Industrias lácteas estatal 2026: tablas con subida del 2,8%
Industrias lácteas: tablas salariales definitivas de 2025 y provisionales de 2026
El BOE de 22 de abril de 2026 publica el Acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo estatal para las industrias lácteas y sus derivados (código 99003175011981), por la que se aprueban las tablas salariales definitivas de 2025 y las provisionales de 2026. Las tablas provisionales de 2026 incorporan una subida del 2,8%.
Qué se publica
Se trata de una Resolución de 10 de abril de 2026 de la Dirección General de Trabajo que registra y publica el Acta de la Comisión Paritaria suscrita el 24 de febrero de 2026 por la Federación Estatal de Industrias Lácteas y los sindicatos CC.OO. y UGT. El ámbito es estatal y afecta al sector de las industrias lácteas y sus derivados. El acta consolida las tablas definitivas de 2025 —una vez conocido el IPC real de 2025, fijado en un 2,9%— y fija las tablas provisionales de 2026 en aplicación del artículo 24 del convenio. Estas tablas se incorporan como anexo III del convenio.
Cambios principales
Las tablas provisionales de 2026 aplican una subida del 2,8% sobre las definitivas de 2025, con dos excepciones: el salario del personal de limpieza, actualizado conforme al SMI fijado por el Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero; y la prima de domingos y festivos, cuyo incremento se rige por el artículo 28 del convenio.
| Categoría | Diario (€) | Mensual (€) | Anual (€) | Hora (€) |
|---|---|---|---|---|
| Técnico Superior | — | 1.979,85 | 29.697,75 | 16,85 |
| Técnico Medio | — | 1.755,63 | 26.334,45 | 14,95 |
| Otros Técnicos | — | 1.605,04 | 24.075,60 | 13,66 |
| Jefe de área | — | 1.716,69 | 25.750,35 | 14,61 |
| Jefe de sección | — | 1.663,62 | 24.954,30 | 14,16 |
| Oficial de Primera | — | 1.466,45 | 21.996,75 | 12,48 |
| Oficial de Segunda | — | 1.355,19 | 20.327,85 | 11,54 |
| Auxiliar | — | 1.302,83 | 19.542,45 | 11,09 |
| Repartidores y/o autoventas | 42,95 | — | 19.542,25 | 11,09 |
| Oficial/Especialista (producción) | 43,99 | — | 20.015,45 | 11,36 |
| Operador | 42,95 | — | 19.542,25 | 11,09 |
| Personal de Limpieza | — | — | — | 9,71 |
Otros conceptos recogidos en el anexo III: quebranto de moneda (cajero 53,10 €/día; auxiliar de caja y cobradores 39,40 €/día); dietas (almuerzo 18,50 €, desayuno 6,17 €, alojamiento 61,68 €); prima de domingos y festivos (jornada completa 80,00 €); y prima de Navidad y Año Nuevo (jornada completa 154,20 €).
Implicaciones operativas
Procede actualizar las nóminas del sector con las tablas provisionales de 2026 y revisar el tratamiento diferenciado del personal de limpieza (referenciado al SMI) y de la prima de domingos y festivos. Conviene tener presente el carácter provisional de las tablas de 2026: el cierre definitivo dependerá del IPC real del ejercicio, conforme al artículo 24. Para finiquitos y atrasos, debe verificarse la tabla aplicable a la fecha de devengo.
Fuente
Resolución de 10 de abril de 2026 de la Dirección General de Trabajo, «Boletín Oficial del Estado» núm. 98, de 22 de abril de 2026 (BOE-A-2026-8859). Texto completo en https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-8859. Código de convenio (REGCON): 99003175011981.
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