Vinos y bebidas Burgos 2025: tablas revisadas hasta 32.535,75 €
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Quiero recibir las novedadesEl Boletín Oficial de la Provincia de Burgos publica las tablas salariales revisadas correspondientes al año 2025 del convenio colectivo de la industria elaboradora, almacenistas y distribuidores de vinos, cervezas, licores y otras bebidas espirituosas de la provincia de Burgos. El salario más alto de la tabla asciende a 2.169,05 € mensuales (32.535,75 € anuales) para el Grupo I.
Qué se publica
Se trata de la inscripción y publicación de las tablas salariales revisadas de 2025, acordadas por la comisión negociadora el 22 de enero de 2026, mediante Resolución de 3 de febrero de 2026 de la Oficina Territorial de Trabajo de Burgos (art. 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores). El ámbito es provincial y sectorial: elaboradores, almacenistas y distribuidores de vinos y otras bebidas de Burgos. La publicación fija los importes de salario mensual y anual por grupo y categoría, así como dietas y kilometraje. El texto no incorpora porcentaje de incremento expreso; los importes son los de la tabla revisada de 2025.
Cambios principales
Tablas salariales revisadas del año 2025 por grupo y categoría:
| Grupo / Categoría | Total mes | Total año |
|---|---|---|
| Grupo I — Licenciaturas y masters | 2.169,05 € | 32.535,75 € |
| Grupo I — Diplomaturas y grados | 1.963,96 € | 29.459,40 € |
| Grupo I — Ayudantes, personal técnico y enólogo/a | 1.758,89 € | 26.383,35 € |
| Grupo II — Jefatura de personal, ventas y compras | 1.716,53 € | 25.747,95 € |
| Grupo II — Encargado/a general | 1.638,80 € | 24.582,00 € |
| Grupo II — Jefatura de almacén y sucursal | 1.558,88 € | 23.383,20 € |
| Grupo II — Jefatura de grupo, sección y laboratorio | 1.472,65 € | 22.089,75 € |
| Grupo II — Encargado/a de establecimiento y bodega | 1.479,07 € | 22.186,05 € |
| Grupo II — Comercial, viajante, cobrador/a, dependiente/a, ayudante, conductor/a cobrador/a y auxiliar laboratorio | 1.377,06 € | 20.655,90 € |
| Grupo III — Jefatura administración | 1.700,61 € | 25.509,15 € |
| Grupo III — Jefatura sección | 1.502,61 € | 22.539,15 € |
| Grupo III — Contable y cajero/a | 1.470,85 € | 22.062,75 € |
| Grupo III — Oficial administrativo/a | 1.377,06 € | 20.655,90 € |
| Grupo IV — Profesional de oficio (peón, mozo, carretillero, vigilante, sereno, tractorista, capataz, podador, guardas y peones de campo) | 1.377,06 € | 20.655,90 € |
| Grupo V — Aprendiz o aspirante de 1.º año | 1.186,22 € | 17.793,30 € |
Otros conceptos de 2025: dieta completa 48,05 €, media dieta 22,17 € y kilometraje 0,33 €/km.
Implicaciones operativas
Conviene actualizar las nóminas de 2025 a los importes revisados y calcular los atrasos que procedan respecto de las cantidades ya abonadas durante el ejercicio. Las cuantías de dietas y kilometraje deben aplicarse a los desplazamientos del periodo. Cualquier finiquito o cálculo de indemnización de trabajadores de este ámbito debe partir de la tabla revisada correspondiente al grupo y categoría.
Fuente
Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, núm. 34, de 19 de febrero de 2026 (C.V.E. BoPBur-2026-00591). Resolución de 3 de febrero de 2026 de la Oficina Territorial de Trabajo de Burgos. Texto disponible en el documento oficial. Código de convenio (REGCON): 09000395011981.
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