Convenio oficinas y despachos Salamanca 2026: subida del 3,5%
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Quiero recibir las novedadesEl salario base del convenio de oficinas y despachos de Salamanca sube un 3,50% en 2026, un 3,00% en 2027 y un 2,80% en 2028. El Boletín Oficial de la Provincia publicó el 29 de julio de 2026 el nuevo convenio colectivo del sector, con efectos desde el 1 de enero de 2026 y una jornada de 1.735 horas anuales.
Qué se publica
Es un convenio colectivo nuevo, de ámbito provincial, para la actividad de oficinas y despachos de Salamanca y su provincia, años 2026-2028 (código de convenio 37000375011982). La comisión negociadora lo aprobó el 19 de junio de 2026 y la Oficina Territorial de Trabajo de Salamanca dictó la resolución de inscripción y publicación el 22 de julio de 2026, tras un requerimiento de subsanación por una irregularidad menor que fue atendido.
El artículo 4.º fija una vigencia de tres años, "con efectos del 1 de enero de 2026 al 31 de Diciembre de 2028". El convenio se entiende denunciado de forma automática el 31 de diciembre del año de su vencimiento y se mantiene vigente en su totalidad hasta la firma de otro que lo sustituya. La Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social informó que el texto no contiene cláusulas discriminatorias por razón de género.
Cambios principales
El artículo 27.º establece los incrementos del salario base durante la vigencia:
| Año | Incremento del salario base |
|---|---|
| 2026 | 3,50% |
| 2027 | 3,00% |
| 2028 | 2,80% |
El mismo artículo añade una cláusula de revisión: "Si la suma del incremento experimentado por el IPC durante los tres años de vigencia del convenio, fuese superior al 8,30 %, se efectuará una revisión salarial en el exceso resultante, con un máximo del 1,00 % por ciento, con efectos económicos desde el 1 de enero del año 2029". El complemento personal consolidado se revaloriza con el mismo porcentaje que el salario base (artículo 28.º).
El convenio recoge además un plus de convenio del 7,5% del salario anual, complemento personal consolidado incluido, cotizable a la Seguridad Social y abonable prorrateado a lo largo del año o en su totalidad en septiembre (artículo 30.º). Las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre equivalen cada una a 30 días de salario base más complemento personal consolidado.
En jornada, el artículo 19.º fija 38 horas semanales de promedio en cómputo anual, equivalentes a 1.735 horas de trabajo efectivo al año, con distribución irregular y régimen diferenciado de verano. Durante junio, julio, agosto y septiembre se aplica jornada continuada, compensándose la reducción con mayor jornada el resto del año sin superar el máximo anual de 1.735 horas.
Otras cuantías del texto: el seguro colectivo cubre 37.000 euros por muerte en accidente laboral y 42.000 euros por incapacidad total, absoluta o gran invalidez derivada de accidente de trabajo; las ayudas de natalidad y nupcialidad son de 175 euros y 125 euros respectivamente.
El texto publicado no incorpora un anexo de tablas salariales con importes por categoría: el anexo I recoge únicamente la definición de las categorías profesionales (titulados, personal administrativo, técnicos de oficina, subalternos y oficios varios). Las cuantías resultan de aplicar los porcentajes del artículo 27.º sobre el salario base anterior.
Implicaciones operativas
El incremento del 3,50% tiene efectos desde el 1 de enero de 2026, de modo que las empresas del sector deben calcular atrasos de los siete primeros meses del año y aplicarlos también al complemento personal consolidado y a las pagas extraordinarias, que se calculan sobre esa base. El plus de convenio del 7,5% se recalcula sobre el salario anual actualizado. Conviene revisar los calendarios laborales pactados para verificar que la distribución irregular y la jornada continuada de verano cuadran con el tope de 1.735 horas efectivas.
Fuente
Resolución de 22 de julio de 2026, de la Oficina Territorial de Trabajo de Salamanca, de inscripción y publicación del Convenio Colectivo para la Actividad de Oficinas y Despachos de Salamanca y su Provincia, años 2026-2028 (expediente 37/01/0030/2026). Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca n.º 144, de 29 de julio de 2026, CVE BOP-SA-20260729-003. Texto completo. Código de convenio (REGCON): 37000375011982.
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