Oficinas y despachos Albacete 2026: administrativo A 17.683 €

Convenio nuevoAlbacete11/10/2024
Texto completo del convenio (BOP)(se abre en una pestaña nueva)

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El texto vigente del convenio colectivo de oficinas y despachos de la provincia de Albacete es el publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete nº 119, de 11 de octubre de 2024, con vigencia del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2026. Para 2026 el salario base anual del nivel salarial 5 (administrativo/a A y especialista A) queda en 17.683,16 euros, tras un incremento del 3 % sobre las tablas de 2025.

Qué se publica

La Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en Albacete, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, inscribió y registró el texto nuevo del convenio con código 02001105012006 y dispuso su publicación en el boletín provincial. La resolución lleva fecha de 25 de septiembre de 2024.

El convenio fue suscrito, por la representación sindical, por FESMC-UGT de Albacete y CCOO-Servicios de Albacete y, por la representación empresarial, por la Asociación Provincial de Oficinas y Despachos de Albacete, integrada en FEDA. Su ámbito funcional se delimita por los CNAE que enumera el anexo del propio convenio, entre ellos actividades jurídicas (6910), contabilidad, teneduría de libros, auditoría y asesoría fiscal (6920), consultoría de gestión empresarial (7022), servicios administrativos combinados (8211) y actividades de organizaciones empresariales, profesionales y sindicales (9411, 9412, 9420).

El artículo 4 fija una vigencia de tres años, del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2026, con prórroga anual una vez finalizada y denuncia automática. No consta publicada renovación posterior a fecha de este artículo.

Cambios principales

El artículo 64 establece la escala de incrementos de los tres años de vigencia: 4,5 % en 2024 sobre las tablas de 2023, con efectos retroactivos al 1 de enero de 2024; 3 % en 2025 sobre las de 2024; y 3 % en 2026 sobre las de 2025. Las tablas se refieren a remuneración total, comprensiva de las doce pagas.

Tabla salarial de 2026 (salario base anual):

Nivel salarialCategoríasAnual (€)
1Titulado/a de grado superior21.821,76
2Titulado/a de grado medio, director/a20.987,42
3Coordinador/a A, técnico/a A19.945,97
4Coordinador/a B, técnico/a B19.007,48
5Especialista A, administrativo/a A17.683,16
6Especialista B, administrativo/a B17.026,32
7Auxiliar A y B, profesional de oficio A y B, administrativo/a C16.842,84

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El propio artículo 42 recoge que «se incorporan todas las categorías del nivel salarial 8 al nivel salarial 7, quedando el antiguo nivel 8 eliminado». La clasificación se estructura en cuatro grupos profesionales (artículo 41) que agrupan esos siete niveles.

El convenio incorpora dos cláusulas de garantía: si durante su vigencia el salario de alguna categoría quedase por debajo del salario mínimo interprofesional vigente, se aplica el SMI; y si el IPC de cada año fuese superior al incremento pactado para ese año, se actualizan las tablas.

Las dietas y el kilometraje de 2026 quedan en 53,80 euros de dieta íntegra, 13,40 euros por comida, 13,40 euros por cena, 27,00 euros por pernoctación con desayuno incluido y 0,26 euros por kilómetro recorrido.

La jornada laboral máxima a tiempo completo es de 1.776 horas anuales (artículo 45), con posibilidad de distribución irregular. Entre el 1 de julio y el 31 de agosto puede realizarse jornada intensiva de lunes a viernes de 8 a 15 horas (artículo 47). Las vacaciones anuales son de 22 días laborables (artículo 48). Se abonan dos pagas extraordinarias de 30 días de salario base más el complemento personal consolidado del artículo 52.

El capítulo 7 del convenio regula el régimen disciplinario propio del sector en la provincia.

Implicaciones operativas

Para las nóminas de 2026 la referencia son las cifras de la tabla anterior, divididas en doce pagas más las dos gratificaciones extraordinarias que regula el convenio. Conviene verificar en cada contrato el nivel salarial asignado, sobre todo en las categorías que estaban en el antiguo nivel 8, hoy integradas en el nivel 7.

Al ser un convenio cuya vigencia termina el 31 de diciembre de 2026, procede vigilar la publicación de la denuncia o del texto que lo sustituya para los ejercicios siguientes. Para el cálculo de finiquitos e indemnizaciones, el salario de referencia es el anual de la tabla de 2026 más el complemento personal consolidado que corresponda.

Fuente

Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en Albacete por la que se inscribe, registra y publica el Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de la provincia de Albacete 2024-2026. Boletín Oficial de la Provincia de Albacete nº 119, de 11 de octubre de 2024, anuncio 26.506.

Código de convenio (REGCON): 02001105012006.

Convenio: Oficinas y despachos de la provincia de Albacete
Código REGCON: 02001105012006
Ámbito: Albacete
Fecha de efectos: 01/01/2024

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