Oficinas y Despachos Valladolid 2024-2028: nuevo convenio
Oficinas y Despachos de Valladolid 2024-2028: nuevo convenio colectivo
El Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid de 16 de abril de 2026 publica el nuevo convenio colectivo del sector de oficinas y despachos de Valladolid y provincia, con vigencia de cinco años (2024-2028). El texto fija tablas salariales para cada ejercicio, suprime el complemento por no absentismo y eleva el salario base un 5,6% en 2026.
Qué se publica
Se trata de un convenio colectivo provincial de nueva firma, suscrito el 23 de diciembre de 2025 por la Confederación Vallisoletana de Empresarios (CEOE Valladolid) y la Asociación de Oficinas y Despachos de Valladolid, por la parte empresarial, y por UGT, por la parte social. Su ámbito funcional alcanza a todas las oficinas y despachos de Valladolid y su provincia, salvo los subsectores con regulación propia de aplicación legalmente obligatoria. Entra en vigor con efectos económicos desde el 1 de enero de 2024 y mantiene su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028, con prórroga automática en su totalidad hasta la firma de un convenio que lo sustituya.
Cambios principales
El convenio define cuatro grupos profesionales (I a IV) y trece niveles salariales (0 a XIII), con incrementos pactados por ejercicio: 2,8% en 2024, sin revisión en 2025 (con los niveles XII y XIII acomodados al SMI de ese año), 5,6% en 2026, y 2,8% en 2027 y en 2028. Se suprime, respecto del convenio anterior, el complemento por no absentismo que regía hasta el 31 de diciembre de 2023.
Tabla salarial vigente en 2026 (salario base mensual, importe de cada paga extraordinaria y salario base anual, en euros):
| Nivel | Salario base/mes | Paga extra | Salario base/año |
|---|---|---|---|
| 0 | 2.444,26 | 2.444,26 | 34.219,64 |
| I | 2.221,98 | 2.221,98 | 31.107,72 |
| II | 2.140,66 | 2.140,66 | 29.969,24 |
| III | 2.062,78 | 2.062,78 | 28.878,92 |
| IV | 1.983,63 | 1.983,63 | 27.770,82 |
| V | 1.909,31 | 1.909,31 | 26.730,34 |
| VI | 1.853,18 | 1.853,18 | 25.944,52 |
| VII | 1.716,89 | 1.716,89 | 24.036,46 |
| VIII | 1.636,70 | 1.636,70 | 22.913,80 |
| IX | 1.486,67 | 1.486,67 | 20.813,38 |
| X | 1.316,01 | 1.316,01 | 18.424,14 |
| XI | 1.257,61 | 1.257,61 | 17.606,54 |
| XII | 1.251,06 | 1.251,06 | 17.514,87 |
| XIII | 1.251,06 | 1.251,06 | 17.514,87 |
Se mantienen dos gratificaciones extraordinarias (verano y Navidad), cada una de 30 días de salario base más antigüedad o plus de vinculación, prorrateables por acuerdo. La antigüedad permanece suprimida en el sector desde el 1 de enero de 1996, con trienios consolidados al 5% del salario base (máximo siete) para quienes ya tuvieran condición de fijos antes de esa fecha; el resto devenga un plus de vinculación del 1,25% anual del salario base de su categoría, con tope del 7,5%. La dieta por desplazamiento fuera de la localidad de destino se fija en 70 euros diarios durante la vigencia del convenio.
Implicaciones operativas
Conviene actualizar las nóminas conforme a la tabla de 2026 (incremento del 5,6% sobre el salario base vigente a 31 de diciembre de 2025), retirar el complemento por no absentismo que pudiera figurar en recibos por arrastre del convenio anterior y revisar los atrasos de 2024, dado que el convenio surte efectos económicos desde el 1 de enero de ese año. Los cálculos de finiquito e indemnización deben tomar como referencia el salario base anual del nivel correspondiente más, en su caso, el plus de antigüedad o de vinculación consolidado.
Fuente
Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, número 2026/72, de 16 de abril de 2026 — Resolución de la Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid por la que se dispone el registro, depósito y publicación del convenio colectivo provincial de oficinas y despachos. Texto íntegro disponible en graduados-sociales.com. Código REGCON: 47000345011988.
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