Restauración colectiva País Vasco 2025-2032: I Convenio

Convenio nuevoPaís Vasco13/05/2026

Restauración colectiva del País Vasco 2025-2032: se publica el I Convenio Colectivo

El Boletín Oficial del País Vasco de 13 de mayo de 2026 publica el primer Convenio Colectivo de Restauración Colectiva de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El texto entra en vigor con efectos de 1 de enero de 2025, mantiene su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2032 y sus efectos económicos se aplican a partir del 1 de enero de 2026.

Qué se publica

Se trata de un convenio sectorial autonómico de nueva creación, suscrito por la Federación de Hostelería del País Vasco (FHPV) y las organizaciones sindicales ELA, LAB, CCOO y UGT, con eficacia general. Su ámbito territorial abarca los tres Territorios Históricos (Bizkaia, Álava y Gipuzkoa) y su ámbito funcional es el de las empresas de restauración colectiva (colectividades): servicios hosteleros prestados a contingentes particulares mediante contrato o concesión administrativa, incluidos comedores escolares, transporte escolar y aulas matinales. Quedan excluidos el catering aéreo y la hostelería de espacios de transporte. La duración pactada es de ocho ejercicios (2025-2032), con denuncia automática el 1 de diciembre de 2032 y ultraactividad expresa hasta la firma de un convenio que lo sustituya.

Cambios principales

El sistema retributivo se estructura en cinco grupos profesionales y diferencia las tablas por Territorio Histórico. El plus de antigüedad se devenga en trienios al 3,5 % sobre el salario base. Estas son las tablas salariales anuales del Anexo I (en euros):

Bizkaia

Grupo2026202820302032
128.80731.00833.21735.583
227.35729.44731.54433.791
325.42127.36329.31231.400
424.00725.84227.68229.654
522.36324.07225.78627.623

Álava

Grupo2026202820302032
128.37030.65633.30135.583
226.31728.43730.89133.791
324.65326.63928.93731.400
423.26825.14227.31129.654
522.39624.20126.28927.623

Gipuzkoa

Grupo2026202820302032
129.03931.22733.61335.583
227.29529.35231.59533.791
324.97426.85628.90831.400
423.81025.60427.56129.654
523.22624.97626.88427.623

En 2032 las tablas convergen en una cuantía única para los tres territorios en cada grupo. El convenio fija además la equiparación gradual de la Categoría V a la Categoría IV a partir de 2030. La jornada se reduce progresivamente hasta alcanzar las 1.592 horas anuales en 2032 en todos los territorios. Otros conceptos relevantes: nocturnidad con un incremento del 25 % sobre la hora ordinaria; festivos trabajados con un incremento del 50 %; 31 días naturales de vacaciones; dos pagas extraordinarias (30 de junio y 15 de diciembre); complemento de IT que garantiza el 100 % en accidente de trabajo y enfermedad profesional hasta 545 días, y el 75 % en enfermedad común; y un seguro de accidentes con indemnizaciones de 12.000 € por muerte, 15.000 € por incapacidad permanente absoluta y 10.000 € por incapacidad permanente total.

Implicaciones operativas

Procede revisar la clasificación profesional de las plantillas conforme a los cinco grupos y áreas funcionales del Anexo II, aplicar las tablas del Territorio Histórico correspondiente con efectos de 1 de enero de 2026 y actualizar nóminas, antigüedad y conceptos de festivos y nocturnidad. El convenio incorpora un régimen disciplinario propio (artículos 31 a 38) y cláusulas de subrogación convencional en cambios de contrata, que conviene contemplar en finiquitos, sanciones y procesos de sucesión de empresa.

Fuente

Resolución de 17 de marzo de 2026 de la Dirección de Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo de Restauración Colectiva de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Boletín Oficial del País Vasco n.º 88, de 13 de mayo de 2026. Texto íntegro disponible en la fuente oficial. Código de convenio (REGCON): 86100505012026.

Convenio: RESTAURACIÓN COLECTIVA DEL PAÍS VASCO
Código REGCON: 86100505012026
Ámbito: País Vasco
Fecha de efectos: 01/01/2026
Fuente oficial: Ver en BOPV

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