Madera Segovia 2025: nuevo convenio con subida del 3%
Madera de Segovia 2025: nuevo convenio con subida salarial del 3%
El Boletín Oficial de la Provincia de Segovia (núm. 30, de 11 de marzo de 2026) publica el Convenio Colectivo del sector de la Madera de Segovia y provincia para 2025. Las tablas salariales se incrementan un 3% sobre las de 2024, con efectos retroactivos al 1 de enero de 2025.
Qué se publica
Se trata del convenio colectivo provincial para las Industrias de la Madera de Segovia —ebanisterías, carpinterías, tapicerías, envases, carrocerías, carreterías, rematantes y aserradores—, suscrito por la Agrupación Segoviana Empresarial de la Madera y las centrales sindicales CCOO y UGT. Su código de convenio es 40100015012013. La vigencia se fija para el año natural 2025: entró en vigor con efectos del 1 de enero de 2025 y permanece hasta el 31 de diciembre de 2025, quedando denunciado automáticamente a esa fecha y prorrogándose en su totalidad hasta la firma del que lo sustituya.
Cambios principales
El incremento pactado es del 3% sobre las tablas de 2024, aplicable desde el 1 de enero de 2025 con carácter retroactivo. El convenio mantiene dos tablas salariales diferenciadas: una para Carpinterías y otra para Rematantes y Aserradores. Los importes de salario base y plus de transporte se expresan por día. Subsiste el complemento ad personam (art. 6), aplicable únicamente a las relaciones laborales existentes a 1 de enero de 2014.
Tabla salarial — Carpinterías 2025 (selección)
| Categoría | Grupo | Salario base/día | Ad personam/día | Plus transporte/día |
|---|---|---|---|---|
| Encargado General | 3 | 48,08 € | 0,00 € | 3,01 € |
| Encargado de Sección | 4 | 44,64 € | 0,00 € | 2,94 € |
| Oficial de Primera | 5 | 41,21 € | 2,22 € | 2,93 € |
| Oficial de Segunda | 5 | 41,22 € | 0,00 € | 2,71 € |
| Especialista de serie | 6 | 37,77 € | 1,75 € | 2,66 € |
| Ayudante | 6 | 37,77 € | 0,11 € | 2,54 € |
| Peón y aprendiz 3.er año | 7 | 34,34 € | 3,27 € | 2,54 € |
Tabla salarial — Rematantes y Aserradores 2025 (selección)
| Categoría | Grupo | Salario base/día | Ad personam/día | Plus transporte/día |
|---|---|---|---|---|
| Encargado contramaestre | 4 | 44,64 € | 0,00 € | 2,68 € |
| Afilador | 5 | 41,21 € | 0,37 € | 2,66 € |
| Aserrador de primera | 5 | 41,21 € | 0,37 € | 2,66 € |
| Aserrador de segunda | 6 | 37,78 € | 0,67 € | 2,64 € |
| Peón especializado | 7 | 34,34 € | 1,87 € | 2,63 € |
| Peón | 7 | 34,34 € | 1,87 € | 2,63 € |
Otras cifras relevantes: la jornada anual de trabajo efectivo queda en 1.752 horas; las vacaciones, en 30 días naturales. Las dietas mínimas para 2025 son de 48,98 € (dieta completa) y 25,41 € (media dieta), con 0,39 € por kilómetro recorrido en vehículo propio. El complemento de antigüedad permanece suprimido para nuevos devengos desde el 30 de junio de 1997, conservándose solo lo consolidado antes de esa fecha como antigüedad consolidada.
Implicaciones operativas
Procede actualizar las nóminas del personal del sector en la provincia con las tablas de 2025 y regularizar los atrasos correspondientes desde el 1 de enero de 2025, dado el carácter retroactivo del incremento. Conviene revisar la correcta aplicación del complemento ad personam según la fecha de alta del trabajador y recalcular las pagas extraordinarias (verano y Navidad, 30 días de salario cada una) y los finiquitos pendientes con los nuevos importes diarios.
Fuente
Resolución de la Oficina Territorial de Trabajo de Segovia (Junta de Castilla y León) por la que se acuerda la inscripción y publicación del convenio. Boletín Oficial de la Provincia de Segovia, núm. 30, de 11 de marzo de 2026, págs. 9 y siguientes. Texto íntegro del convenio.
Código de Convenio (REGCON): 40100015012013.
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