Madera Cantabria 2026: tabla salarial con subida del 3%

Revisión salarialCantabria23/02/2026
Publicación oficial (BOCantabria)

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El Boletín Oficial de Cantabria de 23 de febrero de 2026 (núm. 36) publica el acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del sector de Aserradores y Almacenistas de Madera de Cantabria por el que se fija la tabla salarial y las horas extras para 2026. Los conceptos económicos del convenio se incrementan un 3,00% sobre los de 2025.

Qué se publica

Se trata de una revisión salarial suscrita por la Comisión Paritaria del convenio el 28 de enero de 2026 e inscrita mediante resolución de la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo del Gobierno de Cantabria. El ámbito es autonómico y afecta al sector de aserradores y almacenistas de madera de Cantabria. El periodo de vigencia de la tabla comprende del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026.

El acta constata que el IPC interanual general nacional a 31 de diciembre de 2025 quedó fijado en el 2,90%, por lo que no procede aplicar la cláusula de revisión del artículo 39.1 al ser el incremento salarial realizado para 2025 superior a dicho IPC. En aplicación del artículo 39.2, el incremento para 2026 se fija en el 3,00%.

Cambios principales

La tabla salarial vigente desde el 1 de enero de 2026, por grupos profesionales, queda como sigue:

GrupoDíaAñoHora extra
Grupo I62,24 €26.451,96 €26,42 €
Grupo II58,35 €24.798,70 €24,77 €
Grupo III54,46 €23.145,50 €23,12 €
Grupo IV50,57 €21.492,23 €21,47 €
Grupo V48,54 €20.629,00 €20,61 €
Grupo VI45,11 €19.169,68 €19,15 €
Grupo VII44,32 €18.837,08 €18,82 €

Los complementos por puesto y demás conceptos quedan fijados así:

ConceptoDíaAñoHora extra
Jefe de Administración (Grupo III)14,06 €5.976,16 €5,97 €
Oficial 1ª Administrativo (Grupo IV)9,86 €4.189,70 €4,18 €
Oficial 2ª Administrativo (Grupo V)5,06 €2.150,10 €2,15 €
Auxiliar Administrativo (Grupo VI)2,10 €891,75 €0,89 €
Ayudante (Grupo VI)0,40 €170,82 €0,17 €
Personal Subalterno (Grupo VII)0,75 €317,83 €0,32 €

Los contratos de formación se retribuyen al 75% del salario del Grupo VI durante el primer año y al 85% durante el segundo. Las dietas del artículo 38 quedan en 38,88 €/día la dieta completa y 14,88 €/día la media dieta. El seguro de accidentes del artículo 40 fija 17.137,67 € por fallecimiento, 30.821,76 € por incapacidad absoluta y 7,98 €/día por IT derivada de accidente de trabajo. Los valores de las horas extras se incrementan, en su caso, en el porcentaje de antigüedad que corresponda a cada trabajador.

Implicaciones operativas

Procede actualizar las nóminas del sector conforme a la nueva tabla con efectos de 1 de enero de 2026, aplicando en su caso los atrasos devengados desde esa fecha hasta la implantación efectiva. Deben revisarse asimismo los importes de dietas, seguro de accidentes y el cálculo de finiquitos e indemnizaciones que tomen como referencia el salario de convenio.

Fuente

Boletín Oficial de Cantabria núm. 36, de 23 de febrero de 2026, sección 7.3 (Estatutos y Convenios Colectivos), CVE-2026-1234. Resolución de la Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo. Disponible en boc.cantabria.es. Código REGCON: 39000655011982.

Convenio: MADERA DE CANTABRIA (ASERRADORES Y ALMACENISTAS)
Código REGCON: 39000655011982
Ámbito: Cantabria
Fecha de efectos: 01/01/2026

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