Sanidad concertada SISCAT Cataluña 2026: tablas +2,5% y +1,5%
Sanidad concertada SISCAT (Cataluña): tablas salariales 2025 y 2026 con subidas del 2,5% y el 1,5%
El DOGC ha publicado el acuerdo parcial del convenio colectivo de la sanidad concertada con el Servicio Catalán de la Salud (SISCAT), que fija las tablas salariales definitivas de 2025 y 2026. La revisión incorpora un incremento del 2,5% sobre las tablas vigentes a 31 de diciembre de 2024 y un 1,5% adicional para 2026.
Qué se publica
Se trata de un acuerdo parcial de la comisión negociadora del IV Convenio colectivo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental concertados con el SISCAT, suscrito el 13 de enero de 2026 e inscrito mediante la Resolución EMT/509/2026, de 23 de enero. El ámbito es autonómico (Cataluña) y el sector es la sanidad concertada con financiación pública. El acuerdo lo firman, por la parte social, CCOO, UGT, SATSE y el Sindicat de Metges de Catalunya, y por la patronal, La Unión, CAPSS y ACES. Su objeto se limita a actualizar las tablas: la firma no compromete ni vincula la del IV Convenio, y en todo lo no recogido se mantiene vigente el III Convenio.
Cambios principales
Los incrementos pactados son del 2,5% con efectos de 1 de enero de 2025 y del 1,5% con efectos de 1 de enero de 2026, en línea con el Real Decreto-ley 14/2025, de 2 de diciembre, sobre retribuciones en el sector público. Se prevé un incremento adicional y consolidable del 0,5% con efectos de 1 de enero de 2026 si la variación del IPC en 2026 resulta igual o superior al 1,5%, una vez el Consejo de Dirección del CatSalut apruebe las tarifas correspondientes.
Salario base anual (jornada completa) tras la actualización, para una selección de puestos:
| Grupo / Puesto | Nivel | 2025 (€/año) | 2026 (€/año) |
|---|---|---|---|
| 1 · Prof. plantilla | III | 50.680,62 | 51.440,83 |
| 1 · Prof. plantilla | II | 43.861,45 | 44.519,37 |
| 1 · Prof. plantilla | I | 33.854,39 | 34.362,21 |
| 2 · Enfermera/enfermero | — | 38.158,74 | 38.731,12 |
| 2 · Comadrona/partero | — | 39.489,22 | 40.081,56 |
| 3 · Técnica/técnico superior | II | 25.647,75 | 26.032,46 |
| 3 · Aux. TES | I | 21.755,38 | 22.081,71 |
| 3 · TCAI | I | 22.468,11 | 22.805,13 |
| 4 · Diverso | — | 38.158,74 | 38.731,12 |
| 5 · Diverso | — | 30.831,82 | 31.294,30 |
| 6 · F. administrativo | II | 25.633,07 | 26.017,56 |
| 6 · F. administrativo | I | 22.466,13 | 22.803,12 |
| 7 · Sub-camillero | — | 20.589,08 | 20.897,91 |
| 7 · Subalterno | — | 19.094,96 | 19.381,39 |
El acuerdo actualiza igualmente el resto de conceptos de las tablas: plus de nocturnidad, plus de vinculación, plus de responsabilidad, retribución variable por objetivos, los niveles del sistema SIPDP, los pluses de sábado, domingo y festivo, las dietas y los precios/hora de atención continuada presencial y localizable. El texto íntegro con todos los anexos está disponible en la fuente oficial.
Implicaciones operativas
Las empresas concertadas deben aplicar las tablas de 2026 en la nómina de enero de 2026 y abonar los atrasos del ejercicio 2025 como máximo el 28 de febrero de 2026; si por razones técnicas u organizativas no pudieran cumplir ese plazo, deben justificarlo ante la RLPT. Conviene revisar el cálculo de finiquitos y liquidaciones devengados desde el 1 de enero de 2025 con los nuevos importes y tener presente el posible 0,5% adicional de 2026 condicionado al IPC.
Fuente
Resolución EMT/509/2026, de 23 de enero, Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 9615, de 2 de marzo de 2026 (gencat.cat/dogc). Código de convenio (REGCON): 79100135012015.
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