Oficinas y despachos Valencia 2026: oficial 1ª 1.272 €/mes

Convenio nuevoValencia10/07/2025
Texto completo del convenio (BOP)(se abre en una pestaña nueva)

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El texto vigente del convenio colectivo de oficinas y despachos de la provincia de Valencia es el publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia nº 130, de 10 de julio de 2025, con efectos económicos del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2026. Para 2026 el oficial de 1ª administrativo (grupo V) queda en 1.272,02 euros al mes, tras un incremento del 3,5 % sobre las tablas de 2025.

Qué se publica

La Dirección Territorial de Trabajo y Labora de Valencia, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, dispuso el registro, depósito y publicación del texto del convenio sectorial con código 46000805011981. El texto definitivo se suscribió el 17 de junio de 2025 y la resolución lleva fecha de 1 de julio de 2025.

Firman el convenio, por la parte empresarial, la Asociación Empresarial de Oficinas y Despachos de la Comunitat Valenciana (OFYDES) y, por la parte sindical, FeSMC-UGT PV y la Federación de Servicios de CCOO PV. El ámbito territorial son las empresas radicadas en Valencia y su provincia (artículo 2) y el funcional se delimita por los CNAE del anexo 1: actividades jurídicas (6910), contabilidad, auditoría y asesoría fiscal (6920), consultoría de gestión empresarial (7022), servicios técnicos de arquitectura e ingeniería (7111 y 7112) o servicios administrativos combinados (8211), entre otros.

El artículo 4 fija que el convenio entra en vigor a la firma y que sus efectos se extienden del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2026. Un acuerdo posterior de la comisión negociadora, suscrito el 17 de noviembre de 2025 y publicado en el BOP de Valencia nº 241, de 17 de diciembre de 2025, corrigió la redacción de ese artículo 4 para precisar que lo que rige desde el 1 de enero de 2024 son los efectos económicos. No consta publicada renovación posterior a fecha de este artículo.

Cambios principales

El artículo 39 recoge las tablas salariales pactadas para los tres años de vigencia. Los incrementos son del 2 % al 10 % en 2024 según grupo, y del 2 % al 4,15 % en 2025 y del 2 % al 3,5 % en 2026, también por grupo. Esta es la tabla definitiva de 2026:

GrupoCategorías2026 (€/mes)Salario base anual (€)Con plus convenio (€/año)
ITitulado superior y director1.781,5824.942,0825.870,72
IITitulado medio o diplomado; traductor titulado e intérprete jurado1.583,6622.171,2723.099,91
IIIJefe superior, jefe delineante, jefe de proyecto, analista1.513,0521.182,7422.111,38
IVJefe de oficina, delineante proyectista, contable, programador de ordenador, traductor no titulado1.451,2820.317,9921.246,63
VOficial 1ª administrativo, delineante, operador, encargado1.272,0217.808,3018.736,95
VIOficial 2ª administrativo, comercial, azafata1.207,2316.901,2517.829,89
VIIConductor, grabador, auxiliar administrativo1.177,4116.483,7317.412,37
VIIIAlmacenero, conserje, ordenanza tramitador, telefonista, limpieza, peones, mozos1.160,4316.246,0517.174,69

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El plus convenio de 2026 es de 77,39 euros mensuales (928,64 euros al año) para todas las categorías y, según el artículo 43, no se abona en las pagas extraordinarias. El plus de domingos y festivos queda en 53,25 euros, el quebranto de moneda en 59,00 euros y el plus de trabajo a distancia en 40 euros por 11 mensualidades (440 euros anuales). El kilómetro se mantiene en 0,26 euros, la media dieta en 9,30 y la dieta completa en 20,14, sin variación durante toda la vigencia. El plus de idiomas es el 10 % del salario base (artículo 45) y el de nocturnidad, el 30 % de todos los conceptos retribuidos entre las 22 y las 6 horas (artículo 44).

La jornada anual es de 1.750 horas (artículo 33), con los días 24 y 31 de diciembre y las tardes del 5 de enero y del 18 de marzo considerados festivos. Las vacaciones son de 30 días naturales, 21 de ellos consecutivos como mínimo, a disfrutar entre el 1 de junio y el 30 de septiembre (artículo 36). Se abonan dos pagas extraordinarias de una mensualidad en junio y diciembre, compuestas por salario base y complemento de antigüedad consolidada (artículo 49), complemento este último suprimido y congelado desde el 1 de enero de 1998 y mantenido como «ad personam» (artículo 42).

Implicaciones operativas

Para las nóminas de 2026 la referencia es la columna mensual de la tabla anterior más el plus convenio y los complementos que correspondan. Conviene revisar el encuadramiento de cada contrato en los ocho grupos profesionales, ya que los incrementos de los tres años no han sido uniformes: el grupo VIII acumula la subida mayor de 2024 (10 %) y los grupos I y II, la menor (2 % anual).

Los efectos económicos terminan el 31 de diciembre de 2026, con el compromiso de las partes de crear una comisión para negociar el convenio de 2027. El artículo 5 prevé que, si no media denuncia dos meses antes del fin de la vigencia, el convenio se prorrogue tácitamente de año en año con un incremento del 1 % anual en las tablas hasta la firma del nuevo texto. El régimen disciplinario propio del sector está en los artículos 61 a 65, que regulan la graduación de las faltas, las sanciones y su prescripción.

Fuente

Resolución de la Dirección Territorial de Trabajo y Labora de Valencia por la que se dispone el registro, depósito y publicación del convenio colectivo sectorial de Oficinas y Despachos de la provincia de Valencia 2024-2026. Boletín Oficial de la Provincia de Valencia nº 130, de 10 de julio de 2025, anuncio 2025/08044.

Código de convenio (REGCON): 46000805011981.

Convenio: Oficinas y despachos de la provincia de Valencia
Código REGCON: 46000805011981
Ámbito: Valencia
Fecha de efectos: 01/01/2024

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