Mayoristas productos químicos y droguería 2026: subida del 2,5%

Revisión salarialEstatal23/02/2026

Mayoristas de productos químicos y droguería: revisión de 2025 e incremento del 2,5% para 2026

El BOE de 23 de febrero de 2026 publica el acuerdo de la comisión negociadora del convenio colectivo estatal del sector de mayoristas e importadores de productos químicos industriales y de droguería, perfumería y anexos. El acuerdo confirma sin variación las tablas de 2025 y fija un incremento salarial del 2,5% con efectos desde el 1 de enero de 2026.

Qué se publica

Se trata de la Resolución de 12 de febrero de 2026 de la Dirección General de Trabajo, que registra y publica el acta de la reunión extraordinaria de la comisión negociadora suscrita el 28 de enero de 2026. El acto resuelve dos puntos previstos en los artículos 55 y 56 del convenio (código de convenio 99001095011981): la revisión salarial del año 2025 y el incremento salarial para 2026. El ámbito es estatal y afecta al sector de mayoristas e importadores de productos químicos industriales y de droguería, perfumería y anexos. El convenio de referencia (2024-2026) fue publicado en el BOE de 11 de marzo de 2025.

Cambios principales

Revisión de 2025. La comisión constató que el IPC general acumulado a 31 de diciembre de 2025, según el INE, fue del 2,9%, un 0,1% por debajo del 3% pactado. Al no superarse ese umbral, no procede revisión salarial: se confirman los incrementos del 3% ya aplicados en 2025, así como las tablas de salarios mínimos garantizados del artículo 54, el plus de nocturnidad del artículo 59, la compensación de trabajo a distancia del artículo 36 y los valores de viajes y dietas del artículo 65.

Incremento de 2026. Conforme al artículo 56, se aplica un incremento del 2,5% con efectos desde el 1 de enero de 2026. El mismo porcentaje se aplica sobre las tablas del artículo 54, la compensación de trabajo a distancia del artículo 36, los valores de viaje y dietas del artículo 65 y el plus de nocturnidad del artículo 59.

Tabla de salarios mínimos garantizados anuales por grupos profesionales a partir del 1 de enero de 2026 (artículo 54):

Grupo profesionalEuros/año
Grupo I20.356,35
Grupo II21.139,28
Grupo III21.725,10
Grupo IV22.312,29
Grupo V23.290,96
Grupo VI26.031,24
Grupo 028.770,14

Otros conceptos a partir del 1 de enero de 2026:

ConceptoImporte
Plus de nocturnidad (art. 59)14,78 €/noche completa trabajada
Compensación de trabajo a distancia (art. 36)43,89 €/mes (jornada completa, 100% a distancia)
Viajes y dietas — una comida fuera (art. 65)15,64 €/día
Viajes y dietas — dos comidas fuera (art. 65)31,29 €/día
Viajes y dietas — dos comidas y pernocta fuera (art. 65)132,41 €/día

Implicaciones operativas

Procede actualizar las nóminas del sector con las tablas de 2026 desde el 1 de enero, aplicando el 2,5% a los salarios mínimos garantizados y a los pluses y dietas afectados. Conviene verificar la eventual regularización de atrasos correspondientes a las mensualidades transcurridas hasta la publicación, y revisar los importes de nocturnidad, teletrabajo y dietas en los cálculos de finiquitos e indemnizaciones que tomen como base la retribución de convenio.

Fuente

Resolución de 12 de febrero de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de revisión salarial para el año 2025 y de incremento salarial para 2026 del Convenio colectivo estatal para el sector de mayoristas e importadores de productos químicos industriales y de droguería, perfumería y anexos. «Boletín Oficial del Estado» núm. 48, de 23 de febrero de 2026 (BOE-A-2026-4222). Disponible en boe.es.

Código de convenio (REGCON): 99001095011981.

Convenio: Productos Químicos Industriales y de Droguería, Perfumería y Anexos (Mayoristas e Importadores)
Código REGCON: 99001095011981
Ámbito: Estatal
Fecha de efectos: 01/01/2026
Fuente oficial: Ver en BOE

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