Mayoristas productos químicos y droguería 2026: subida del 2,5%
Mayoristas de productos químicos y droguería: revisión de 2025 e incremento del 2,5% para 2026
El BOE de 23 de febrero de 2026 publica el acuerdo de la comisión negociadora del convenio colectivo estatal del sector de mayoristas e importadores de productos químicos industriales y de droguería, perfumería y anexos. El acuerdo confirma sin variación las tablas de 2025 y fija un incremento salarial del 2,5% con efectos desde el 1 de enero de 2026.
Qué se publica
Se trata de la Resolución de 12 de febrero de 2026 de la Dirección General de Trabajo, que registra y publica el acta de la reunión extraordinaria de la comisión negociadora suscrita el 28 de enero de 2026. El acto resuelve dos puntos previstos en los artículos 55 y 56 del convenio (código de convenio 99001095011981): la revisión salarial del año 2025 y el incremento salarial para 2026. El ámbito es estatal y afecta al sector de mayoristas e importadores de productos químicos industriales y de droguería, perfumería y anexos. El convenio de referencia (2024-2026) fue publicado en el BOE de 11 de marzo de 2025.
Cambios principales
Revisión de 2025. La comisión constató que el IPC general acumulado a 31 de diciembre de 2025, según el INE, fue del 2,9%, un 0,1% por debajo del 3% pactado. Al no superarse ese umbral, no procede revisión salarial: se confirman los incrementos del 3% ya aplicados en 2025, así como las tablas de salarios mínimos garantizados del artículo 54, el plus de nocturnidad del artículo 59, la compensación de trabajo a distancia del artículo 36 y los valores de viajes y dietas del artículo 65.
Incremento de 2026. Conforme al artículo 56, se aplica un incremento del 2,5% con efectos desde el 1 de enero de 2026. El mismo porcentaje se aplica sobre las tablas del artículo 54, la compensación de trabajo a distancia del artículo 36, los valores de viaje y dietas del artículo 65 y el plus de nocturnidad del artículo 59.
Tabla de salarios mínimos garantizados anuales por grupos profesionales a partir del 1 de enero de 2026 (artículo 54):
| Grupo profesional | Euros/año |
|---|---|
| Grupo I | 20.356,35 |
| Grupo II | 21.139,28 |
| Grupo III | 21.725,10 |
| Grupo IV | 22.312,29 |
| Grupo V | 23.290,96 |
| Grupo VI | 26.031,24 |
| Grupo 0 | 28.770,14 |
Otros conceptos a partir del 1 de enero de 2026:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Plus de nocturnidad (art. 59) | 14,78 €/noche completa trabajada |
| Compensación de trabajo a distancia (art. 36) | 43,89 €/mes (jornada completa, 100% a distancia) |
| Viajes y dietas — una comida fuera (art. 65) | 15,64 €/día |
| Viajes y dietas — dos comidas fuera (art. 65) | 31,29 €/día |
| Viajes y dietas — dos comidas y pernocta fuera (art. 65) | 132,41 €/día |
Implicaciones operativas
Procede actualizar las nóminas del sector con las tablas de 2026 desde el 1 de enero, aplicando el 2,5% a los salarios mínimos garantizados y a los pluses y dietas afectados. Conviene verificar la eventual regularización de atrasos correspondientes a las mensualidades transcurridas hasta la publicación, y revisar los importes de nocturnidad, teletrabajo y dietas en los cálculos de finiquitos e indemnizaciones que tomen como base la retribución de convenio.
Fuente
Resolución de 12 de febrero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de revisión salarial para el año 2025 y de incremento salarial para 2026 del Convenio colectivo estatal para el sector de mayoristas e importadores de productos químicos industriales y de droguería, perfumería y anexos. «Boletín Oficial del Estado» núm. 48, de 23 de febrero de 2026 (BOE-A-2026-4222). Disponible en boe.es.
Código de convenio (REGCON): 99001095011981.
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