Convenio metal Ceuta 2026: tablas salariales, grupo I 1.055 €

Convenio nuevoCeuta24/10/2023
Texto completo del convenio (BOCCE)(se abre en una pestaña nueva)

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El texto vigente del convenio colectivo del sector del metal de Ceuta es el publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta el 24 de octubre de 2023, con vigencia del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2026. Para el ejercicio 2026 fija un salario base de 1.055,45 euros mensuales en el grupo I, que con el plus de residencia suma 1.319,31 euros.

Qué se publica

El convenio fue suscrito el 25 de septiembre de 2023 por la Confederación de Empresarios de Ceuta, de una parte, y por la Unión General de Trabajadores de Ceuta y Comisiones Obreras de Ceuta, de otra. Lo inscribe el Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Ceuta, con código de convenio 51000245011991.

Su ámbito funcional alcanza a las empresas y personas trabajadoras del sector del metal en proceso de producción, transformación y almacenaje, así como a talleres y centros de trabajo auxiliares, complementarios o afines a la siderometalurgia, y a tareas de instalación, montaje o reparación. También se aplica a las empresas de tendidos de líneas eléctricas y a la industria de óptica y mecánica de precisión.

El artículo 3 fija la vigencia "por el período de CUATRO AÑOS, desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre del año 2026", con prórroga automática de año en año salvo denuncia expresa con dos meses de antelación. El convenio incorpora tablas salariales cerradas para los cuatro ejercicios de vigencia, de modo que la tabla de 2026 ya está publicada.

Cambios principales

La estructura retributiva combina un salario base mensual por grupo profesional con un plus de residencia equivalente al 25% de ese salario base. Tabla salarial del ejercicio 2026:

Grupo profesionalSalario base 2026 (€/mes)Plus de residencia (€/mes)Total (€/mes)
Grupo I1.055,45263,861.319,31
Grupo II996,82249,201.246,02
Grupo III985,08246,271.231,35
Grupo IV973,37243,341.216,71
Grupo V849,75212,441.062,19

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El anexo V define el encuadramiento: el grupo I comprende titulados universitarios, peritos, jefe de taller con formación acreditada y jefe administrativo; el grupo II, oficial de 1.ª, oficial administrativo, capataz y ayudante de ingeniero o arquitecto; el grupo III, oficial de 2.ª, auxiliar administrativo, especialista y conductor; el grupo IV, ayudante, mozo, cobrador y limpiador/a; y el grupo V, personas trabajadoras en formación y menores de 18 años.

Los pluses y mejoras sociales de 2026 quedan así: desgaste de herramientas, 44,85 euros; plus de altura, 26,92 euros hasta 4 metros, 43,08 euros de 4 a 8 metros y 107,69 euros por encima de 8 metros; plus de disponibilidad, 12,13 euros por día de lunes a viernes y 18,19 euros por sábado, domingo o festivo; y plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad, 31,52 euros por una circunstancia, 105,06 euros por dos y 157,59 euros por tres.

Las indemnizaciones del seguro colectivo para 2026 son de 27.971,86 euros por fallecimiento o gran invalidez, 20.978,89 euros por incapacidad permanente absoluta y 13.985,93 euros por incapacidad permanente total.

En jornada, el artículo 7 establece 40 horas semanales, preferentemente de lunes a viernes, con 30 minutos diarios de descanso computados como tiempo de trabajo efectivo y retribuidos, y un máximo ordinario de 8 horas diarias con 12 horas de intervalo entre jornadas. Las jornadas del 24 y 31 de diciembre se consideran no laborables. La antigüedad se abona en trienios del 4% del salario base y existe un plus de vinculación a la bonificación del 8% sobre el salario base. Las vacaciones son de un mes natural o la prorrata del tiempo trabajado.

Implicaciones operativas

Las tablas del convenio son mensuales por grupo profesional, no por categoría, de modo que el encuadramiento en el grupo correcto determina directamente el salario base y, con él, el plus de residencia, la antigüedad y el plus de vinculación, que se calculan sobre esa cuantía. Conviene revisarlo antes de fijar la base de cálculo de una nómina o de un finiquito.

El convenio agota su vigencia pactada el 31 de diciembre de 2026 y prevé prórroga automática anual salvo denuncia con dos meses de antelación. No consta publicada renovación posterior a fecha de este artículo, por lo que la tabla de 2026 es la última cerrada.

Fuente

Resolución de la Delegación del Gobierno en Ceuta, Área de Trabajo e Inmigración, por la que se dispone la inscripción y publicación del Convenio Colectivo del Sector del Metal de Ceuta. Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta de 24 de octubre de 2023, anuncio 648. Texto completo. Código de convenio 51000245011991.

Convenio: Sector del Metal de la Ciudad de Ceuta
Código REGCON: 51000245011991
Ámbito: Ceuta
Fecha de efectos: 01/01/2023

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