Jardinería estatal 2025-2030: oficial jardinero 1.404 €/mes

Convenio nuevoEstatal30/01/2026
Texto completo del convenio (BOE)

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El BOE de 30 de enero de 2026 publica el Convenio colectivo estatal de jardinería 2025-2030 (Resolución de 20 de enero de 2026 de la Dirección General de Trabajo). El texto fija tablas salariales para seis anualidades, una jornada máxima de 1.700 horas anuales y un régimen de cuatro pagas especiales.

Qué se publica

Se trata de un convenio colectivo estatal de nueva vigencia, suscrito el 29 de octubre de 2025 por las organizaciones empresariales ASEJA y ASERPYMA y por los sindicatos CC.OO. del Hábitat y las federaciones FeSMC-UGT y SP-UGT, y subsanado por actas de 10 y 22 de diciembre de 2025. Su ámbito funcional alcanza a todas las empresas dedicadas al diseño, construcción, conservación y mantenimiento de jardinería en todas sus modalidades, ya sean públicas o privadas, en todo el territorio nacional. La vigencia inicial abarca del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2030, con prórrogas anuales tácitas salvo denuncia.

Cambios principales

El convenio establece salario base mensual diferenciado por subgrupo profesional y anualidad. Se recoge a continuación una selección de la tabla del Anexo I (importes mensuales):

Subgrupo202520262027202820292030
Técnico licenciado2.058,36 €2.106,78 €2.166,32 €2.238,89 €2.325,38 €2.427,62 €
Encargado / Maestro jardinero1.404,89 €1.433,70 €1.469,68 €1.514,39 €1.568,28 €1.632,66 €
Oficial jardinero / Oficial conductor1.344,13 €1.371,12 €1.404,91 €1.447,03 €1.497,89 €1.558,75 €
Jardinero1.277,77 €1.302,77 €1.334,16 €1.373,45 €1.421,00 €1.478,02 €
Auxiliar jardinero1.226,03 €1.249,48 €1.279,01 €1.316,09 €1.361,06 €1.415,08 €
Peón1.184,00 €1.184,00 €1.208,26 €1.242,51 €1.284,17 €1.334,35 €

La jornada máxima anual se fija en 1.700 horas para cada año de vigencia, con el 24 y el 31 de diciembre como días no laborables. El precio de la hora extraordinaria arranca en 18,46 € (de lunes a sábado) y 27,70 € (domingos y festivos) en 2025, hasta 22,45 € y 33,69 € respectivamente en 2030, con un tope de 80 horas al año.

En materia de complementos, el plus de transporte pasa de 120,39 € mensuales en 2025 a 261,54 € en 2030, y el plus de conservación y mantenimiento de vestuario de 35,75 € a 43,49 €. El plus de nocturnidad se cifra en un 25 % sobre el salario base mensual. El régimen retributivo incluye cuatro pagas especiales: dos gratificaciones semestrales (junio y diciembre), una "paga verde" anual abonada en octubre y una "paga de vinculación" de 450 € para 2025-2028 y 900 € a partir de 2029.

Implicaciones operativas

Las empresas del sector deben actualizar las nóminas conforme a las tablas del Anexo I y aplicar los importes de pluses y horas extraordinarias correspondientes a cada anualidad, revisando los atrasos derivados de la retroactividad al 1 de enero de 2025. Conviene igualmente ajustar el cálculo de finiquitos y de las cuatro pagas especiales al nuevo marco.

Fuente

Resolución de 20 de enero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de jardinería 2025-2030. Boletín Oficial del Estado núm. 27, de 30 de enero de 2026 (BOE-A-2026-2227). Disponible en www.boe.es. Código de convenio REGCON: 99002995011981.

Convenio: Jardinería
Código REGCON: 99002995011981
Ámbito: Estatal
Fecha de efectos: 01/01/2025

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