parte sindical. La revisión económica se efectúa conforme al artículo 36 del convenio vigente, cuyo texto fue publicado en el BOE de 5 de febrero de 2026.
Cambios principales
La Comisión Paritaria acuerda aplicar el incremento pactado del 4% sobre las tablas de 2025 definitivas. Las retribuciones del personal técnico, administrativo y comercial y del personal de servicios generales se expresan en importe mensual; las del personal de producción y de mantenimiento, en importe diario.
Personal Técnico, Administrativo y Comercial (€/mes):
| Nivel | Salario |
|---|---|
| Nivel I | 1.437,92 |
| Nivel II | 1.355,11 |
| Nivel III | 1.312,51 |
| Nivel IV | 1.312,51 |
| Nivel V | 1.248,64 |
Personal de Producción (€/día):
| Nivel | Salario |
|---|---|
| Nivel I | 43,77 |
| Nivel II | 45,19 |
| Nivel III | 42,60 |
| Nivel IV | 42,12 |
| Nivel V | 42,12 |
| Nivel VI | 41,62 |
| Nivel VII | 41,30 |
| Nivel VIII | 38,93 |
Personal de Soporte:
| Categoría | Salario |
|---|---|
| Servicios Generales Nivel I (€/mes) | 1.248,64 |
| Servicios Generales Nivel II (€/mes) | 1.214,67 |
| Mantenimiento Nivel I (€/día) | 45,19 |
| Mantenimiento Nivel II (€/día) | 42,12 |
| Mantenimiento Nivel III (€/día) | 41,62 |
Pluses y otros conceptos:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Plus Convenio | 8,46 €/día trabajado |
| Plus Transporte | 4,24 €/día trabajado |
| Dieta completa | 11,61 € |
| Media dieta | 5,82 € |
| Plus cuarto turno | 121,46 €/semanales |
Jubilación voluntaria (según antelación a la edad legal vigente): 6.088,77 € (cuatro años), 5.479,91 € (tres años), 4.871,04 € (dos años) y 4.262,14 € (un año).
Póliza de seguro: 19.950,52 € por fallecimiento o invalidez permanente total y 28.025,54 € por invalidez absoluta.
Implicaciones operativas
Las empresas del sector deben actualizar las nóminas conforme a las nuevas tablas y revisar el cálculo de pluses y dietas afectados. Conviene tener presente el carácter provisional de estas tablas: al tratarse de una revisión provisional para 2026, las tablas definitivas podrán generar diferencias retributivas a regularizar cuando se publiquen. Procede igualmente actualizar las bases de cálculo de finiquitos e indemnizaciones del personal afectado.
Fuente
Resolución de 20 de febrero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la aprobación de las tablas salariales provisionales para el año 2026 del Convenio colectivo de industrias de elaboración del arroz. «Boletín Oficial del Estado» núm. 58, de 6 de marzo de 2026 (BOE-A-2026-5299). Texto disponible en boe.es.
Código REGCON: 99000335011981.
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