Metal Córdoba 2026: peón 1.401 €/mes, tablas salariales

Convenio nuevoCordoba02/11/2023
Texto completo del convenio (BOP)

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El texto vigente del sector del metal de la provincia de Córdoba es el Convenio Provincial del Metal 2023-2025, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 207, de 2 de noviembre de 2023. Sus tablas de 2025 —las últimas publicadas— fijan el salario convenio del peón en 1.401,48 euros al mes en 14 pagas y el del ingeniero en 1.990,86 euros, con una jornada de 1.758 horas efectivas anuales.

Qué se publica

El acto es el convenio colectivo del sector del metal de Córdoba y provincia, aprobado por su comisión negociadora el 9 de octubre de 2023 e inscrito con código de convenio 14000145011982 por la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba el 16 de octubre de 2023. Afecta a todas las empresas encuadradas en la actividad siderometalúrgica con centros de trabajo en la provincia, aunque su domicilio social radique fuera, e incluye a las empresas multiservicios; quedan fuera las que tengan convenio propio en vigor. El ámbito funcional se remite al del convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal vigente en cada momento, que actúa además como derecho supletorio.

La vigencia pactada va del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2025. El artículo 2 prevé prórroga tácita si no media denuncia con un mes de antelación y, una vez denunciado, mantiene la vigencia del convenio "hasta tanto se firme un nuevo convenio colectivo". No consta publicado un convenio posterior ni una revisión salarial para 2026 a fecha de este artículo: los tres actos del sector registrados en 2026 —de 6 de febrero, 14 de mayo y 26 de mayo— son consultas de la comisión paritaria, sin efecto retributivo.

Cambios principales

El artículo 27 fijó un incremento del 4% para 2023 sobre las tablas definitivas de 2022, del 3% para 2024 y del 3% para 2025, en todos los conceptos económicos. Incorpora además una cláusula de revisión: si la suma de los IPC interanuales de 2023 a 2025 supera el 10%, se aplica un incremento adicional hasta alcanzarlo con un máximo del 3%, con devengo a 1 de enero de 2026, que haría definitiva la tabla de 2025.

Tabla salarial de 2025, vigente desde el 1 de enero de 2025 (salario convenio en 14 pagas; el cuatrienio corresponde a la columna de antigüedad de 2025 y el incentivo al rendimiento normal del artículo 31, en 12 pagas):

GrupoCategoríaSalario convenio (€/mes)Cuatrienio (€/mes)Incentivo rend. normal (€)
IIngeniero1.990,8674,03427,83
IAnalista Informático1.927,1071,83415,09
IIIngeniero Técnico (Perito)1.927,1071,83415,09
IIATS (Practicante)1.555,1555,63321,67
IIIProyectista1.692,1461,42355,16
IIIProgramador Informático1.583,2056,83328,42
IIIJefe Servicio1.898,7967,45390,64
IIIJefe Oficina 1.ª1.739,9963,42366,67
IIIJefe Oficina 2.ª1.673,4660,64350,43
IIIJefe Laboratorio1.780,5965,18376,51
IIIJefe Almacén1.583,2056,83328,42
IIIJefe Taller1.733,4763,11364,92
IIIMaestro Taller 1.ª1.600,2957,58332,60
IIIMaestro Taller 2.ª1.578,0556,61327,19
IIIMaestro Ind. Mantenimiento1.600,2957,58332,60
IIIPlanificador1.583,2056,83328,42
IVDelineante 1.ª1.591,4856,83328,42
IVRecepcionista1.583,2056,83328,42
IVProbador1.583,2056,83328,42
IVEncargado1.506,3153,88311,34
IVEncargado de Taller1.506,3153,88311,34
IVEncargado de Establecimiento1.506,3153,88311,34
VDelineante 2.ª1.521,8554,23313,51
VOficial Administrativo 1.ª1.583,2056,83328,42
VOficial Administrativo 2.ª1.521,8554,23313,51
VViajante1.583,2056,83328,42
VVendedor de Establecimiento1.583,2056,83328,42
VOperador Informático1.521,8554,23313,51
VChófer de Camión1.503,0053,42308,91
VOficial 1.ª Mantenimiento1.516,4255,50321,05
VOficial 2.ª Mantenimiento1.481,4952,47303,25
VOficial 1.ª1.493,0852,98306,50
VOficial 2.ª1.465,2651,84299,68
VCapataz1.465,4051,82299,68
VIAlmacenero1.444,7450,99294,71
VIBasculero1.421,2649,97288,96
VIAuxiliar Administrativo1.447,4951,08295,31
VIDependiente1.455,1551,39299,66
VIListero1.455,1551,39299,66
VIAyudante Dependiente1.410,9549,61286,41
VIPerforista Informático1.447,4951,08295,31
VICalcador1.447,5351,08295,31
VIReproductor de Planos1.401,4849,16284,18
VIChófer de Turismo1.477,3852,34302,65
VIEspecialista1.426,8950,24290,30
VIOficial 3.ª1.435,5450,54292,47
VIOficial 3.ª Mantenimiento1.446,3550,99294,87
VIIPortero1.401,4849,16284,18
VIIOrdenanza1.401,4849,16284,18
VIIGuarda/Vigilante1.410,9549,61286,41
VIITelefonista1.410,9549,61286,41
VIIPeón1.401,4849,16284,18
VIIMozo Almacén1.426,3250,10290,23
VIILimpiador/a1.401,4849,16284,18

Los conceptos comunes de 2025 son iguales para todas las categorías: complemento de vacaciones y complemento de gratificaciones extraordinarias de 57,85 euros cada uno, plus de transporte de 2,78 euros por día efectivo de trabajo, plus de servicios permanentes de 181,47 euros, plus de festivos singulares de 29,27 euros y plus de turnicidad de 1,60 euros por día efectivo. Las dietas quedan en 36,41 euros la entera y 20,65 euros la media, con kilometraje de 0,38 euros y 0,0105 euros por segundo ocupante. La base para calcular el complemento de parcialidad es de 106,09 euros. El seguro del artículo 28 cubre 24.015,52 euros por muerte o incapacidad permanente absoluta derivadas de accidente laboral, 19.212,43 euros por incapacidad permanente total y 9.606,20 euros por muerte natural.

En jornada y descansos, el convenio fija 1.758 horas efectivas anuales para toda su vigencia y 22 días laborables de vacaciones —los sábados se consideran festivos a efectos del cómputo—, de los que 15 se disfrutan de forma consecutiva y obligatoria entre el 15 de junio y el 15 de septiembre. Hay dos gratificaciones extraordinarias, julio y Navidad, de 30 días de salario convenio más antigüedad más el complemento fijado en tabla. El complemento de antigüedad se limita a dos cuatrienios para los contratos indefinidos formalizados desde el 1 de enero de 2017; quienes fueron contratados antes conservan el derecho a tres.

Implicaciones operativas

Mientras no se publique un nuevo convenio o una revisión, las nóminas del sector siguen aplicando la tabla de 2025 y los importes de plus de transporte, festivos singulares y dietas de ese mismo año. Conviene revisar si opera la cláusula de revisión del artículo 27, porque su aplicación haría definitiva la tabla de 2025 con devengo desde el 1 de enero de 2026 y obligaría a regularizar. En finiquitos e indemnizaciones, el salario regulador debe construirse con salario convenio, cuatrienios y el prorrateo de las dos gratificaciones extraordinarias, incluidos los complementos de vacaciones y Navidad que las integran; el plus de transporte, de naturaleza extrasalarial, queda fuera. Para el régimen disciplinario, el convenio remite de forma expresa al capítulo XII del convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal, que es donde hay que buscar la tipificación de faltas y sanciones.

Fuente

Convenio Colectivo del Sector del Metal de la Provincia de Córdoba (2023-2025), aprobado el 9 de octubre de 2023. Acuerdo de inscripción de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba de 16 de octubre de 2023, expediente 14/01/0150/2023. Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 207, de 2 de noviembre de 2023 (anuncio 4.554/2023). Texto completo: http://www.graduados-sociales.com/files/area_privada/convenios/COSideroAN.pdf

Código de convenio REGCON 14000145011982.

Convenio: Metal de Córdoba (Industria)
Código REGCON: 14000145011982
Ámbito: Cordoba
Fecha de efectos: 01/01/2023

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