Oficinas y despachos Segovia 2026: auxiliar 1.297,46 €/mes

Convenio nuevoSegovia28/02/2024
Texto completo del convenio (BOP)(se abre en una pestaña nueva)

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El texto vigente para el sector de oficinas y despachos en la provincia de Segovia es el convenio colectivo 2024-2026, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia el 28 de febrero de 2024. Su tabla de 2026 fija el auxiliar administrativo en 1.297,46 euros al mes y el oficial de primera en 1.681,64 euros, con una jornada anual máxima de 1.760 horas.

Qué se publica

Se trata de la resolución de 20 de febrero de 2024 de la Oficina Territorial de Trabajo de Segovia (Junta de Castilla y León), que acuerda la inscripción y publicación del Convenio Colectivo de Trabajo de ámbito provincial para la actividad de Oficinas y Despachos de la provincia de Segovia. El acuerdo de la comisión negociadora es de 23 de diciembre de 2023 y fue suscrito, en representación empresarial, por la Agrupación de Actividades Varias de empresarios de la provincia de Segovia, integrada en la Federación Empresarial Segoviana, y por las centrales sindicales CCOO y UGT.

El artículo 5 fija el ámbito temporal: "El Convenio entrará en vigor el día 1.º de enero de 2024 y finalizará su vigencia el día 31 de diciembre del año 2026, teniendo una duración, por tanto, de tres años". Una vez finalizada esa vigencia, el convenio se entenderá automáticamente denunciado. El preámbulo lo describe como la novación del convenio anterior, de 2021, prorrogado dos años más hasta el 31 de diciembre de 2026.

Conviene advertir de dos particularidades del texto oficial. La primera: el código de convenio que consta en la resolución de inscripción es el 40100225012021, distinto del que figura en los repertorios como código histórico del convenio anterior. La segunda: la disposición final segunda arrastra una errata del texto de 2021 y afirma que "Este Convenio entra en vigor con fecha 1 de enero de 2021", en contradicción con el artículo 5 y con el propio título del anexo, "Tablas salariales 2024-2026".

Cambios principales

El preámbulo pacta los incrementos de los tres años: 4% en 2024, 3% en 2025 y 3% en 2026, y así lo confirman los encabezados de cada tabla del anexo. No hay cláusula de revisión por IPC ni garantía salarial.

Esta es la tabla salarial de 2026, la vigente:

NivelCategoría profesionalSalario base (€/mes)Total anual (€)
ITitulados superiores2.058,5728.819,98
ITitulados de grado medio1.957,1127.399,54
IIOficial de primera1.681,6423.542,96
IIAdministrativos1.616,3922.629,46
IIAuxiliares1.297,4618.164,75
IIISubalternos1.152,5016.134,93

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Las tres categorías del nivel II —oficial de primera, administrativos y auxiliares— concentran el grueso de las plantillas del sector. El convenio denomina "subalternos" al nivel III en la tabla y "ordenanzas" en el artículo 20.

La jornada anual máxima "queda fijada en 1.760 horas de trabajo efectivo", sin perjuicio de las empresas con jornada inferior, que la mantienen como derecho adquirido. Durante dos meses continuos entre julio y septiembre la jornada es continuada de mañana, en horario preferente de 8 a 15 horas, régimen que se aplica también en la semana de la fiesta mayor de cada localidad. Los registros de jornada se conservan cuatro años.

Las vacaciones "quedan fijadas en 23 días laborables (lunes a viernes)", fraccionables con una duración mínima de una semana, y la incapacidad temporal interrumpe automáticamente su disfrute. Hay dos gratificaciones extraordinarias, de una mensualidad cada una, en Navidad y en la primera quincena de julio.

La antigüedad dejó de devengarse como tal: solo se mantiene el complemento personal de antigüedad consolidada ya reconocido a cada trabajador, no absorbible ni compensable y revalorizable con los incrementos pactados. El artículo 12 establece un plan de pensiones con una contribución empresarial de 50 euros mensuales por trabajador a jornada completa, que "se revisará a partir de enero de 2026 a 55 euros mensuales", para quienes acrediten doce meses de antigüedad. El kilometraje se abona a 0,19 euros por kilómetro y se reconocen premios de natalidad de 250 euros y de nupcialidad de 200 euros, por una sola vez. En incapacidad temporal, el complemento alcanza el 100% desde el primer día en accidente de trabajo, enfermedad profesional y accidente no laboral, y en enfermedad común desde el primer día en la primera baja de cada año y desde el cuarto en las restantes.

Implicaciones operativas

La vigencia expira el 31 de diciembre de 2026 con denuncia automática, de modo que la renovación queda abierta a partir de esa fecha. No consta acto posterior publicado a fecha de este artículo.

En materia disciplinaria, el convenio sí tiene régimen propio y detallado en los artículos 39 a 43, con siete faltas leves, nueve graves y doce muy graves. Las sanciones máximas son de dos días de suspensión de empleo y sueldo en las leves; veinte días, traslado forzoso de hasta un año dentro de la provincia o inhabilitación temporal para ascender en las graves; y hasta seis meses de suspensión, traslado forzoso de hasta dos años, inhabilitación de hasta cuatro años o despido en las muy graves. El artículo 43 permite además aplicar a una falta una sanción prevista para un tipo de gravedad inferior "sin que tal disminución de la sanción implique variación en la calificación de la falta". De toda sanción, salvo la amonestación verbal, debe darse traslado por escrito. El convenio no fija plazos propios de prescripción de las faltas.

Fuente

Resolución de la Oficina Territorial de Trabajo de Segovia, de 20 de febrero de 2024, por la que se acuerda la inscripción y publicación del Convenio Colectivo del sector de Oficinas y Despachos en la provincia de Segovia. Boletín Oficial de la Provincia de Segovia núm. 26, de 28 de febrero de 2024 (anuncio RC-2408). Texto completo. Código de convenio (REGCON): 40100225012021.

Convenio: Convenio Colectivo de Trabajo de ámbito provincial para la actividad de Oficinas y Despachos de la provincia de Segovia
Código REGCON: 40100225012021
Ámbito: Segovia
Fecha de efectos: 01/01/2024

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