Oficinas y despachos Granada: corrección completa el Anexo I
Convenio colectivo de oficinas y despachos de Granada 2025-2026: incrementos del 3% y nuevas tablas
El Boletín Oficial de la Provincia de Granada publica el Convenio Colectivo Sectorial de Granada de Oficinas y Despachos para los años 2025 y 2026. El texto fija incrementos salariales del 3% en cada uno de los dos ejercicios y aprueba las tablas salariales correspondientes.
Qué se publica
Se trata del convenio colectivo provincial completo del sector de oficinas y despachos de Granada, suscrito por la Confederación Granadina de Empresarios y los sindicatos FESMC-UGT, Servicios-CCOO, CSIF y FETICO. Su ámbito territorial es la provincia de Granada y su vigencia se extiende del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2026. La publicación incorpora una resolución de corrección de errores que añade al Anexo I los conceptos de ayuda de estudios y premio de jubilación de 2025 y 2026, omitidos en la publicación inicial (BOP núm. 52, de 18 de marzo de 2026).
Cambios principales
El convenio establece un incremento salarial del 3% para 2025 sobre las tablas vigentes de 2024, y un incremento fijo del 3% para 2026 sobre las tablas definitivas de 2025. Se añade una cláusula de garantía: si el IPC real de 2026 supera el 3%, se aplicará una revisión por la diferencia que exceda dicho porcentaje, con un tope máximo del 0,5% adicional.
Los efectos económicos son efectivos desde el 1 de enero de 2025, pudiendo las empresas abonar los atrasos devengados del ejercicio 2025 hasta el 30 de septiembre de 2026.
Salario base mensual por grupo profesional (selección):
| Categoría | 2025 (€/mes) | 2026 (€/mes) |
|---|---|---|
| Titulado grado superior | 1.734,63 | 1.786,67 |
| Titulado grado medio | 1.654,35 | 1.703,98 |
| Jefe superior | 1.613,81 | 1.662,23 |
| Jefe de primera | 1.552,64 | 1.599,22 |
| Jefe de segunda | 1.493,36 | 1.538,16 |
| Oficial de primera | 1.392,29 | 1.434,06 |
| Oficial de segunda | 1.307,07 | 1.346,28 |
| Auxiliares | 1.178,52 | 1.213,88 |
| Aspirantes de 16-17 años | 989,25 | 1.018,93 |
Otros conceptos económicos del Anexo I:
| Concepto | 2025 | 2026 |
|---|---|---|
| Plus de transporte (mensual) | 95,12 € | 97,98 € |
| Ayuda de estudios (anual) | 156,27 € | 160,96 € |
| Dieta completa | 59,21 € | 60,99 € |
| Media dieta | 23,68 € | 24,39 € |
| Comida | 10,66 € | 10,98 € |
| Kilometraje | 0,31 € | 0,28 € |
| Premio jubilación a los 60 | 5.136,59 € | 5.290,69 € |
El convenio mantiene tres pagas extraordinarias de devengo anual (31 de marzo, 15 de julio y 22 de diciembre), antigüedad por trienios del 6% con tope del 30% (5 trienios), y complemento por incapacidad temporal hasta el 100% del salario. Incorpora un régimen disciplinario propio con clasificación de faltas leves, graves y muy graves, sanciones máximas por gravedad (suspensión de empleo y sueldo de hasta un día por faltas leves, hasta 17 días por graves y hasta cinco meses o despido por muy graves) y plazos de prescripción de las faltas de 10, 20 y 60 días respectivamente.
Implicaciones operativas
Las asesorías con empresas del sector en Granada deben actualizar las nóminas conforme a las tablas de 2025 y 2026 y regularizar los atrasos del ejercicio 2025, abonables hasta el 30 de septiembre de 2026. Conviene revisar los conceptos de plus de transporte, dietas y ayuda de estudios, y tener presente la cláusula de garantía vinculada al IPC de 2026 de cara al cierre del ejercicio. El régimen disciplinario del convenio es el aplicable a las cartas de sanción y despido disciplinario en este ámbito.
Fuente
Boletín Oficial de la Provincia de Granada, núm. 69, de 14 de abril de 2026. Convenio Colectivo Sectorial de Granada de Oficinas y Despachos, años 2025/2026. Texto completo disponible en la fuente oficial. Código REGCON 18000035011982.
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