Tablas salariales 2026 del convenio de comercio del mueble de la Comunitat Valenciana

Tablas salarialesComunitat Valenciana18/05/2026

Tablas salariales 2026 del convenio de comercio del mueble de la Comunitat Valenciana

Qué se publica

El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 10364, del 18 de mayo de 2026, publica la resolución de 8 de mayo de 2026 de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, disponiendo el registro y la publicación de las tablas salariales para el año 2026 del convenio colectivo del sector de comercio de muebles de la Comunitat Valenciana (código 80100275012024). El acuerdo fue alcanzado por la comisión paritaria el 20 de febrero de 2026.

Cambios principales

Incremento salarial. La comisión paritaria acordó aplicar un incremento del 2% sobre las tablas salariales vigentes a 31 de diciembre de 2025, en cumplimiento del artículo 37.B.2 del convenio colectivo. Este incremento tiene efectos económicos desde el 1 de enero de 2026.

Nuevas tablas salariales (salario base por 15 pagas, año 2026):

Grupo profesionalSalario base 2026
Grupo I17.513,29 €
Grupo II17.863,57 €
Grupo III18.756,74 €
Grupo IV19.244,42 €
Grupo V20.841,71 €

Los valores se expresan en cómputo anual sobre base de 15 pagas, conforme a la estructura retributiva del convenio.

Base del acuerdo. Las organizaciones firmantes del acuerdo de comisión paritaria son, por la parte sindical, FeSMC-UGT PV y SERVICIOS-CCOO PV, y por la parte empresarial, COMERÇMOBLE. La representación empresarial fue ejercida por José Gómez Gómez y Ligia Rodrigo Carreras; la sindical, por Abigail Vacas Bueno y Patricia Carrillo Sevilla.

Implicaciones operativas

Todas las empresas de la Comunitat Valenciana dedicadas al comercio de muebles al por mayor o al detalle, incluidas en el ámbito funcional del convenio, deben aplicar las nuevas tablas con efectos desde el 1 de enero de 2026. La publicación en el DOGV hace exigible el abono de las diferencias salariales que pudieran haberse generado desde esa fecha.

Se trata de una actualización pactada en la propia estructura del convenio, no de una renegociación: el porcentaje estaba predeterminado por la cláusula de revisión y se activa una vez verificados los datos que la desencadenan. Las empresas deben regularizar nóminas de enero a mayo de 2026 en el plazo habitual de liquidación de atrasos previsto en el convenio.

Fuente

Resolución de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad. Publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 10364, de 18 de mayo de 2026 (CVE: DOGV-C-2026-15481).

Convenio: Convenio Colectivo del Sector de Comercio de Muebles de la Comunitat Valenciana
Código REGCON: 80100275012024
Ámbito: Comunitat Valenciana
Fecha de efectos: 01/01/2026
Fuente oficial: Ver en DOGV

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