Personal laboral de la AGE: jubilación parcial actualizada
Personal laboral de la AGE: jubilación parcial actualizada
Qué se publica
El Boletín Oficial del Estado núm. 140, de 9 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12513), publica la Resolución de 5 de junio de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones de gestión relativas a la jubilación parcial del personal laboral acogido al IV Convenio Único de la Administración General del Estado (código de convenio 90012022011999).
Las instrucciones recogen los criterios aprobados por la Comisión Paritaria y la Comisión Negociadora del IV Convenio Único el 31 de marzo de 2026, y sustituyen a las anteriores de febrero de 2022 para adaptarlas a los cambios introducidos por el Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, sobre la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo.
Cambios principales
Requisitos de acceso. Para acceder a la jubilación parcial el trabajador debe ser personal laboral fijo a jornada completa, tener una edad inferior en como máximo tres años a la edad ordinaria de jubilación que le corresponda, acreditar al menos seis años de antigüedad en la Administración y un período de cotización mínimo de 33 años.
Contratación obligatoria del relevista a jornada completa e indefinida. En aplicación del Real Decreto-ley 11/2024, cuando se atienda una solicitud de jubilación parcial anticipada será obligatorio contratar a la persona relevista a jornada completa y por tiempo indefinido como personal laboral fijo.
Tramos de reducción de jornada. Las instrucciones fijan los porcentajes de reducción de jornada admisibles según la jornada semanal de referencia (35 o 37,5 horas), con un tope máximo de reducción del 75 %.
Implicaciones operativas
Los centros gestores del personal laboral de la Administración General del Estado deben aplicar los nuevos criterios al tramitar las solicitudes de jubilación parcial, verificando el cumplimiento de los requisitos de edad, antigüedad y cotización, y articulando la contratación del relevista en los términos exigidos.
Fuente
BOE núm. 140, de 9 de junio de 2026 (BOE-A-2026-12513). Texto íntegro de la resolución en la fuente oficial.
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