Peluquerías Navarra 2025-2028: nuevo convenio sectorial

Convenio nuevoNavarra14/04/2026

Peluquerías de Navarra 2025-2028: nuevo convenio colectivo sectorial

El Boletín Oficial de Navarra publica el 14 de abril de 2026 el Convenio Colectivo del Sector de Peluquería de Navarra para los años 2025, 2026, 2027 y 2028. El texto, suscrito el 9 de febrero de 2026 entre la Asociación de Peluquerías de Navarra y UGT, fija nuevas tablas salariales y consolida la jornada anual en 1.733 horas.

Qué se publica

Se trata de un convenio sectorial nuevo de ámbito autonómico, aplicable a todas las empresas de peluquería, academias, salones de belleza y otras empresas del sector sin convenio propio en la Comunidad Foral de Navarra. La entrada en vigor se retrotrae al 1 de enero de 2025, con independencia de la fecha de publicación, y la vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2028. El convenio establece su prioridad aplicativa sobre el sectorial estatal y sobre los convenios de empresa al amparo de los artículos 83.2 y 84 del Estatuto de los Trabajadores, salvo las materias reservadas.

Cambios principales

Las subidas salariales quedan ligadas al IPC de Navarra con topes anuales: para 2025, el IPC con un tope del 3%; para 2026, IPC+0,25 con tope del 3%; para 2027, IPC+0,50 con tope del 3,5%; y para 2028, IPC+0,75 más una eventual regularización por pérdida de poder adquisitivo acumulada, con un límite máximo del 4%.

Tablas salariales 2025 (Anexo I), importes mensuales:

Grupo profesionalSalario basePlus locomociónTotal
Grupo 01.569,35 €65,79 €1.635,14 €
Grupo 11.500,95 €65,79 €1.566,75 €
Grupo 21.416,03 €65,79 €1.481,82 €
Grupo 31.286,62 €65,79 €1.352,41 €
Grupo 41.171,63 €65,79 €1.237,42 €

Tablas salariales 2026 (Anexo II), importes mensuales:

Grupo profesionalSalario basePlus locomociónTotal
Grupo 01.616,43 €67,77 €1.684,20 €
Grupo 11.545,98 €67,77 €1.613,75 €
Grupo 21.458,51 €67,77 €1.526,28 €
Grupo 31.325,22 €67,77 €1.392,99 €
Grupo 41.206,78 €67,77 €1.274,54 €

Otros conceptos: la jornada anual efectiva se mantiene en 1.733 horas para los cuatro años. Las vacaciones son de 30 días naturales y se abonan dos gratificaciones extraordinarias de 30 días de retribución cada una (6 de julio y 22 de diciembre). El plus por manicura y/o depilación se actualiza a 33,37 € en 2025 y a 34,37 € en 2026. El kilometraje se fija en 0,21 €/km para todo el periodo, y el plus de calzado no podrá ser inferior a 54 €/año. Las empresas que apliquen un convenio de ámbito distinto con salario inferior al de las tablas autonómicas quedan obligadas a una jornada anual máxima de 1.550 horas.

Implicaciones operativas

Procede actualizar las nóminas conforme a las tablas de 2025 y 2026 según el grupo profesional, abonando los atrasos derivados de la revisión salarial en los tres meses siguientes a la publicación en el BON. Conviene revisar el devengo de pagas extraordinarias y la posibilidad de prorrateo mensual para contrataciones desde el 1 de enero de 2025, así como ajustar los pluses de manicura, calzado y kilometraje en los cálculos de finiquito y liquidación.

Fuente

Resolución 43C/2026, de 10 de marzo, del director general de Economía Social y Trabajo (Boletín Oficial de Navarra núm. 71, de 14 de abril de 2026). Texto íntegro disponible en la fuente oficial. Código REGCON 31005805011985.

Convenio: Peluquerías de Navarra
Código REGCON: 31005805011985
Ámbito: Navarra
Fecha de efectos: 01/01/2025
Fuente oficial: Ver en BON

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